Resolución 187/2020
del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de promulgación: 06/05/2020
Fecha de publicación: 07/05/2020
Número de Boletín Oficial: 28765
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Autorizar, en el Municipio de Hipólito Yrigoyen, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. ( -Profesionales independientes matriculados- Actividades particulares (venta de electrodomésticos y muebles, venta de ropa y/o calzado, retacerías y mercerías, marroquinerías, bazar, cotillón, jugueterías, regalerías, joyerías y relojerías, perfumerías, sederías, bicicleterías, lubricentros, talleres, gomerías, pinturerías, venta de aberturas, concesionario de autos y motos, etc. y otros). -Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria- (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 187/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
---|---|---|
Complementa a Decreto 282/2020 | 28/04/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 340/2020, CON EXCEPCIÓN DEL ARTÍCULO 10, MANTENIENDO SU VIGENCIA). (RATIFICADO POR LEY 15174) APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS DE LAS MEDIDAS DE “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” Y DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR QUE ESTABLECE EL DECRETO NACIONAL 297/2020, PRORROGADO POR 408/2020. LOS MUNICIPIOS QUE SOLICITEN LA EXCEPCIÓN AL CUMPLIMIENTO, DEBERÁN REALIZAR SU PETICIÓN AL MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. PRORROGA LA VIGENCIA DEL DECRETO 203/2020. PRORROGA, LAS RECOMENDACIONES EFECTUADAS POR EL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA, DESDE EL 27 DE ABRIL Y HASTA EL 10 DE MAYO DE 2020. SUSTITUYE ARTÍCULO 5 DEL DECRETO 167/2020 (CORONAVIRUS-COVID 19). |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 187/2020
Ninguna.Última actualizacion: 07/05/2020 11:05