Decreto 3932/1998
Fecha de promulgación: 29/10/1998
Fecha de publicación: 16/12/1998
Número de Boletín Oficial: 23737
Tipo de publicación: Integra
Resumen
FíJANSE LOS VALORES PARA LAS TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS, ESTABLECIDAS EN EL ART.12 DE LA LEY 11123 Y LA LEY 11306, QUE REGIRáN A PARTIR DEL 1º DE ENERO DEL AñO 1998.(LEY PROVINCIAL SANITARIA DE CARNES)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Decreto 3932/1998
Norma | Resumen |
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Decreto 2654/2006 | MODIFICA EL ANEXO I DEL DECRETO 3932/98 Y EL ANEXO II DEL DECRETO 737/99. (TASAS RETRIBUTIVAS QUE PREVE LA LEY PROVINCIAL SANITARIA DE CARNES Nº11123) |
Decreto 737/1999 | MODIFICA EL ANEXO II DEL DEC.3932/98 EN CUANTO A LOS VALORES DE LAS TASAS SANITARIAS A ABONAR POR SERVICIOS DE INSPECCIóN A ESTABLECIMIENTOS FAENADORES E INDUSTRALIZADORES DE PRODUCTOS CáRNICOS.(LEY PROVINCIAL SANITARIA DE CARNES) |
Ley 11123 | NORMAS SOBRE HABILITACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DONDE SE FAENAN ANIMALES. CREA EL FONDO “LEY PROVINCIAL SANITARIA DE CARNES”. DEROGA EL DEC-LEY 9753/81. |
Última actualizacion: 24/09/2019 14:09