Resolución 155/2020

del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros

Fecha de promulgación: 03/05/2020

Fecha de publicación: 04/05/2020

Número de Boletín Oficial: 28762

Tipo de publicación: Integra

Resumen

AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE SALADILLO, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, (SERVICIOS PROFESIONALES COMO ESTUDIOS JURÍDICOS, CONTABLES, ARQUITECTOS, AGRIMENSORES, INGENIEROS, -SERVICIOS PROFESIONALES COMO KINESIÓLOGOS, PSICÓLOGOS, PSICOPEDAGOGOS, NUTRICIONISTAS, PRODUCTORES DE SEGUROS, INMOBILIARIAS, MEDICINA PREPAGA Y AGENTES OFICIALES DE TELEFONÍA MÓVIL Y OTROS). - (EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19).

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 155/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementa a Decreto 282/2020 28/04/2020(DEROGADO POR DECRETO 340/2020, CON EXCEPCIÓN DEL ARTÍCULO 10, MANTENIENDO SU VIGENCIA). (RATIFICADO POR LEY 15174) Aprueba la Reglamentación para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados de las Medidas de “aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la Prohibición de Circular que establece el Decreto Nacional 297/2020, prorrogado por Decreto Nacional 408/2020. Los municipios que soliciten la excepción al cumplimiento, deberán realizar su petición al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. prorroga la vigencia del Decreto 203/2020. Prorroga, las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud de la Provincia, desde el 27 de abril y hasta el 10 de mayo de 2020. Sustituye Artículo 5 del Decreto 167/2020 (coronavirus-covid 19).
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 155/2020
Ninguna.

Última actualizacion: 04/05/2020 11:05