Resolución 169/2020
de la Dirección Ejecutiva del Organismo Provincial de Integración Social y Urbana (OPISU)
Fecha de promulgación: 11/05/2020
Fecha de publicación: 02/06/2020
Número de Boletín Oficial: 28782
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Exceptuar del cumplimiento de las medidas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular dispuestas por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 297/2020, prorrogado por Decretos Nacionales N° 325/2020 y 355/2020, a las personas que se indican en el Anexo I. -Coronavirus (COVID-19)-Pandemia-
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Nombre | Descripción | |
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Anexo | Listado | file_downloadDescargar anexo |
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 169/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementa a Decreto 165/2020 | 21/03/2020 | Declara Asueto Administrativo en el ámbito de la Administración Pública Provincial los días 20, 25, 26, 27 y 30 de marzo de 2020. Exceptúa a todos los agentes mencionados en el Artículo 6 del Decreto Nacional 297/2020. Invita a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires a adherir o dictar normas similares en sus respectivas Jurisdicciones (Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio-Coronavirus-Covid -19). |
Complementa a Decreto 203/2020 | 03/04/2020 | Suspende, el deber de asistencia al lugar de trabajo a todo el personal de la Administración Pública Provincial. Establece el "Trabajo Domiciliario" exceptuando al personal convocado para garantizar los servicios y actividades esenciales y/o no interrumpibles. Instituye guardias mínimas y rotativas presenciales, a los fines de garantizar el cumplimiento de las actividades propias de cada Repartición. Sustituye el Art. 5 del Decreto 167/2020 (Emergencia Sanitaria-Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio-Corona Virus-Covid 19). |
Complementa a Decreto 255/2020 | 17/04/2020 | (RATIFICADO POR LEY 15174) Prorroga la vigencia del Decreto 203/2020 y el plazo de suspensión dispuesto en el Artículo 3° del Decreto 132/2020, del 16 al 26 de abril de 2020. modifica el Artículo 3° del Decreto 203/2020. Establece a partir del 20 de abril de 2020 el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz y boca en determinadas situaciones y en otras recomienda su uso. Prohíbe la distribución de mascarillas médicas o quirúrgicas a personas que no pertenezcan al Sistema de Salud, o a personas jurídicas que no tengan por objeto la prestación de ese servicio o de su producción y/o comercialización (Excepciones-Sector Publico Provincial-Protocolos-Uso Obligatorio de Barbijo-Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio-Coronavirus-Covid-19). |
Complementa a Decreto 282/2020 | 28/04/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 340/2020, CON EXCEPCIÓN DEL ARTÍCULO 10, MANTENIENDO SU VIGENCIA). (RATIFICADO POR LEY 15174) Aprueba la Reglamentación para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados de las Medidas de “aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la Prohibición de Circular que establece el Decreto Nacional 297/2020, prorrogado por Decreto Nacional 408/2020. Los municipios que soliciten la excepción al cumplimiento, deberán realizar su petición al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. prorroga la vigencia del Decreto 203/2020. Prorroga, las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud de la Provincia, desde el 27 de abril y hasta el 10 de mayo de 2020. Sustituye Artículo 5 del Decreto 167/2020 (coronavirus-covid 19). |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 169/2020
Ninguna.Última actualizacion: 23/08/2021 13:08