Resolución 154/2020
del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de promulgación: 03/05/2020
Fecha de publicación: 04/05/2020
Número de Boletín Oficial: 28762
Tipo de publicación: Integra
Resumen
AUTORIZAR, EN EL MUNICIPIO DE SAN CAYETANO, EL INICIO DEL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 282/2020, (ALBAÑILES, GASISTAS, PLOMEROS, ELECTRICISTAS, TIENDAS DE ROPA, ZAPATERÍAS, ELECTRODOMÉSTICOS, MUEBLERÍAS, MERCERÍAS, PERFUMERÍAS, PINTURERÍAS, VENTA DE REPUESTOS, Y OTROS RUBROS SIMILARES, PELUQUERÍA, MANICURA, ESTÉTICA Y BARBERÍA, - INMOBILIARIAS, CONCESIONARIAS Y SEGUROS, TRABAJADORES DE CASAS DE FAMILIA, PROFESIONALES LIBERALES, Y - LAVADEROS DE ROPA Y AUTOS, GOMERÍAS, TALLERES MECÁNICOS Y METALÚRGICOS). (EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19).
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 154/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
---|---|---|
Complementa a Decreto 282/2020 | 28/04/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 340/2020, CON EXCEPCIÓN DEL ARTÍCULO 10, MANTENIENDO SU VIGENCIA). (RATIFICADO POR LEY 15174) Aprueba la Reglamentación para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados de las Medidas de “aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la Prohibición de Circular que establece el Decreto Nacional 297/2020, prorrogado por Decreto Nacional 408/2020. Los municipios que soliciten la excepción al cumplimiento, deberán realizar su petición al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. prorroga la vigencia del Decreto 203/2020. Prorroga, las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud de la Provincia, desde el 27 de abril y hasta el 10 de mayo de 2020. Sustituye Artículo 5 del Decreto 167/2020 (coronavirus-covid 19). |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 154/2020
Ninguna.Última actualizacion: 04/05/2020 11:05