Resolución 205/2020

del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros

Fecha de promulgación: 09/05/2020

Fecha de publicación: 11/05/2020

Número de Boletín Oficial: 28767

Tipo de publicación: Integra

Resumen

Autorizar, en el Municipio de General Viamonte, el inicio del desarrollo de las actividades y servicios, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 282/2020. (Profesionales de ciencias económicas, ingeniería, arquitectura y diseño- Actividad notarial- Kinesiólogos y centros de rehabilitación- Fonoaudiólogos- Psicólogos, psicopedagogos y terapistas ocupacionales- Martilleros públicos, productores de salud y agrimensores- Artículos de decoración, bazar, artesanías, regalería - Compra-venta de automotores - Confecciones y talleres de costura- Electricidad e iluminación- Indumentaria deportiva- Alquiler de películas- Arenados- Bicicletería- Boutique- Centros de estética- Ciber- Computación- Cotillón- Diseño gráfico.- Florerías - Forrajerías- Fotografías- Herrerías- Imprentas- Joyerías- Jugueterías y anexos- Lencería- Librería- Mercerías- Mueblerías- Perfumerías- Pinturerías- Polirrubro - Relojería- Reparaciones de TV.- Reparación - Máquinas de jardín- Retacerías- Seguros- Taller de pintura- Tapizados- Tornería- Venta de alimentos para animales- Venta de motos- Venta de repuestos- Venta de lanas- Vidrierías- Vinoteca- Viveros - Zapaterías- Zinguerías- Peluqueros, manicuras, pedicuras y anexos a la estética- Venta de matafuegos). (Coronavirus- COVID-19- Pandemia- Emergencia Sanitaria)

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 205/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementa a Decreto 282/2020 28/04/2020 (DEROGADO POR DECRETO 340/2020, CON EXCEPCIÓN DEL ARTÍCULO 10, MANTENIENDO SU VIGENCIA). (RATIFICADO POR LEY 15174) APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS DE LAS MEDIDAS DE “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” Y DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR QUE ESTABLECE EL DECRETO NACIONAL 297/2020, PRORROGADO POR 408/2020. LOS MUNICIPIOS QUE SOLICITEN LA EXCEPCIÓN AL CUMPLIMIENTO, DEBERÁN REALIZAR SU PETICIÓN AL MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. PRORROGA LA VIGENCIA DEL DECRETO 203/2020. PRORROGA, LAS RECOMENDACIONES EFECTUADAS POR EL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA, DESDE EL 27 DE ABRIL Y HASTA EL 10 DE MAYO DE 2020. SUSTITUYE ARTÍCULO 5 DEL DECRETO 167/2020 (CORONAVIRUS-COVID 19).
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 205/2020
Ninguna.

Última actualizacion: 11/05/2020 20:05