Decreto 976/2020
Fecha de promulgación: 08/11/2020
Fecha de publicación: 09/11/2020
Número de Boletín Oficial: 28891
Tipo de publicación: Integra
Resumen
(DEROGADO POR DECRETO 1103/2020) APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MEDIDA DE DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS DEL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR, DISPUESTA POR EL DECRETO NACIONAL 297/2020, DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO NACIONAL 875/20. PRORROGA LA VIGENCIA DEL DECRETO 203/20 Y DEL PLAZO DE LA SUSPENSIÓN DEL ART. 3° DECRETO 132/2020, DESDE EL 9 Y HASTA EL 29 DE NOVIEMBRE DE 2020. DEROGA EL DECRETO 944/20 (DISPO-ASPO-SALUD PÚBLICA-APERTURAS-CONTROL SANITARIO-RECOMENDACIONES-PREVENCIÓN-PROTOCOLOS-CORONAVIRUS-COVID 19).
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Nombre | Descripción | |
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ANEXO ÚNICO | REGLAMENTACIÓN | file_downloadDescargar anexo |
Normas modificadas y/o complementadas por Decreto 976/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Prorroga a Decreto 132/2020 | 12/03/2020 | (RATIFICADO POR LEY 15174) Declara el Estado de Emergencia Sanitaria en la Provincia, por el término de 180 días, a tenor de la enfermedad por el nuevo Coronavirus (Covid-19). Suspende la realización de todo evento cultural, artístico, recreativo, deportivo, social de participación masiva y las habilitaciones otorgadas por los Organismos Provinciales para la realización de los mismos. Invita a los Poderes Legislativo, Judicial y a los Municipios, a adherir a los términos del presente (Salud Pública-Control Sanitario-Recomendaciones-Prevención-Asistencia-Virus-Protocolos-Pandemia). |
Prorroga a Decreto 203/2020 | 03/04/2020 | Suspende, el deber de asistencia al lugar de trabajo a todo el personal de la Administración Pública Provincial. Establece el "Trabajo Domiciliario" exceptuando al personal convocado para garantizar los servicios y actividades esenciales y/o no interrumpibles. Instituye guardias mínimas y rotativas presenciales, a los fines de garantizar el cumplimiento de las actividades propias de cada Repartición. Sustituye el Art. 5 del Decreto 167/2020 (Emergencia Sanitaria-Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio-Corona Virus-Covid 19). |
Deroga a Decreto 944/2020 | 29/10/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 976/2020) APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MEDIDA DE “DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” Y PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS DEL “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” Y DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR DISPUESTA POR EL DECRETO NACIONAL 297/2020 Y SUS NORMAS COMPLEMENTARIAS, DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO NACIONAL 814/2020. PRORROGA LA VIGENCIA DEL PLAZO DE LA SUSPENSIÓN DISPUESTA POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 132/2020 Y LA VIGENCIA DEL DECRETO 203/2020 DESDE EL 26 DE OCTUBRE Y HASTA EL 8 DE NOVIEMBRE DE 2020. DEROGA EL DECRETO 884/2020 (COVID 19 – CORONAVIRUS). |
Complementa a Decreto 884/2020 | 15/10/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 944/2020) Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 792/2020. prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 12 y hasta el 25 de octubre de 2020. Deroga el Decreto 774/2020 (Coronavirus-Covid 19). |
Complementa a Decreto 774/2020 | 23/09/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 884/2020) Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de "Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus Normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 754/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 21 de septiembre al 11 de octubre de 2020. Deroga el Artículo 4 del Decreto 771/2020 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Coronavirus-Covid 19). |
Complementa a Decreto 771/2020 | 04/09/2020 | Prorroga, por el término de 180 días a partir de su vencimiento, el estado de Emergencia Sanitaria declarado en el ámbito de la Provincia, por el Decreto 132/2020. Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus Normas Complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 714/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 31 de agosto y hasta el 20 de septiembre de 2020. Faculta al Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros a dictar las reglamentaciones necesarias para la práctica de competencias automovilísticas. Deroga el Decreto 701/2020, manteniendo su vigencia el Artículo 10 del Decreto 282/2020 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Covid 19-Coronavirus). |
Complementa a Decreto 701/2020 | 18/08/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 771/2020) Aprueba la Reglamentación para la Implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 677/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 del 17 al 30 de agosto de 2020. Deroga el Decreto 689/2020, manteniendo su vigencia el Artículo 10 del Decreto 282/2020 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Covid 19-Coronavirus). |
Complementa a Decreto 689/2020 | 06/08/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 701/2020) Aprueba la Reglamentación para la Implementación de la Medida de "distanciamiento social, Preventivo y Obligatorio" y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y de la prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 641/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, del 3 al 16 de agosto de 2020. Deroga el Decreto 604/2020, manteniendo su vigencia el Artículo 10 del Decreto 282/2020 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones). |
Complementa a Decreto 604/2020 | 20/07/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 689/2020) Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de "Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados del "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y de la Prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 605/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y del Decreto 203/2020 desde el 18 de julio y hasta el 2 de agosto de 2020. Deroga el Decreto 583/2020, manteniendo su vigencia el Artículo 10 del Decreto 282/2020 (Municipalidades - Protocolos - Requisitos - Habilitaciones - Excepciones). |
Complementa a Decreto 583/2020 | 01/07/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 604/2020) Aprueba la reglamentación para la implementación de la Medida de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y de la Prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus Normas Complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 576/2020. prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3 del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 29 de junio y hasta el 17 de julio de 2020. Deroga el Decreto 498/2020, manteniendo su vigencia el Artículo 16 y las autorizaciones y suspensiones oportunamente dictadas por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Coronavirus-Covid 19). |
Complementa a Decreto 498/2020 | 11/06/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 583/2020) Aprueba la Reglamentación para la Implementación de la Medida de "Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados del "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus Normas Complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 520/2020. prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Articulo 3° del Decreto 132/2020 y del Decreto 203/2020, del 8 al 28 de junio de 2020. Deroga el Decreto 340/2020 manteniendo la vigencia del Articulo 16 y las autorizaciones y suspensiones oportunamente dictadas (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Administración Publica Provincial-Salud Publica-Coronavirus-Covid 19). |
Complementa a Decreto 433/2020 | 30/05/2020 | Prorroga la vigencia del plazo de suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 25 de mayo y hasta el 7 de junio de 2020 (Emergencia Sanitaria-Coronavirus-Covid 19). |
Complementa a Decreto 340/2020 | 12/05/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 498/2020, MANTENIENDO LA VIGENCIA DEL ARTÍCULO 16). (RATIFICADO POR LEY 15174) Aprueba la Reglamentación para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados de las medidas de “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la Prohibición de Circular del Decreto Nacional 297/2020 y sus Normas Complementarias. Prorroga la vigencia del Decreto 203/2020 y el plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, desde el 10 hasta el 24 de mayo de 2020. Deroga los Decretos 262/2020 y 282/2020, a excepción del Art. 10 de éste último, manteniendo su vigencia las autorizaciones y suspensiones oportunamente dictadas (Transporte Público de Pasajeros-Excepciones-Municipios-AMBA-Protocolos-Salida De Esparcimiento-Covid 19-Coronavirus). |
Complementa a Decreto 282/2020 | 28/04/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 340/2020, CON EXCEPCIÓN DEL ARTÍCULO 10, MANTENIENDO SU VIGENCIA). (RATIFICADO POR LEY 15174) Aprueba la Reglamentación para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados de las Medidas de “aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la Prohibición de Circular que establece el Decreto Nacional 297/2020, prorrogado por Decreto Nacional 408/2020. Los municipios que soliciten la excepción al cumplimiento, deberán realizar su petición al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. prorroga la vigencia del Decreto 203/2020. Prorroga, las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud de la Provincia, desde el 27 de abril y hasta el 10 de mayo de 2020. Sustituye Artículo 5 del Decreto 167/2020 (coronavirus-covid 19). |
Complementa a Decreto 255/2020 | 17/04/2020 | (RATIFICADO POR LEY 15174) Prorroga la vigencia del Decreto 203/2020 y el plazo de suspensión dispuesto en el Artículo 3° del Decreto 132/2020, del 16 al 26 de abril de 2020. modifica el Artículo 3° del Decreto 203/2020. Establece a partir del 20 de abril de 2020 el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz y boca en determinadas situaciones y en otras recomienda su uso. Prohíbe la distribución de mascarillas médicas o quirúrgicas a personas que no pertenezcan al Sistema de Salud, o a personas jurídicas que no tengan por objeto la prestación de ese servicio o de su producción y/o comercialización (Excepciones-Sector Publico Provincial-Protocolos-Uso Obligatorio de Barbijo-Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio-Coronavirus-Covid-19). |
Complementa a Decreto 180/2020 | 27/03/2020 | (RATIFICADO POR LEY 15174) Prorroga el plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3 del Decreto 132/2020, desde el 28 de marzo hasta el 15 de abril de 2020. Ref: Suspensión de actividades sociales y comunitarias, en virtud de las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud de la Provincia (Emergencia Sanitaria-Coronavirus-Covid-19). |
Normas que modifican y/o complementan a Decreto 976/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementada por Resolución conjunta 109/2020 del Ministerio de la Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros | 18/11/2020 | (Firma Conjunta) Autoriza, a partir del 1 de diciembre de 2020 y hasta el 04 de abril de 2021, en los Municipios de la Provincia de Buenos Aires que se encuentren alcanzados por la medida de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” el desarrollo del turismo. Será obligatorio el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19”. (Protocolos - validez del certificado de circulación - verano 2021 –Coronavirus – Pandemia). |
Complementada por Resolución 2955/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros | 19/11/2020 | Aprueba los cuadro de actividades habilitadas para los municipios en fases 3, 4 y 5 del sistema de fases establecido por la Resolución N° 2789/2020 MJGM. Aprueba el listado de municipios en las diferentes fases del sistema. Aprueba los protocolos correspondientes a actividades deportivas colectivas, natatorios, rehabilitación psicomotriz y kinesiología en medio acuático. (EMERGENCIA SANITARIA- COVID 19- NOVIEMBRE 2020) |
Complementada por Resolución 2973/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros | 24/11/2020 | Prorroga por única vez, y de manera excepcional, la caducidad de los días de licencia por descanso anual vigentes al 2020, hasta el 31 de diciembre de 2021, de los y las agentes declarados/as como personal esencial para la prestación de actividades y servicios indispensables y/o no interrumpibles por parte del Estado Provincial, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el artículo 1° del Decreto N° 132/2020, ratificado por Ley N° 15.174 y prorrogado por su similares N° 771/2020 y N° 976/2020. Coronavirus (COVID-19)-Pandemia- (Vacaciones) |
Complementada por Resolución conjunta 112/2020 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos y de Jefatura de Gabinete de Ministros | 24/11/2020 | (ARTS. 2° y 3° DEROGADOS POR RESOLUCIÓN CONJUNTA 431/2021) Restablece, a partir del 23 de noviembre de 2020, en los municipios de la Provincia de Buenos Aires que se encuentren alcanzados por la medida de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” -DISPO- el servicio de transporte automotor interurbano de pasajeros de línea regular, Ejecutivos y especializados, en todas sus modalidades. Destinado a personas que desarrollen actividades esenciales y para aquellos habitantes que se desplacen con fines turísticos. Certificado Único Habilitante para Circulación – Protocolos - Emergencia COVID-19 – Coronavirus - Pandemia. |
Complementada por Resolución conjunta 136/2020 del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros | 01/12/2020 | (Firma Conjunta) Autorizar, en el ámbito de la provincia de Buenos Aires y el desarrollo de actividades relativas a las artes escénicas y a las artes musicales con y sin asistencia de espectadores, el cual deberá sujetarse al estricto cumplimiento del protocolo de la presente Resolución. Aprobar el “Protocolo General para la Actividad Teatral y Música en Vivo con Público”. El desarrollo de las actividades previstas en el artículo 1° de la presente resolución, deberá realizarse de acuerdo a lo establecido en los artículos 3°, 4° y 6° de la Decisión Administrativa N° 2045/2020 del Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación. (Ventilación-Capacidad de espectadores) - Coronavirus-COVID-19- Pandemia- |
Derogada por Decreto 1103/2020 | 04/12/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 1231/2020) APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MEDIDA DE DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS DEL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR, DISPUESTA POR EL DECRETO NACIONAL 297/20, DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO NACIONAL 956/20. PRORROGA LA VIGENCIA DEL DECRETO 203/20 Y DEL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 132/20 DESDE EL 30 DE NOVIEMBRE Y HASTA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2020. DEROGA EL DECRETO 976/2020 (DISPO-ASPO-SALUD PÚBLICA-APERTURAS-CONTROL SANITARIO-RECOMENDACIONES-PREVENCIÓN-PROTOCOLOS-COVID 19). |
Complementada por Decreto 307/2021 | 23/05/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, la vigencia del Decreto 203/2020 y la vigencia de la delegación de facultades establecidas en el Decreto 270/2021 desde el 22 de mayo y hasta el 11 de junio de 2021 (Decretos Nacionales 287 y 334 de 2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Dirección General de Cultura y Educación- Medidas temporarias, focalizadas y de alcance local-Prevención-Contagios-Alarma epidemiológica-Emergencia sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |
Complementada por Decreto 270/2021 | 03/05/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 1º de mayo y hasta el 21 de mayo de 2021. delega facultades para la implementación de medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención, de conformidad con el Decreto Nacional 287/2021. sustituye el Artículo 3° del Decreto 203/2020. deroga los Decretos 178/2021 y 181/2021, a excepción del Artículo 3° de este último (Jefatura de Gabinete de Ministros-Dirección General de Cultura y Educación-Clases presenciales-Condiciones epidemiológicas-Protocolos de acompañamiento de Pacientes-Autorizaciones-Excepciones-Actividades-Vacunación-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |
Complementada por Decreto 178/2021 | 09/04/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) (DEROGADO POR DECRETO 270/2021) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 9 y hasta el 30 de abril de 2021. Delega facultades para la implementación de medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención. Deroga el Decreto 128/2021 (Decreto Nacional 235/2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Dirección General de Cultura y Educación-Políticas Sanitarias-Clases Presenciales-Condiciones Epidemiológicas-Horarios-Restricciones-Circulación-Autorizaciones-Excepciones-Actividades-Acompañamiento de Pacientes-Sanciones-Protocolos-Emergencia Sanitaria-Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio-Coronavirus-Covid 19). |
Complementada por Decreto 128/2021 | 18/03/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) (DEROGADO POR DECRETO 178/2021) Prorroga, hasta el 9 de abril de 2021, la vigencia de la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 13 de marzo y hasta el 9 de abril de 2021 (Emergencia Sanitaria-Coronavirus-Covid 19). |
Complementada por Decreto 106/2021 | 06/03/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga, por el término de 180 días a partir de su vencimiento, el Estado de Emergencia Sanitaria declarado en el ámbito de la Provincia, a tenor de la enfermedad por el nuevo Coronavirus y aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, y de la Prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 125/2021. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 1° y hasta el 12 de marzo de 2021. Deroga el Decreto 40/21 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-habilitaciones-Excepciones-Covid 19). |
Complementada por Decreto 40/2021 | 04/02/2021 | (DEROGADO POR DECRETO 106/2021) Aprueba la Reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el Desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, y de la Prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 67/2021. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 del 1º al 28 de febrero de 2021. Deroga el Decreto 1231/2020 (Dispo-ASPO-Municipios-Recomendaciones-Protocolos-Excepciones-Covid 19). |
Complementada por Decreto 1231/2020 | 29/12/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 40/2021) Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020, de conformidad con el Decreto Nacional 1033/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 21 de diciembre de 2020 y hasta el 31 de enero de 2021. Deroga el Decreto 1103/2020 (Dispo-Aspo-Salud Pública-Aperturas-Control Sanitario-Recomendaciones-Prevención-Protocolos-Covid 19). |
Complementada por Decreto 361/2021 | 13/06/2021 | (Convalidado por Ley 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, la vigencia del Decreto 203/2020 y la vigencia de la delegación de facultades establecidas en el Decreto 270/2021 desde el 12 y hasta el 25 de junio de 2021 (Decretos Nacionales 287, 334 y 381 de 2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-medidas temporarias, focalizadas y de alcance local-Prevención-contagios-Alarma Epidemiológica-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |
Complementada por Decreto 403/2021 | 28/06/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, la vigencia del Decreto 203/2020 y la vigencia de la delegación de facultades establecidas en el Decreto 270/2021 desde el 26 de junio y hasta el 9 de julio de 2021 (Decretos Nacionales 287, 334, 381 y 411 de 2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Medidas temporarias, focalizadas y de alcance local-Prevención-Contagios-Alarma Epidemiológica-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |
Complementada por Decreto 476/2021 | 12/07/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, la vigencia del Decreto 203/2020 y la vigencia de la delegación de facultades establecidas en el Decreto 270/2021 desde el 10 de julio y hasta el 6 de agosto de 2021 (Decretos Nacionales 287, 334, 381, 411 y 455 de 2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Medidas temporarias, focalizadas y de alcance local-Prevención-Contagios-Alarma epidemiológica-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |
Complementada por Decreto 583/2021 | 10/08/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 7 de agosto y hasta el 1° de octubre de 2021 (Decreto Nacional 494/2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Ministro de Salud-Directora General de Cultura y Educación-Salud Pública-Facultades-Protocolos-Restricciones-Medidas Temporarias, Focalizadas y de Alcance Local-Sanciones-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |
Última actualizacion: 28/05/2021 13:05