Decreto 282/2020

Fecha de promulgación: 28/04/2020

Fecha de publicación: 28/04/2020

Número de Boletín Oficial: 28759

Tipo de publicación: Integra

Resumen

(DEROGADO POR DECRETO 340/2020, CON EXCEPCIÓN DEL ARTÍCULO 10, MANTENIENDO SU VIGENCIA). (RATIFICADO POR LEY 15174) Aprueba la Reglamentación para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados de las Medidas de “aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la Prohibición de Circular que establece el Decreto Nacional 297/2020, prorrogado por Decreto Nacional 408/2020. Los municipios que soliciten la excepción al cumplimiento, deberán realizar su petición al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. prorroga la vigencia del Decreto 203/2020. Prorroga, las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud de la Provincia, desde el 27 de abril y hasta el 10 de mayo de 2020. Sustituye Artículo 5 del Decreto 167/2020 (coronavirus-covid 19).

Observaciones

Publicado en Suplemento

Anexos
Ninguno.
Normas modificadas y/o complementadas por Decreto 282/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Prorroga a Decreto 203/2020 03/04/2020Suspende, el deber de asistencia al lugar de trabajo a todo el personal de la Administración Pública Provincial. Establece el "Trabajo Domiciliario" exceptuando al personal convocado para garantizar los servicios y actividades esenciales y/o no interrumpibles. Instituye guardias mínimas y rotativas presenciales, a los fines de garantizar el cumplimiento de las actividades propias de cada Repartición. Sustituye el Art. 5 del Decreto 167/2020 (Emergencia Sanitaria-Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio-Corona Virus-Covid 19).
Prorroga a Decreto 180/2020 27/03/2020(RATIFICADO POR LEY 15174) Prorroga el plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3 del Decreto 132/2020, desde el 28 de marzo hasta el 15 de abril de 2020. Ref: Suspensión de actividades sociales y comunitarias, en virtud de las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud de la Provincia (Emergencia Sanitaria-Coronavirus-Covid-19).
Modifica a Decreto 167/2020 26/03/2020(RATIFICADO POR LEY 15174) Supende los procedimientos y plazos administrativos, correspondientes a la aplicación del Decreto-Ley 7647/1970 -normas de procedimiento administrativo de la Provincia- y demás procedimientos administrativos especiales, en virtud de la Emergencia Sanitaria declarada por el Decreto 132/2020 (Coronavirus - Covid 19).
Complementa a Decreto 255/2020 17/04/2020(RATIFICADO POR LEY 15174) Prorroga la vigencia del Decreto 203/2020 y el plazo de suspensión dispuesto en el Artículo 3° del Decreto 132/2020, del 16 al 26 de abril de 2020. modifica el Artículo 3° del Decreto 203/2020. Establece a partir del 20 de abril de 2020 el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz y boca en determinadas situaciones y en otras recomienda su uso. Prohíbe la distribución de mascarillas médicas o quirúrgicas a personas que no pertenezcan al Sistema de Salud, o a personas jurídicas que no tengan por objeto la prestación de ese servicio o de su producción y/o comercialización (Excepciones-Sector Publico Provincial-Protocolos-Uso Obligatorio de Barbijo-Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio-Coronavirus-Covid-19).
Complementa a Decreto 180/2020 27/03/2020(RATIFICADO POR LEY 15174) Prorroga el plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3 del Decreto 132/2020, desde el 28 de marzo hasta el 15 de abril de 2020. Ref: Suspensión de actividades sociales y comunitarias, en virtud de las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud de la Provincia (Emergencia Sanitaria-Coronavirus-Covid-19).
Normas que modifican y/o complementan a Decreto 282/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementada por Resolución 116/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros28/04/2020Suspende las salidas de esparcimiento, en los municipios de Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Brandsen, Campana, Cañuelas, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Exaltación De La Cruz, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General Pueyrredón, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas De Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres De Febrero, Vicente López Y Zárate. (Excepciones - Coronavirus – Covid 19 – pandemia - Salud Pública)
Complementada por Resolución 117/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros30/04/2020(DEJADA SIN EFECTO POR RESOLUCIONES 253/20,252/20, 247/20, 240/20 y 224/20 MGJM) Suspende las salidas de esparcimiento en los Municipios de Alberti, Azul, Bahía Blanca, Balcarce, Baradero, Bolívar, Carmen De Areco, Chacabuco, Chivilcoy, Coronel Rosales, Coronel Suarez, General Alvear, General Arenales, General Belgrano, General Paz, General Rodríguez, Ituzaingó, Lezama, Lincoln, Lobería, Luján, Monte, Olavarría, Pergamino, Ramallo, Rojas, Saavedra, San Andrés De Giles, San Nicolás, San Pedro, Suipacha Y Trenque Lauquen (Covid 19- Coronavirus-Pandemia)
Complementada por Resolución 135/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE PERGAMINO, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, ACTIVIDADES DE PROFESIÓN LIBERAL: PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS, ABOGADOS, ESCRIBANOS, DISEÑADORES, ADMINISTRADORES DE EMPRESAS, AGRIMENSORES, ARQUITECTOS, MARTILLEROS, INGENIEROS Y TODAS LAS RESTANTES PROFESIONES CON EXCEPCIÓN DE LAS RELACIONADAS CON LA MEDICINA Y AUXILIARES. ACTIVIDADES COMERCIALES MINORISTAS: BIJOUTERIE, VENTA DE ZAPATOS, ZAPATILLAS, ROPAS E INDUMENTARIA EN GENERAL (DE VESTIR Y DEPORTIVA).(EMERGENCIA SANITARIA- COVID 19)
Complementada por Resolución 136/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE GENERAL PAZ, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, ESTUDIOS JURÍDICOS Y CONTABLES- ACTIVIDADES DE CUENTAPROPISTAS- PARQUEROS PRIVADOS- PELUQUERÍAS. (EMERGENCIA SANITARIA- COVID 19)
Complementada por Resolución 137/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE LAPRIDA, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020. LAVADO DE VEHÍCULOS - FUNCIONAMIENTO DE PELUQUERÍAS. (EMERGENCIA SANITARIA- COVID 19)
Complementada por Resolución 138/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE NAVARRO, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020. OBRAS PRIVADAS- PELUQUERÍAS-ESTILISTAS - MASAJISTAS - MANICURAS. (EMERGENCIA SANITARIA- COVID 19)
Complementada por Resolución 139/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE 25 DE MAYO, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020. ALBAÑILERÍA- GASISTA- PLOMERÍA – ELECTRICISTA – PINTOR – ZAPATERO – CERRAJERO - REPARADOR DE MUEBLES. - CORRALÓN DE MATERIALES - VENTA - REPARACIÓN DE BATERÍAS - LAVADERO DE AUTOS - PELUQUERÍA Y CUIDADOS DE BELLEZA – FLETES - REPARACIÓN DE ARTÍCULOS ELÉCTRICOS. (EMERGENCIA SANITARIA- COVID 19)
Complementada por Resolución 140/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE TAPALQUÉ, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020. REPARTO DE LEÑA – COBRANZAS - PELUQUERÍAS/SALONES DE BELLEZA - CONSTRUCCIÓN PRIVADA Y OFICIOS. (EMERGENCIA SANITARIA- COVID 19)
Complementada por Resolución 141/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE ADOLFO ALSINA, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020. VENTA DE ELECTRODOMÉSTICOS - CONSTRUCCIÓN PARTICULARES - COMERCIOS DE ROPA, CALZADO Y BLANCO EN ESTABLECIMIENTO - LAVADERO DE AUTOS – INMOBILIARIAS - PELUQUERÍAS E HIGIENE PERSONAL - TRABAJADORAS/ES EN CASAS DE FAMILIA - CUIDADO O APOYO TERAPÉUTICO DE MAYORES, PERSONAS CON DISCAPACIDAD, NIÑAS/OS O ENFERMOS/AS (EMERGENCIA SANITARIA- COVID 19)
Complementada por Resolución 142/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE PELLEGRINI, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020. PROFESIONALES INDEPENDIENTES CON SISTEMA DE TURNOS PREVIO - PRODUCTORES DE SEGUROS. (EMERGENCIA SANITARIA- COVID 19)
Complementada por Resolución 143/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020(DEJADA SIN EFECTO POR RESOLUCIÓN N° 240/2020 MJGM). SUSPENDER, EN VIRTUD DE LA AUTORIZACIÓN CONFERIDA POR EL ARTÍCULO 6 DEL DECRETO N° 282/2020 Y CON EL FIN DE PROTEGER LA SALUD PÚBLICA, LAS SALIDAS DE ESPARCIMIENTO DISPUESTAS POR EL ARTÍCULO 8 DEL DECRETO DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL N° 408/2020, EN LOS MUNICIPIOS DE MAGDALENA, SALADILLO, SAN ANTONIO DE ARECO Y VILLARINO, EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 2 DE LA RESOLUCIÓN N° 116/2020 DE ESTE MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. (EMERGENCIA SANITARIA- COVID 19)
Complementada por Resolución 119/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE MONTE HERMOSO, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, ACTIVIDADES DE PROFESIÓN LIBERAL: PROFESIONALES DE LA CONSTRUCCION, PINTORES, GASISTAS, PLOMEROS, ALBAÑILES, PARQUEROS Y JARDINEROS, ELECTRICISTAS, CARPINTEROS, PRESTADORES DE SERVICIOS EN OBRAS PRIVADAS. (EMERGENCIA SANITARIA- COVID 19)
Complementada por Resolución 120/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE OLAVARRIA, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, REMISERIAS Y REINICIO DE LA OBRA DE EXTENSION DE LA PLATA L´AMALI LINEA 2. (EMERGENCIA SANITARIA- COVID 19)
Complementada por Resolución 126/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE SUIPACHA, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, MERCERIAS, PELUQUERIAS Y OBRAS DE MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCION PARTICULAR EN GENERAL. (EMERGENCIA SANITARIA- COVID 19)
Complementada por Resolución 127/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE PELLEGRINI, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, TRABAJADORAS/ES DE CASA DE FAMILIA, PELUQUERIA, PODOLOGOS, CENTROS DE ESTETICA, MARTILLEROS, TRABAJADORES DE OBRAS DE CONSTRUCCION PRIVADA, ATENCION KINESIOLOGICA PROGRAMADA CON TURNO PREVIO Y COMERCIO DE INDUMENTARIA.(EMERGENCIA SANITARIA- COVID 19)
Complementada por Resolución 128/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE ALBERTI, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, OFICIOS DE LA CONSTRUCCION PRIVADA, PROFESIONALES INDEPENDIENTES, LAVADERO DE VEHICULOS, OFICIOS DE ATENCION PERSONAL, PERSONAL DE SERVICIO DOMESTICO POR HORAS, ACTIVIDADES PROFESIONALES VINCULADAS A LA SALUD (NO MEDICOS NI ODONTOLOGOS). (EMERGENCIA SANITARIA - COVID 19)
Complementada por Resolución 129/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020 AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE LOBOS, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, OBRAS DE CONSTRUCCION/MANTENIMIENTO/REFACCION PRIVADAS, TALLERES VEHICULOS/MAQUINARIA Y GOMERIAS, SERVICIOS DE PROFESIONALES MEDICOS, SERVICIOS NO PROFESIONALES (DOMESTICO Y CUIDADORES), REMISERIAS, PEQUEÑOS Y MEDIANOS COMERCIOS, GRANDES COMERCIOS, COMERCIOS DE CONSTRUCCION, COMERCIOS DE LOGISTICA Y DISTRIBUCION, ENTIDADES FINANCIERAS Y NO FINANCIERAS REGISTRADAS, SERVICIO DE COBRO DE CUOTAS DE ASOCIACIONES, SERVICIOS DE PROFESIONALES NO MEDICOS. (EMERGENCIA SANITARIA - COVID 19)
Complementada por Resolución 132/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE TANDIL, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, PELUQUERIAS, COMERCIALIZACION DE LINEA BLANCA Y SANITARIOS, ACTIVIDADES EN ESTUDIOS PROFESIONALES Y COMERCIOS VARIOS, VENTA POR MAYOR Y MENOS DE ARTICULOS DE USO DOMESTICO Y/O PERSONAL, VENTA POR MAYOR Y MENOR DE EQUIPOS Y ACCESORIOS INFORMATICOS, VENTA DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y RODADOS, SERVICIOS DE LUBRICENTROS, SERVICIOS DE IMPRENTA, SERVICIOS INMOBILIARIOS, SERVICIOS DE VIVEROS Y FLORERIAS, ACTIVIDAD DE LA CONTRUCCION (OBRA PRIVADA). (EMERGENCIA SANITARIA - COVID 19)
Complementada por Resolución 133/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020(DEJADA SIN EFECTO POR RESOLUCIÓN N° 253/2020 MJGM)-(DEJADA SIN EFECTO POR RESOLUCIÓN 247/2020 MJGM)- (DEJADA SIN EFECTO POR RESOLUCION N° 240/2020 MJGM). Suspende, en virtud de la autorización conferida por el artículo 6° del Decreto N° 282/2020, las salidas de esparcimiento dispuestas por el artículo 8° del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 408/2020, en los municipios de Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Florentino Ameghino, General Villegas, Junin y Necochea. (Emergencia Sanitaria - Coronavirus - Covid 19)
Complementada por Resolución 134/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros02/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE PINAMAR, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/202, ACTIVIDADES PROFESIONALES, PESCA ARTESANAL, VENTA DE MERCADERIAS YA ELABORADAS DE COMERCIOS MINORISTAS CON ATENCION AL PUBLICO Y TRABAJOS EN OBRAS PARTICULARES (EMERGENCIA SANITARIA - COVID 19)
Complementada por Resolución 130/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros03/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE CARMEN DE ARECO, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDA POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO N° 282/2020, COMERCIOS DE RUBROS VARIOS (INDUMENTARIA, CALZADO, FOTOGRAFÍA, ELECTRODOMÉSTICOS, BLANQUEARÍAS, MERCERÍAS, INSUMOS INFORMÁTICOS, LENCERÍA, RELOJERÍAS, JOYERÍAS, BAZARES, JUGUETERÍAS, AGENCIAS DE AUTOS/MOTOS, LIMPIEZA DE TAPIZADOS, COTILLÓN, LIBRERÍAS, CASAS TEXTILES, DISEÑO ARTE Y DECORACIÓN). LAVADEROS DE AUTOS- PROFESIONALES MATRICULADOS/COLEGIADOS- CONSTRUCCIÓN PRIVADA- CORTE DE PASTO Y PARQUIZACIÓN Y PELUQUERÍAS. (EMERGENCIA SANITARIA -CORONAVIRUS - COVID 19).
Complementada por Resolución 144/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros03/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE LA COSTA, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, CONSTRUCCIÓN, OBRAS PÚBLICAS Y PRIVADAS- LOGÍSTICA Y TRANSPORTE DE MERCADERÍAS. (EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19).
Complementada por Resolución 145/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros03/05/2020AUTORIZAR, EN GENERAL LA MADRID, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, SERVICIOS CON ATENCIÓN PERSONALIZADA- RUBROS COMERCIALES NO CONSIDERADOS ESENCIALES- SERVICIOS DE MANTENIMIENTO GENERAL. (EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19)
Complementada por Resolución 146/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros03/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE MAIPÚ, INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, CONSTRUCCIÓN DE OBRA NUEVA Y AMPLIACIONES Y/O REFACCIONES EN OBRAS EXISTENTES- OFICIOS TALES COMO GASISTAS, ELECTRICISTAS, PLOMEROS Y PINTORES- HERRERÍAS Y TORNERÍAS-LAVADERO DE AUTOS, REPARACIÓN DE CALZADO Y PINTURERÍAS-LOCALES DE VENTA DE INDUMENTARIA DEPORTIVA, CALZADO, MERCERÍA, TIENDAS Y LOCALES DE VENTA DE ROPA EN GENERAL-PELUQUERÍAS, MANICURAS, ESTETICISTAS Y MASAJISTAS- PROFESIONES LIBERALES, GESTORES E INTERMEDIARIOS DE SEGUROS. (EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19)
Complementada por Resolución 147/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros03/05/2020SUSPENDE, EN VIRTUD DE LA AUTORIZACIÓN CONFERIDA POR EL ARTÍCULO 6° DEL DECRETO N° 282/2020, LAS SALIDAS DE ESPARCIMIENTO DISPUESTAS POR EL ARTÍCULO 8° DEL DECRETO DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL N° 408/2020, EN EL MUNICIPIO DE PEHUAJÓ. (EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19)
Complementada por Resolución 148/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros03/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE TORDILLO, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, APERTURA DE COMERCIOS NO ESENCIALES. (EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19)
Complementada por Resolución 149/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros03/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE MONTE, INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, ARTÍCULOS DEL HOGAR Y ELECTRODOMÉSTICOS- LAVADEROS DE AUTOMOTORES- PELUQUERÍAS- CENTROS DE ESTÉTICA- VENTA DE ROPA Y SIMILARES-REGALERÍAS-JOYERAS Y AFINES-ESTUDIOS PROFESIONALES- SERVICIOS Y VENTA DE INFORMÁTICA- IMPRENTAS Y SERVICIOS DE GRÁFICAS- SERVICIOS DE REMISES- PINTURERÍAS- INMOBILIARIAS-VIVEROS-AGENCIAS DE VENTAS DE AUTOMOTORES. (EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS -COVID 19)
Complementada por Resolución 150/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros03/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE PERGAMINO, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN, EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA E INDEPENDIENTES - CONDUCTORES DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES (CHOFERES) -OPERARIOS DE MÁQUINAS- DINAMITEROS, PERFORISTAS, CARGADOR DE TIROS- MECÁNICOS EN GENERAL, ENGRASADORES Y OTROS. (EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19)
Complementada por Resolución 152/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros03/05/2020 AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE BRAGADO, INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, CONSTRUCCIÓN EN OBRAS PARTICULARES PARA LA REFACCIÓN, AMPLIACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONTINUIDAD DE OBRA. (EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19)
Complementada por Resolución 151/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros03/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE CHIVILCOY, INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, CONSTRUCCIÓN DE OBRA PRIVADA EN LUGARES DONDE NO HAYA MORADORES- PELUQUERÍAS, CON TURNOS PREVIOS - KINESIOLOGÍA CON TURNOS PREVIOS. (EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19)
Complementada por Resolución 153/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros03/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO, INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PLANTINES, ARBUSTOS Y ÁRBOLES- PELUQUERÍAS Y CENTROS DE ESTÉTICA O CUIDADO PERSONAL. (EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19)
Complementada por Resolución 154/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros04/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE SAN CAYETANO, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, (ALBAÑILES, GASISTAS, PLOMEROS, ELECTRICISTAS, TIENDAS DE ROPA, ZAPATERÍAS, ELECTRODOMÉSTICOS, MUEBLERÍAS, MERCERÍAS, PERFUMERÍAS, PINTURERÍAS, VENTA DE REPUESTOS, Y OTROS RUBROS SIMILARES, PELUQUERÍA, MANICURA, ESTÉTICA Y BARBERÍA, - INMOBILIARIAS, CONCESIONARIAS Y SEGUROS, TRABAJADORES DE CASAS DE FAMILIA, PROFESIONALES LIBERALES, Y - LAVADEROS DE ROPA Y AUTOS, GOMERÍAS, TALLERES MECÁNICOS Y METALÚRGICOS). (EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19).
Complementada por Resolución 155/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros04/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE SALADILLO, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, (SERVICIOS PROFESIONALES COMO ESTUDIOS JURÍDICOS, CONTABLES, ARQUITECTOS, AGRIMENSORES, INGENIEROS, -SERVICIOS PROFESIONALES COMO KINESIÓLOGOS, PSICÓLOGOS, PSICOPEDAGOGOS, NUTRICIONISTAS, PRODUCTORES DE SEGUROS, INMOBILIARIAS, MEDICINA PREPAGA Y AGENTES OFICIALES DE TELEFONÍA MÓVIL Y OTROS). - (EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19).
Complementada por Resolución 156/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros04/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE CARLOS TEJEDOR, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, (COMERCIOS DE ARTÍCULOS DEL HOGAR, MUEBLERÍAS, INSUMOS TECNOLÓGICOS, VESTIMENTA Y CALZADO- LIBRERÍAS Y FOTOCOPIADORAS Y PELUQUERÍAS Y ESTÉTICAS). - (EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19).
Complementada por Resolución 157/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros04/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE BARADERO, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, (COMERCIOS DE VENTA DE ROPA DE BEBE, NIÑOS Y ADULTOS (ATENCIÓN AL PÚBLICO)- RUBRO ZAPATERÍA (ATENCIÓN AL PÚBLICO)- SALONES DE PELUQUERÍA, GABINETES, LOCALES- PRACTICA KINÉSICA DE CONSULTORIO Y OTROS). - (EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19).
Complementada por Resolución 158/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros04/05/2020AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE LA COSTA, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, (PELUQUERÍAS Y RUBROS AFINES Y PROFESIONES LIBERALES)- (EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19).
Complementada por Resolución 159/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de Junín el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Actividades comerciales minoristas- Profesiones liberales - Psicólogos - Locales de ropa e indumentaria)- Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 160/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de Ramallo el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Peluquerías)- Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 161/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de Necochea el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. ( Peluquerías- Pinturerías-Lavadero de vehículos-Construcción privada-Martilleros) - Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria-(Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Suspendida por Resolución 162/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020(Dejada sin efecto por Resolución 247/2020 MJGM) Suspender, en el Municipio de 9 de Julio, en virtud de la autorización conferida por el artículo 6° del Decreto N° 282/2020 y con el fin de proteger la salud pública, las salidas de esparcimiento dispuestas por el artículo 8° del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 408/2020. Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 163/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020 Autorizar, en el Municipio de Pehuajó, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Peluquería- Lavado de autos- Vivero- Florería- Inmobiliaria- Servicios de arquitectura- Albañilería- Electricidad -Gas- Agua- Pintura y Servicios de construcción particular) -Coronavirus-COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 164/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de Azul, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Ortopedias- Obras privadas y trabajo en domicilio: continuidad y mantenimiento de obras privadas, servicios de albañilería, plomería, carpintería, gas, cortinas, aires acondicionados, calderas, electricidad, electrónica y perforaciones y otros). -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 165/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de Carlos Casares, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Servicio doméstico- Peluquería, podología, centros de estética- Martilleros, inmobiliarias y oficinas de gestión de cobranzas como servicios de sepelios, seguros y clubes- Atención kinesiológica programada- Atención al público en comercios no alcanzados por las excepciones del DNU 297/2020 y sus posteriores modificaciones- Profesionales matriculados. Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 166/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de Villarino el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Lavadero de autos- Peluquerías caninas- Profesionales (abogados, contadores y escribanos)- Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 167/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de Villa Gesell, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. ( Actividades de mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, pintor, y albañil)- Profesionales y técnicos de la construcción que se encuentren con permiso municipal en obras privadas en realización, ampliaciones y/o modificaciones ubicadas en el partido-Peluquerías y depilación) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 168/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de Saladillo, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. ( Rubros con atención personalizada (peluquerías, salones de estética, profesionales independientes, etc.)- Pago de cuenta corriente de sus clientes por la vía electrónica como de manera presencial y - Albañiles, gasistas, plomeros, electricistas. - Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria-(Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 170/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de Coronel Rosales, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Peluquerías- Inmobiliarias, estudios contables, jurídicos y escribanías- - Obras de construcción privadas- Lavadero de vehículos y Jardineros, parqueros, desmalezadores y fumigadores) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 171/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de Chacabuco, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. ( Construcción privada- Oficios y servicios: plomerías, carpintería, pinturería- Peluquería- Lavaderos de autos- Escribanía y servicios profesionales y Productores de seguros e inmobiliarias)- Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros). Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros
Complementada por Resolución 172/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de 9 de Julio, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Actividad comercial minorista (comercios de ropa, zapaterías, accesorios, joyerías, etc.-Fotografía y video-Establecimientos de alojamiento y hoteles para personas exceptuadas del aislamiento obligatorio y otros) Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 173/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de Junín el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Establecimientos que comercialicen productos eléctricos o derivados, casas de electricidad- -Actividad profesional desarrollada por kinesiólogos, agrimensores y otros) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 174/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de Chascomús, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Peluquerías- Lavadero de vehículos- Profesionales con matrícula habilitante- Inmobiliarias- Obra privada- Alojamiento para personas exceptuadas de aislamiento obligatorio) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 175/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de Necochea el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Reparación de electrodomésticos, artefactos del hogar, herramientas y afines (sin acceso de clientes a establecimientos)- Artesanías y bijouterie (sin acceso de clientes a establecimientos) y otros)-Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 176/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de La Costa el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Comercio minorista con atención al público).- Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 177/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de San Andrés de Giles el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Contadores públicos- Construcción) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria-(Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 178/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de General Viamonte el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Construcción en obras particulares declaradas para la refacción, ampliación, mantenimiento y continuidad de obras de todos los rubros y oficios- Albañiles, electricistas, plomeros, gasistas, carpinteros, constructores en seco, pintores y herreros- Lavaderos de vehículos- Contadores y abogados- Kioscos)- Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 179/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/05/2020Autorizar, en el Municipio de Trenque Lauquen, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Profesionales liberales- Construcción privada-Servicios esenciales de mantenimiento (gasistas, electricistas, plomeros, etc) y otros) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria-(Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 180/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros07/05/2020Autorizar, en el Municipio de San Nicolás, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (-Construcción privada con mano de obra local.- Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de la modalidad presencial con turnos- Profesionales liberales: abogados, contadores, arquitectos, ingenieros, escribanos y gestorías -Peluquerías, y salones de peinado con sistema de turnos- Kinesiólogos y cabinas de manicura, centros de depilación y afines con sistemas de turnos)- Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 181/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros07/05/2020Autorizar, en el Municipio de General Paz, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. ( Inmobiliarias-Actividad Notarial- Kiosco, polirrubro y centro de copiado) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 182/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros07/05/2020Autorizar, en el Municipio de Rivadavia, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Apertura de los comercios minoristas- -Profesionales de la salud: Nutricionistas, Fonoaudiólogos, Psicólogos, Psicopedagogos- Actividad profesional de Escribanos, Martilleros, Agrimensores- -Compañías de seguros). Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 183/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros07/05/2020Autorizar, en el Municipio de Magdalena, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. ( Construcción privada-Peluquería- Lavadero de autos- Martilleros) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 184/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros07/05/2020Autorizar, en el Municipio de San Andrés de Giles, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Estudios jurídicos)- Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 185/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros07/05/2020Autorizar, en el Municipio de Balcarce, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Construcción obra privad- Venta de ropa y calzado- Peluquerías y otros) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 186/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros07/05/2020Autorizar, en el Municipio de General Arenales, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Comercios minoristas presenciales de productos elaborados- Profesiones liberales- - Peluquerías- Psicólogos y kinesiólogos) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 188/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros07/05/2020Autorizar, en el Municipio de Guaminí, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (- Talleres mecánicos, gomerías, reparaciones particulares y venta de leña- Peluquerías y centros de estética- - Profesionales (contadores, abogados, escribanos, etc. y otros) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 189/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros07/05/2020Autorizar, en el Municipio de General Alvarado, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Peluquerías- Obras de construcción privadas con los profesionales y gremios involucrados en la misma)- Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 187/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros07/05/2020Autorizar, en el Municipio de Hipólito Yrigoyen, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. ( -Profesionales independientes matriculados- Actividades particulares (venta de electrodomésticos y muebles, venta de ropa y/o calzado, retacerías y mercerías, marroquinerías, bazar, cotillón, jugueterías, regalerías, joyerías y relojerías, perfumerías, sederías, bicicleterías, lubricentros, talleres, gomerías, pinturerías, venta de aberturas, concesionario de autos y motos, etc. y otros). -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 190/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros08/05/2020Autorizar, en el Municipio de Florentino Ameghino, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Oficios en construcción privada o domicilios particulares- Peluquerías, podología, manicuras- Peluquerías caninas- Lavaderos de autos-Talleres mecánicos-Corredores inmobiliarios). -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 191/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros08/05/2020Autorizar, en el Municipio de Chacabuco, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Servicios con atención personalizada- Rubros comerciales no esenciales- Rubros habilitados para cobros) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 192/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros08/05/2020Autorizar, en el Municipio de Colón, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Obra privada en general-Contadores Públicos- Abogados-Arquitectos-Martilleros- Nutricionistas- Ingenieros- Agrimensores- Kinesiólogos- Escribanos). -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 193/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros08/05/2020Autorizar, en el Municipio de Ayacucho, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Transporte privado- Comercios con atención al público)-Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 195/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros08/05/2020Autorizar, en el Municipio de Villarino, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. ( Boca de pago- Peluquerías y servicio doméstico- Tiendas comerciales- Construcción privada- Actividad hotelera) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 196/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros08/05/2020Autorizar, en el Municipio de Saavedra, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Comercios minoristas no esenciales-Oficios de la construcción- Profesionales sanitarios/salud mental. - Profesionales y técnicos independientes- Estética, cuidado personal y masajistas- Servicios hoteleros)-Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 197/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros08/05/2020Autorizar, en el Municipio de General Madariaga, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. ( Peluquería y podología- Parqueros, jardineros o limpieza de terrenos- Comercios en general- Construcción privada- Servicios Profesionales). -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 198/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros08/05/2020Autorizar, en el Municipio de Coronel Suárez, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (- Desarrollo de la actividad industrial de fabricación de calzado y sus partes de la empresa DASS Suárez S.A.) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 199/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros08/05/2020Autorizar, en el Municipio de Bragado, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Mercería- Peluquerías, barberías, pedicurias, centros de estética y/o cuidado personal- Bazar y artículos del hogar –Bibliotecas – Bicicleterías - Joyerías y relojerías - Jugueterías- Lavaderos de Autos - Lavanderías de Ropa – Marroquinerías - Perfumerías y artículos de regalo - Reparaciones de Muebles – Reposterías - Ropa y artículos deportivos- Venta de aberturas - Venta de artículos de vestir y boutiques - Venta de automotores - Venta de ciclomotores - Venta de electrodomésticos - Venta de muebles - Venta de ropa de niños y bebés - Venta de zapatos. - Vinotecas.) -Coronavirus- COVID 19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros).
Complementada por Resolución 194/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros08/05/2020Autorizar, en el Municipio de Coronel Dorrego, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Peluquerías, podólogos, manicuras y centros de estética- Comercios de indumentaria y calzado- Venta de mercadería ya elaborada en comercios minoristas- Actividad jurídica). -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros).
Complementada por Resolución 200/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de Roque Pérez, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Oficios en construcción privada o domicilios particulares - Abogados en sus estudios jurídicos - Práctica kinésica de consultorio - Peluquería.) -Coronavirus- COVID 19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 201/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de General Alvear, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Indumentaria y calzado- Casas de deporte-Accesorios-Bazares- Artículos para el hogar - Librerías - Jugueterías- Electrodomésticos- Insumos informáticos y de telefonía- Viveros y florerías- Trabajadores y Trabajadoras de casa de familias- Concesionarias de automóviles- Abogados - Escribanía - Guardias en la Administración Escolar para el cobro de cuotas- Peluquerías – podólogos- Inmobiliarias- Kinesiólogos- Lavadero de autos- Reparto de leña- Albañilería). -Coronavirus- COVID 19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 202/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de Puán, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Talleres mecánicos, gomerías, pequeñas metalúrgicas, reparaciones particulares y venta de leña- Motomandos y delivery- Hogares de ancianos- Atención de consultorios y profesionales de salud- Alquiler de equipamiento deportivo - Funcionamiento del hogar de niñas “Dr. José María Juanena” - Peluquerías y centros de estética- Comercios de venta de insumos esenciales con atención al público, mercados, almacenes, supermercados y pago de impuestos y servicios- Entrega de insumos agrícola, ferreterías y veterinarias- Profesionales (contadores, abogados, del ámbito notarial y similares)- Lavaderos de autos- Hoteles, aparts y cabañas.- Oficios y servicios en domicilios particulares- Locales con atención al público en forma limitada (cooperativas eléctricas, inmobiliarias - Concesionarias, compañías de seguro, cobro de cuota de clubes e instituciones, kioskos, pañaleras y similares).- Comercios con venta online (librerías, tiendas, marroquinerías, ropa de blanco, polirrubros, bazar, electrodomésticos y similares) - Comercios de elaboración de alimentos- Corralones). -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 203/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de Alberti, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Actividad de comercios minoristas). (Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria)
Complementada por Resolución 204/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de Salliqueló, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Kinesiología- Escribanías- Peluquerías, manicuría, pedicuría, depiladoras, masajistas y centros de estética). (Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria)
Complementada por Resolución 205/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de General Viamonte, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Profesionales de ciencias económicas, ingeniería, arquitectura y diseño- Actividad notarial- Kinesiólogos y centros de rehabilitación- Fonoaudiólogos- Psicólogos, psicopedagogos y terapistas ocupacionales- Martilleros públicos, productores de salud y agrimensores- Artículos de decoración, bazar, artesanías, regalería - Compra-venta de automotores - Confecciones y talleres de costura- Electricidad e iluminación- Indumentaria deportiva- Alquiler de películas- Arenados- Bicicletería- Boutique- Centros de estética- Ciber- Computación- Cotillón- Diseño gráfico.- Florerías - Forrajerías- Fotografías- Herrerías- Imprentas- Joyerías- Jugueterías y anexos- Lencería- Librería- Mercerías- Mueblerías- Perfumerías- Pinturerías- Polirrubro - Relojería- Reparaciones de TV.- Reparación - Máquinas de jardín- Retacerías- Seguros- Taller de pintura- Tapizados- Tornería- Venta de alimentos para animales- Venta de motos- Venta de repuestos- Venta de lanas- Vidrierías- Vinoteca- Viveros - Zapaterías- Zinguerías- Peluqueros, manicuras, pedicuras y anexos a la estética- Venta de matafuegos). (Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria)
Complementada por Resolución 206/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autoriza, en el Municipio de Arrecifes, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios: Agencia de autos y motos - Profesiones liberales - Actividades comerciales minoristas - Atención nutricionista y kinesiológica - protocolos sanitarios - Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria.
Complementada por Resolución 207/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de San Pedro, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Estudios jurídicos, contables- Inmobiliarias - Atención médica de kinesiólogos- Agrimensores- Escribanos- Arquitectos- Fonoaudiólogos). (Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria)
Complementada por Resolución 208/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de Baradero, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Consultorios de Psicólogos y de Nutricionistas). (Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria)
Complementada por Resolución 209/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de General Villegas, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Peluquerías- Personal doméstico- Apertura de comercios en general- Abogados, contadores y escribanos). (Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria)
Complementada por Resolución 210/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de Saladillo, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Desarrollo de la actividad de venta al público en locales comerciales). (Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria)
Complementada por Resolución 211/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de Leandro N. Alem, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020.(Comercios no esenciales.- Agencias de seguros, servicios de medicina prepaga/obras sociales e inmobiliarias-Oficios de la construcción y afines- Peluquerías y afines- Profesionales liberales). (Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 212/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de Coronel Rosales, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Trabajadores y trabajadoras de casa de familias- Cobradores- Kinesiólogos, masajistas, terapistas ocupacionales y centros de estética- Psicólogos, fonoaudiólogos, psicopedagogos y nutricionistas- Reparación/realización de trabajos por encargue- Tiendas minoristas de rubros no esenciales). (Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria)- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 213/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de San Antonio de Areco, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Forrajerías).-Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 214/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de Olavarría, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Comercios (agencias de automotores y vehículos, venta por mayor y menor de artículos de uso doméstico/personal, leñeras, lavaderos de autos, lubricentros)- Oficios y profesionales independientes Peluquerías y afines- Construcción privada- Confección de prendas de vestir- Acopio de materiales a reciclar metálicos y no metálicos para la industria siderúrgica y celulosa). -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 215/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de Monte, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. ( Profesionales de la salud (kinesiología, fisiatría, fonoaudiología, psicología, nutrición, terapia ocupacional y psicopedagogos)-Oficios (albañiles, electricistas, gasistas, plomeros, pintores, yeseros, construcción en seco y afines). -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 216/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de 9 de de Julio, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Servicio Doméstico)- Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 217/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de Baradero, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Consultorios de oftalmología, de Fonoaudiólogos- Jugueterías- Oficinas de Asesores de Seguros-Concesionarios de autos y motocicletas- Librerías- Casa de Electrodomésticos- Mueblerías- Pinturería y venta de materiales para la construcción en seco - Venta de Celulares y accesorios- Papeleras- Relojerías- Joyerías- Casas de electricidad- Mercerías- Venta de telas- Casa de Fotografía- Bicicleterías- Bazares y polirrubros).-Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 218/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de Coronel Pringles, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Peluquerías y esteticistas-Comercios varios (perfumerías, mueblerías, vidrierías, colchones, electrónica, joyerías, casas de camping, ropa, fotografía, bazares y polirrubro- Aseguradoras, estudios contables y jurídicos, profesiones vinculadas a la salud-Lavaderos y servicios para autos). -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 219/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de Rojas, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Servicios técnicos de reparación y mantenimiento de máquinas, equipos, electrodomésticos, compostura de calzado y ropa y otros- Peluquerías- Inmobiliarias y concesionarias de autos- Lavaderos de auto y lavaderos de ropa- Servicios de construcción y reparación en obras civiles particulares). -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 222/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Autorizar, en el Municipio de Veinticinco de Mayo, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Contadores, abogados, escribanos, arquitectos, ingenieros y profesionales no médicos- Venta minorista con atención al público- Profesionales de la salud no médicos.)- Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Suspendida por Resolución 223/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020(DEJADA SIN EFECTO POR RESOLUCIÓN N° 240/2020 MJGM). Suspender, en virtud de la autorización conferida por el artículo 6° del Decreto N° 282/2020 y con el fin de proteger la salud pública, las salidas de esparcimiento, en el Municipio de Patagones conforme fuera requerido en los términos del artículo 2 de la Resolución N° 116/2020 de este Ministerio. -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Dejada sin efecto por Resolución 224/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros11/05/2020Dejar sin efecto la suspensión de las salidas de esparcimiento, en el municipio de Coronel Suarez, dispuesta por Resolución N° 117/2020 de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros en los términos del artículo 6° del Decreto N° 282/202.
Complementada por Resolución conjunta 943/2020 de la Dirección General de Cultura y Educación 11/05/2020Prorrogar, como medida excepcional y extraordinaria, la convocatoria y celebración de la Asamblea Ordinaria prevista en el art. 10 del Decreto 4767/72, y suspender la realización de asambleas u otro acto institucional de cooperación escolar, que implique la movilización, traslado y/o reunión de personas. Prorrogar los mandatos de las autoridades. Establecer que la Dirección de Cooperación Escolar, dependiente de la Dirección Provincial de Consejos Escolares y Coordinación Institucional fijará y notificará, oportunamente, la fecha de realización de las Asambleas Ordinarias. -Coronavirus COVID-19-Pandemia-
Complementada por Resolución 121/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros12/05/2020Autorizar, en el Municipio de Mercedes, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Apertura administrada de comercios- Peluquerías- Inmobiliarias) -Coronavirus (COVID-19)- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)-
Complementada por Resolución 122/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros12/05/2020Autorizar, en el Municipio de Mercedes, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Obra privada, oficios y rubros conexos - Cobro en comercios -Trabajadores profesionales independientes)-Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- ((Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Derogada parcialmente por Decreto 340/2020 12/05/2020(DEROGADO POR DECRETO 498/2020, MANTENIENDO LA VIGENCIA DEL ARTÍCULO 16). (RATIFICADO POR LEY 15174) Aprueba la Reglamentación para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados de las medidas de “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la Prohibición de Circular del Decreto Nacional 297/2020 y sus Normas Complementarias. Prorroga la vigencia del Decreto 203/2020 y el plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, desde el 10 hasta el 24 de mayo de 2020. Deroga los Decretos 262/2020 y 282/2020, a excepción del Art. 10 de éste último, manteniendo su vigencia las autorizaciones y suspensiones oportunamente dictadas (Transporte Público de Pasajeros-Excepciones-Municipios-AMBA-Protocolos-Salida De Esparcimiento-Covid 19-Coronavirus).
Complementada por Resolución 237/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros13/05/2020Autorizar, en el Municipio de Monte Hermoso, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Compañías de seguros- Estudios jurídicos, contables y notariales- Inmobiliarias- Peluquerías- Tiendas de indumentaria, mercería, calzado, telas, etc.- Bazares, regalerías, jugueterías, cotillones y similares- Venta de electrodomésticos, mueblerías y vidrierías- Venta de automotores, motocicletas, bicicletas y casas de repuestos- Librerías, imprentas y fotocopiadoras- Vinotecas- Ópticas, relojerías, joyerías- Pinturerías- Heladerías- Casas de venta de comida elaborada, restaurant, pizzerías (solo delivery y retiro en el local)- Loneras y tapicerías- Venta, reparación de celulares, electrónica y computación- Viveros y venta de flores- Servicio de grúas) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 236/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros13/05/2020Autorizar, en el Municipio de Pergamino, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (- Concesionarias, agencias y/o puntos de venta de automotores nuevos y usados y motos nuevas y usadas del partido de Pergamino) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 235/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros13/05/2020Autorizar, en el Municipio de Colón, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. ( Venta de zapatos - Venta de zapatillas- Indumentaria - Venta de lana- Mercerías- Blanquerías- Artículos deportivos - Electrodomésticos y artículos para el hogar - Polirubros- Relojerías - Disquerías - Arreglos de zapatos y compostura- Lencería- Computación y afines - Mueblerías. Compra-venta motos y automotores- Decoración- Vidrierías- Bazares- Jugueterías- Bijouteries- Librerías- Cotillón- Peluquerías- Barberías- Salones de peinados) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 234/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros13/05/2020Autorizar, en el Municipio de Bragado, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Trabajadores y trabajadoras en casas de familia- Feria Franca y Mercado en tu barrio- Calzado- Productos textiles- Indumentaria. -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 233/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros13/05/2020Autorizar, en el Municipio de Rivadavia, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Obras particulares- Peluquerías- Lavadero de autos- Estudios profesionales (contadores y abogados). - Kinesiólogos. -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 232/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros13/05/2020Autorizar, en el Municipio de Salto, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Desarrollo de las actividades comerciales minoristas- Salones de peinados, barberías y peluquerías- Actividades de profesión liberal- Obras particulares) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 231/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros13/05/2020Autorizar, en el Municipio de Tordillo, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. ( Desarrollo de la actividad notarial) Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 230/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros13/05/2020Autorizar, en el Municipio de Patagones, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Construcción privada) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 229/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros13/05/2020Autorizar, en el Municipio de Navarro, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (- Comercio de venta por mayor y menor- Servicios profesionales (abogados, contadores y escribanos)- Inmobiliarias- Fabricación de Piscinas de fibra de vidrio- Fabricación de filtros de Piscinas). -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 228/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros13/05/2020Autorizar, en el Municipio de Ramallo, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Fonoaudióloga- Kinesiología- Centros de estética- Podología- Otras profesiones u oficios de contacto directo- Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 227/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros13/05/2020Autorizar, en el Municipio de Chivilcoy, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Indumentaria- Mercerías- Blanquerías- Artículos deportivos- Electrodomésticos y artículos del hogar- Relojerías- Computación y afines- Mueblerías- Vidrierías- Otros comercios minoristas). -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 226/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros13/05/2020Autorizar, en el Municipio de Patagones, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Profesiones liberales- Servicio doméstico- Kinesiología)- Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 225/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros13/05/2020Autorizar, en el Municipio de Bolívar, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Desarrollo de las actividades de atención de estudios jurídicos y contables- Peluquerías y centros de estética- Trabajo doméstico y cuidado de niños- Estaciones de servicios con shop- Kinesiólogos y masajistas- Agencia de compra venta de vehículos- Apertura de comercios) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 238/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros13/05/2020Autorizar, en el Municipio de Coronel Pringles, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Estudios notariales).-Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Complementada por Resolución 50/2020 de la Presidencia del Honorable Tribunal de Cuentas27/05/2020Prorrogar los plazos previstos en los artículos 1°, 2°, 4° y 5° de la Resolución N° 04/2020 del Honorable Tribunal de Cuentas hasta el día 7 de junio de 2020 inclusive. Mantener la vigencia de las medidas dispuestas por los artículos 2° y 3° de la Resolución de Presidencia N° 34/20, por el período de tiempo comprendido en esta Resolución. -Coronavirus (COVID-19)-Pandemia-
Ratificada por Ley 15174 28/05/2020RATIFICA LOS DECRETOS 132/2020, 151/2020, 166/2020, 167/2020, 177/2020, 180/2020, 194/2020, 251/2020, 255/2020, 261/2020, 262/2020, 264/2020, 282/2020 Y 340/2020. MODIFICA LAS LEYES 13295 Y 10397 (PRÓRROGAS-SUSPENSIONES-DELEGACIÓN DE FUNCIONES-EMERGENCIA SANITARIA-CORONAVIRUS-COVID 19).
Complementada por Resolución 169/2020 de la Dirección Ejecutiva del Organismo Provincial de Integración Social y Urbana (OPISU)02/06/2020Exceptuar del cumplimiento de las medidas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular dispuestas por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 297/2020, prorrogado por Decretos Nacionales N° 325/2020 y 355/2020, a las personas que se indican en el Anexo I. -Coronavirus (COVID-19)-Pandemia-
Complementada por Resolución 76/2020 del Ministerio de Desarrollo Agrario03/06/2020Aprueba la nómina de autoridades superiores y trabajadoras/es del Ministerio de Desarrollo Agrario que fueron exceptuados del cumplimiento de las medidas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”. Establece las actividades y servicios consideradas esenciales en la emergencia y calificados como servicios no interrumpibles (Productos de origen animal, vegetal o forestal, de consumo humano, de origen cárnico-Prevención de plagas-Estación de Cría de Animales Salvajes (ECAS)-Registros-Chacras Experimentales-Acreditaciones para la Circulación-Coronavirus-COVID-19).
Complementada por Decreto 307/2021 23/05/2021(CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, la vigencia del Decreto 203/2020 y la vigencia de la delegación de facultades establecidas en el Decreto 270/2021 desde el 22 de mayo y hasta el 11 de junio de 2021 (Decretos Nacionales 287 y 334 de 2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Dirección General de Cultura y Educación- Medidas temporarias, focalizadas y de alcance local-Prevención-Contagios-Alarma epidemiológica-Emergencia sanitaria-Covid-19-Coronavirus).
Complementada por Decreto 270/2021 03/05/2021(CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 1º de mayo y hasta el 21 de mayo de 2021. delega facultades para la implementación de medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención, de conformidad con el Decreto Nacional 287/2021. sustituye el Artículo 3° del Decreto 203/2020. deroga los Decretos 178/2021 y 181/2021, a excepción del Artículo 3° de este último (Jefatura de Gabinete de Ministros-Dirección General de Cultura y Educación-Clases presenciales-Condiciones epidemiológicas-Protocolos de acompañamiento de Pacientes-Autorizaciones-Excepciones-Actividades-Vacunación-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus).
Complementada por Decreto 178/2021 09/04/2021(CONVALIDADO POR LEY 15310) (DEROGADO POR DECRETO 270/2021) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 9 y hasta el 30 de abril de 2021. Delega facultades para la implementación de medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención. Deroga el Decreto 128/2021 (Decreto Nacional 235/2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Dirección General de Cultura y Educación-Políticas Sanitarias-Clases Presenciales-Condiciones Epidemiológicas-Horarios-Restricciones-Circulación-Autorizaciones-Excepciones-Actividades-Acompañamiento de Pacientes-Sanciones-Protocolos-Emergencia Sanitaria-Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio-Coronavirus-Covid 19).
Complementada por Decreto 128/2021 18/03/2021(CONVALIDADO POR LEY 15310) (DEROGADO POR DECRETO 178/2021) Prorroga, hasta el 9 de abril de 2021, la vigencia de la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 13 de marzo y hasta el 9 de abril de 2021 (Emergencia Sanitaria-Coronavirus-Covid 19).
Complementada por Decreto 106/2021 06/03/2021(CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga, por el término de 180 días a partir de su vencimiento, el Estado de Emergencia Sanitaria declarado en el ámbito de la Provincia, a tenor de la enfermedad por el nuevo Coronavirus y aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, y de la Prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 125/2021. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 1° y hasta el 12 de marzo de 2021. Deroga el Decreto 40/21 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-habilitaciones-Excepciones-Covid 19).
Complementada por Decreto 40/2021 04/02/2021(DEROGADO POR DECRETO 106/2021) Aprueba la Reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el Desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, y de la Prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 67/2021. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 del 1º al 28 de febrero de 2021. Deroga el Decreto 1231/2020 (Dispo-ASPO-Municipios-Recomendaciones-Protocolos-Excepciones-Covid 19).
Complementada por Decreto 1231/2020 29/12/2020(DEROGADO POR DECRETO 40/2021) Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020, de conformidad con el Decreto Nacional 1033/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 21 de diciembre de 2020 y hasta el 31 de enero de 2021. Deroga el Decreto 1103/2020 (Dispo-Aspo-Salud Pública-Aperturas-Control Sanitario-Recomendaciones-Prevención-Protocolos-Covid 19).
Complementada por Decreto 1103/2020 04/12/2020(DEROGADO POR DECRETO 1231/2020) APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MEDIDA DE DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS DEL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR, DISPUESTA POR EL DECRETO NACIONAL 297/20, DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO NACIONAL 956/20. PRORROGA LA VIGENCIA DEL DECRETO 203/20 Y DEL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 132/20 DESDE EL 30 DE NOVIEMBRE Y HASTA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2020. DEROGA EL DECRETO 976/2020 (DISPO-ASPO-SALUD PÚBLICA-APERTURAS-CONTROL SANITARIO-RECOMENDACIONES-PREVENCIÓN-PROTOCOLOS-COVID 19).
Complementada por Decreto 976/2020 09/11/2020(DEROGADO POR DECRETO 1103/2020) APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MEDIDA DE DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS DEL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR, DISPUESTA POR EL DECRETO NACIONAL 297/2020, DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO NACIONAL 875/20. PRORROGA LA VIGENCIA DEL DECRETO 203/20 Y DEL PLAZO DE LA SUSPENSIÓN DEL ART. 3° DECRETO 132/2020, DESDE EL 9 Y HASTA EL 29 DE NOVIEMBRE DE 2020. DEROGA EL DECRETO 944/20 (DISPO-ASPO-SALUD PÚBLICA-APERTURAS-CONTROL SANITARIO-RECOMENDACIONES-PREVENCIÓN-PROTOCOLOS-CORONAVIRUS-COVID 19).
Complementada por Decreto 944/2020 29/10/2020(DEROGADO POR DECRETO 976/2020) APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MEDIDA DE “DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” Y PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS DEL “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” Y DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR DISPUESTA POR EL DECRETO NACIONAL 297/2020 Y SUS NORMAS COMPLEMENTARIAS, DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO NACIONAL 814/2020. PRORROGA LA VIGENCIA DEL PLAZO DE LA SUSPENSIÓN DISPUESTA POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 132/2020 Y LA VIGENCIA DEL DECRETO 203/2020 DESDE EL 26 DE OCTUBRE Y HASTA EL 8 DE NOVIEMBRE DE 2020. DEROGA EL DECRETO 884/2020 (COVID 19 – CORONAVIRUS).
Complementada por Decreto 884/2020 15/10/2020(DEROGADO POR DECRETO 944/2020) Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 792/2020. prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 12 y hasta el 25 de octubre de 2020. Deroga el Decreto 774/2020 (Coronavirus-Covid 19).
Complementada por Decreto 774/2020 23/09/2020(DEROGADO POR DECRETO 884/2020) Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de "Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus Normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 754/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 21 de septiembre al 11 de octubre de 2020. Deroga el Artículo 4 del Decreto 771/2020 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Coronavirus-Covid 19).
Complementada por Decreto 771/2020 04/09/2020Prorroga, por el término de 180 días a partir de su vencimiento, el estado de Emergencia Sanitaria declarado en el ámbito de la Provincia, por el Decreto 132/2020. Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus Normas Complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 714/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 31 de agosto y hasta el 20 de septiembre de 2020. Faculta al Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros a dictar las reglamentaciones necesarias para la práctica de competencias automovilísticas. Deroga el Decreto 701/2020, manteniendo su vigencia el Artículo 10 del Decreto 282/2020 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Covid 19-Coronavirus).
Complementada por Decreto 701/2020 18/08/2020(DEROGADO POR DECRETO 771/2020) Aprueba la Reglamentación para la Implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 677/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 del 17 al 30 de agosto de 2020. Deroga el Decreto 689/2020, manteniendo su vigencia el Artículo 10 del Decreto 282/2020 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Covid 19-Coronavirus).
Complementada por Decreto 689/2020 06/08/2020(DEROGADO POR DECRETO 701/2020) Aprueba la Reglamentación para la Implementación de la Medida de "distanciamiento social, Preventivo y Obligatorio" y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y de la prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 641/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, del 3 al 16 de agosto de 2020. Deroga el Decreto 604/2020, manteniendo su vigencia el Artículo 10 del Decreto 282/2020 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones).
Complementada por Decreto 583/2020 01/07/2020(DEROGADO POR DECRETO 604/2020) Aprueba la reglamentación para la implementación de la Medida de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y de la Prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus Normas Complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 576/2020. prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3 del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 29 de junio y hasta el 17 de julio de 2020. Deroga el Decreto 498/2020, manteniendo su vigencia el Artículo 16 y las autorizaciones y suspensiones oportunamente dictadas por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Coronavirus-Covid 19).
Complementada por Decreto 498/2020 11/06/2020(DEROGADO POR DECRETO 583/2020) Aprueba la Reglamentación para la Implementación de la Medida de "Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados del "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus Normas Complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 520/2020. prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Articulo 3° del Decreto 132/2020 y del Decreto 203/2020, del 8 al 28 de junio de 2020. Deroga el Decreto 340/2020 manteniendo la vigencia del Articulo 16 y las autorizaciones y suspensiones oportunamente dictadas (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Administración Publica Provincial-Salud Publica-Coronavirus-Covid 19).
Complementada por Decreto 433/2020 30/05/2020Prorroga la vigencia del plazo de suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 25 de mayo y hasta el 7 de junio de 2020 (Emergencia Sanitaria-Coronavirus-Covid 19).
Complementada por Decreto 361/2021 13/06/2021(Convalidado por Ley 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, la vigencia del Decreto 203/2020 y la vigencia de la delegación de facultades establecidas en el Decreto 270/2021 desde el 12 y hasta el 25 de junio de 2021 (Decretos Nacionales 287, 334 y 381 de 2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-medidas temporarias, focalizadas y de alcance local-Prevención-contagios-Alarma Epidemiológica-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus).
Complementada por Decreto 403/2021 28/06/2021(CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, la vigencia del Decreto 203/2020 y la vigencia de la delegación de facultades establecidas en el Decreto 270/2021 desde el 26 de junio y hasta el 9 de julio de 2021 (Decretos Nacionales 287, 334, 381 y 411 de 2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Medidas temporarias, focalizadas y de alcance local-Prevención-Contagios-Alarma Epidemiológica-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus).
Complementada por Decreto 476/2021 12/07/2021(CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, la vigencia del Decreto 203/2020 y la vigencia de la delegación de facultades establecidas en el Decreto 270/2021 desde el 10 de julio y hasta el 6 de agosto de 2021 (Decretos Nacionales 287, 334, 381, 411 y 455 de 2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Medidas temporarias, focalizadas y de alcance local-Prevención-Contagios-Alarma epidemiológica-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus).
Complementada por Decreto 583/2021 10/08/2021(CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 7 de agosto y hasta el 1° de octubre de 2021 (Decreto Nacional 494/2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Ministro de Salud-Directora General de Cultura y Educación-Salud Pública-Facultades-Protocolos-Restricciones-Medidas Temporarias, Focalizadas y de Alcance Local-Sanciones-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus).

Última actualizacion: 08/07/2024 11:07