Decreto 478/2013

Fecha de promulgación: 26/07/2013

Fecha de publicación: 16/09/2013

Número de Boletín Oficial: 27143

Tipo de publicación: Integra

Resumen

FIJAR LOS VALORES DE LAS TASAS RETRIBUTIVAS ESTABLECIDAS EN EL ART.12 DE LA LEY 11123, HABILITACIóN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DONDE SE FAENAN ANIMALES.(LEY PROVINCIAL SANITARIA DE CARNES)

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Decreto 478/2013
NormaResumen
Decreto 1022/2016

FIJA LOS VALORES DE LAS TASAS RETRIBUTIVAS DE LOS SERVICIOS QUE PREVé LA LEY PROVINCIAL 11123, SANITARIA DE CARNES.(AñO 2016-ADECUACIóN VALORES-SERVICIOS-MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA-DEVOLUCIóN SEGúN DEC.478/13)
Ley 11123

NORMAS SOBRE HABILITACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DONDE SE FAENAN ANIMALES. CREA EL FONDO “LEY PROVINCIAL SANITARIA DE CARNES”. DEROGA EL DEC-LEY 9753/81.

Última actualizacion: 23/11/2023 14:11