Ley 11123

Fecha de promulgación: 26/08/1991

Fecha de publicación: 02/10/1991

Número de Boletín Oficial: 22036

Tipo de publicación: Integra

Resumen

NORMAS SOBRE HABILITACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DONDE SE FAENAN ANIMALES. CREA EL FONDO “LEY PROVINCIAL SANITARIA DE CARNES”. DEROGA EL DEC-LEY 9753/81.

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Ley 11123
NormaResumen
Resolución 69/2020

del Ministerio de Desarrollo Agrario

Aprobar el “PROTOCOLO PARA TRANSPORTE DE LA CADENA AGROALIMENTARIA Y OPERACIONES VINCULADAS A LA LOGÍSTICA DE CARGA, DESCARGA Y DISTRIBUCIÓN”. Establecer que el Protocolo es de aplicación complementaria y concurrente con la del “PROTOCOLO PARA TRANSPORTE DE CARGAS”, aprobado mediante el artículo 3° de la Resolución N° 30/2020 del Subsecretario de Transporte de la Provincia de Buenos Aires. (Procedimientos específicos-Higiene-Evitar contacto físico -Limpieza de Transportes)-Coronavirus (COVID-19)-Pandemia-
Resolución 39/2020

del Ministerio de Desarrollo Agrario

(Prorrogada por Resolución 75/2020). Prorroga las habilitaciones vigentes de los establecimientos donde se faenan animales, se elaboran y se depositan productos y subproductos de origen animal, hasta el 30 de abril de 2020. (Coronavirus -COVID-19 -Pandemia)
Resolución 247/2019

del Ministerio de Agroindustria

Crea Registro de Chacinados de la Provincia Buenos Aires (ReCBA) para la autorización e inscripción de elaboración, fraccionamiento, conservación, expenda y/o exponga los productos: Chacinados Embutidos Frescos, Secos y Cocidos, Chacinados No Embutidos Frescos y Cocidos, Salazones, Grasas, Sebos y Margarinas de Origen Animal producidos en establecimientos habilitados por el Ministerio de Agroindustria de la provincia de Bs. As.
Resolución 247/2019

del Ministerio de Agroindustria

CRéASE EL REGISTRO DE CHACINADOS DE LA PROVINCIA BS. AS.(RECBA) PARA LA AUTORIZACIóN E INSCRIPCIóN DE ELABORACIóN, FRACCIONAMIENTO, CONSERVACIóN, EXPENDA Y/O EXPONGA LOS PRODUCTOS:CHACINADOS EMBUTIDOS FRESCOS, SECOS Y COCIDOS, ORIGEN ANIMAL.
Disposición 3/2016

APROBAR EL MODELO DE CERTIFICADO SANITARIO PROVINCIAL. LA IMPRESIóN DEL CERTIFICADO SANITARIO PROVINCIAL ESTARá A CARGO DE LOS ESTABLECIMIENTOS REGULADOS POR LA LEY 11123.-
Resolución 43/2015

del Ministerio de Asuntos Agrarios

LOS TITULARES DE LA HABILITACIóN SANITARIA DE ESTABLECIMIENTOS FAENADORES DEBERáN PROCEDER AL CIERRE DEL DOCUMENTO DE TRáNSITO ELECTRóNICO (DT-E) EN ESTABLECIMIENTOS FRIGORíFICOS. (ESPECIES ANIMALES-SISTEMA INTEGRADO DE GESTIóN DE SANIDAD ANIMAL-SIGSA)
Decreto 478/2013

FIJAR LOS VALORES DE LAS TASAS RETRIBUTIVAS ESTABLECIDAS EN EL ART.12 DE LA LEY 11123, HABILITACIóN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DONDE SE FAENAN ANIMALES.(LEY PROVINCIAL SANITARIA DE CARNES)
Resolución 108/2011

del Ministerio de Asuntos Agrarios

APROBAR EL CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE EL MRIO. DE ASUNTOS AGRARIOS Y LA MUNICIPALIDAD DE AYACUCHO- (MEJORAS DE LAS CONDICIONES HIGIéNICO-SANITARIAS Y BROMATOLóGICAS DE LOS ESTABLECIMIENTO DE ELABORACIóN DE CHACINADOS)
Resolución 109/2011

del Ministerio de Asuntos Agrarios

APROBAR EL CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) Y EL MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS DE LA PROVINCIA - CONDICIONES HIGIéNICO- SANITARIAS Y BROMATOLóGICAS DE LOS ESTABLECIMIENTO DE ELABORACIóN DE CHACINADOS FRESCOS-
Resolución 231/2010

del Ministerio de Asuntos Agrarios

APRUEBA EL CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE LOBERÍA Y EL MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. HABILITACIóN DE ESTABLECIMIENTOS DE ELABORACIóN DE CHACINADOS -MANUFACTURA.-
Resolución 51/2010

del Ministerio de Asuntos Agrarios

APROBAR LA “GUíA DE TRáMITES” Y LOS “REQUISITOS DE HABILITACIóN EDILICIOS E HIGIéNICO SANITARIOS”, COMO NORMA ACLARATORIA Y COMPLEMENTARIA PARA LAS FáBRICAS DE CHACINADOS, REF: DEC. 2464/97, REGLAMENTARIO DE LA LEY DE CARNES 11123.
Disposición 775/2008

del Ministerio de Asuntos Agrarios y Producción

ESTABLECER HORARIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE INSPECCIÓN VETERINARIA LLEVADO A CABO POR LOS MÉDICOS VETERINARIOS. CREADO POR DEC. 1323/2004
Decreto 3725/2007

REF: REGISTRACION DE CONTRATOS DE MEDICOS VETERINARIOS CON EMPRESAS - SISTEMA DE PAGO DE HONORARIOS - MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS - REGISTRO PROVINCIAL DE MÉDICOS VETERINARIOS BONAERENSES - LEY 11123 - DEC. 1323/04.
Decreto 1323/2004

CRéASE, EN EL áMBITO DEL MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS, EL REGISTRO PROVINCIAL DE MéDICOS VETERINARIOS BONAERENSES.(INSCRIPCIóN-PROFESIONALES)
Disposición 134/2003

del Ministerio de Asuntos Agrarios

ESTABLECE HORARIO DE INICIO DE LA FAENA EN TODOS LOS MATADEROS-FRIGORíFICOS EN EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y QUE CUENTAN CON LA HABILITACIóN SANITARIA DE LA DCCIóN. PROVINCIAL DE GANADERIA Y MERCADOS
Decreto 737/1999

MODIFICA EL ANEXO II DEL DEC.3932/98 EN CUANTO A LOS VALORES DE LAS TASAS SANITARIAS A ABONAR POR SERVICIOS DE INSPECCIóN A ESTABLECIMIENTOS FAENADORES E INDUSTRALIZADORES DE PRODUCTOS CáRNICOS.(LEY PROVINCIAL SANITARIA DE CARNES)
Decreto 3932/1998

FíJANSE LOS VALORES PARA LAS TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS, ESTABLECIDAS EN EL ART.12 DE LA LEY 11123 Y LA LEY 11306, QUE REGIRáN A PARTIR DEL 1º DE ENERO DEL AñO 1998.(LEY PROVINCIAL SANITARIA DE CARNES)
Decreto 2464/1997

APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DE LOS CAPÍTULOS X, XII AL XVII Y XXI DE LA LEY PROVINCIAL DE CARNES 11123 CUYO TEXTO PASA A FORMAR PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE ACTO, QUEDANDO COMO ANEXO III DEL DECRETO 2683/93.
Decreto 900/1994

FIJA VALORES PARA LAS TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS ESTABLECIDAS EN EL ART. 12 DE LA LEY 11123 Y LEY 11306 QUE REGIRAN PARA EL AÑO 1994.(LEY PROVINCIAL SANITARIA DE CARNES -FONDO PROVINCIAL SANITARIO DE CARNES)
Decreto 2683/1993

APRUéBASE LA REGLAMENTACIóN DE LA LEY 11123 Y SU MODIFICATORIA, LEY 11306 (LEY PROVINCIAL SANITARIA DE CARNES).

Última actualizacion: 24/09/2019 13:09