Decreto 132/2020
Fecha de promulgación: 12/03/2020
Fecha de publicación: 12/03/2020
Número de Boletín Oficial: 28726
Tipo de publicación: Integra
Resumen
(RATIFICADO POR LEY 15174) Declara el Estado de Emergencia Sanitaria en la Provincia, por el término de 180 días, a tenor de la enfermedad por el nuevo Coronavirus (Covid-19). Suspende la realización de todo evento cultural, artístico, recreativo, deportivo, social de participación masiva y las habilitaciones otorgadas por los Organismos Provinciales para la realización de los mismos. Invita a los Poderes Legislativo, Judicial y a los Municipios, a adherir a los términos del presente (Salud Pública-Control Sanitario-Recomendaciones-Prevención-Asistencia-Virus-Protocolos-Pandemia).
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Decreto 132/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementa a Resolución 393/2020 del Ministerio de Salud | 17/04/2020 | Establece la obligatoriedad de ejecución de los protocolos que la Autoridad Provincial Pública, actualiza periódicamente en función de las epidemias en curso de dengue, sarampión y coronavirus, para todos los establecimientos de salud públicos o privados que desarrollen sus actividades en el territorio de la provincia (Dirección de Epidemiología-Dirección Provincial de Planificación Operativa en Salud). (Ministerio de Salud). |
Complementa a Resolución 394/2020 del Ministerio de Salud | 11/03/2020 | RECOMIENDA LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS PREVENTIVAS A LOS EFECTOS DE EVITAR LA PROPAGACIÓN DEL VIRUS QUE CAUSA EL CORONAVIRUS (COVID-19). (UTILIZACIÓN DE BARBIJOS-INFECCIÓN RESPIRATORIA-HIGIENE-LAVADO DE MANOS-VENTILACIÓN DE AMBIENTES-LIMPIEZA). |
Normas que modifican y/o complementan a Decreto 132/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Complementada por Resolución 416/2020 del Ministerio de Salud | 13/03/2020 | A los fines de dar cumplimiento al Decreto N° 132-2020-GDEBA-GPBA, se entenderá como evento social de participación masiva a todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual en el cual se prevea una concentración mayor a 200 asistentes y que se lleve a cabo en establecimientos abiertos, cerrados o semicerrados en el ámbito de la provincia de Buenos Aires. Se entenderá también como evento social masivo a todo acto en donde, independientemente del número de asistentes, la relación entre individuos y superficie sea mayor a una persona por metro cuadrado. (Coronavirus (COVID-19)-Pandemia-. |
Complementada por Resolución 416/2020 del Ministerio de Salud | 13/03/2020 | A los fines de dar cumplimiento al Decreto N° 132-2020-GDEBA-GPBA, se entenderá como evento social de participación masiva a todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual en el cual se prevea una concentración mayor a 200 asistentes y que se lleve a cabo en establecimientos abiertos, cerrados o semicerrados en el ámbito de la provincia de Buenos Aires. Se entenderá también como evento social masivo a todo acto en donde, independientemente del número de asistentes, la relación entre individuos y superficie sea mayor a una persona por metro cuadrado. (Coronavirus (COVID-19)-Pandemia-. |
Complementada por Resolución 474/2020 del Ministerio de Salud | 27/03/2020 | Recomendar la adopción de medidas preventivas, en instituciones públicas o privadas que desarrollen sus actividades en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de evitar la propagación del virus que causa el COVID - 19- Coronavirus: (Higiene de manos- Adecuada higiene respiratoria- Desinfección de superficies y ventilación de ambientes- Uso de barbijos, sólo se indica para personas que presenten síntomas respiratorios y para el personal de salud -Desinfectar diariamente mostradores, barandas, picaportes, puertas) |
Prorrogada por Decreto 180/2020 | 27/03/2020 | (RATIFICADO POR LEY 15174) Prorroga el plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3 del Decreto 132/2020, desde el 28 de marzo hasta el 15 de abril de 2020. Ref: Suspensión de actividades sociales y comunitarias, en virtud de las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Salud de la Provincia (Emergencia Sanitaria-Coronavirus-Covid-19). |
Complementada por Resolución 90/2020 de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) | 01/04/2020 | Prorroga los términos y disposiciones de la Resolución Interna N° 84/2020, a partir del 1° de abril de 2020, inclusive, y mientras se encuentre vigente la suspensión establecida en el artículo 3° del Decreto N° 132/2020 y sus eventuales prórrogas. (servicios esenciales relacionados a: la emisión de impuestos; contrataciones; tareas de logística y servicios generales; soporte tecnológico y tareas de apoyo a las Subdirecciones Ejecutivas y a la Dirección Ejecutiva)-Coronavirus (COVID-19)-Pandemia |
Complementada por Decreto 203/2020 | 03/04/2020 | Suspende, el deber de asistencia al lugar de trabajo a todo el personal de la Administración Pública Provincial. Establece el "Trabajo Domiciliario" exceptuando al personal convocado para garantizar los servicios y actividades esenciales y/o no interrumpibles. Instituye guardias mínimas y rotativas presenciales, a los fines de garantizar el cumplimiento de las actividades propias de cada Repartición. Sustituye el Art. 5 del Decreto 167/2020 (Emergencia Sanitaria-Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio-Corona Virus-Covid 19). |
Complementada por Decreto 213/2020 | 06/04/2020 | Establece durante el plazo de vigencia de la Emergencia Sanitaria declarada en la Provincia, un régimen de compatibilidad para los jubilados alcanzados por el Art. 60 del Decreto-Ley 9650/1980, con percepción integra del haber jubilatorio en forma conjunta a los haberes mensuales por sus tareas en relación de dependencia exclusivamente, respecto de quienes acrediten su reingreso para el cumplimiento de tareas directa o indirectamente vinculadas al sistema de salud, cualquiera sea su modalidad de contratación laboral (Sistema de Salud - Régimen de Retiro Voluntario - Excepciones - Jubilación por Invalidez - Regímenes Diferenciales - Coronavirus - Covid 19 - Aislamiento Social Obligatorio) |
Prorrogada por Decreto 255/2020 | 17/04/2020 | (RATIFICADO POR LEY 15174) Prorroga la vigencia del Decreto 203/2020 y el plazo de suspensión dispuesto en el Artículo 3° del Decreto 132/2020, del 16 al 26 de abril de 2020. modifica el Artículo 3° del Decreto 203/2020. Establece a partir del 20 de abril de 2020 el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz y boca en determinadas situaciones y en otras recomienda su uso. Prohíbe la distribución de mascarillas médicas o quirúrgicas a personas que no pertenezcan al Sistema de Salud, o a personas jurídicas que no tengan por objeto la prestación de ese servicio o de su producción y/o comercialización (Excepciones-Sector Publico Provincial-Protocolos-Uso Obligatorio de Barbijo-Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio-Coronavirus-Covid-19). |
Complementada por Decreto 249/2020 | 17/04/2020 | (CONVALIDADO POR LEY 15225) Establece que la Cuenta General del Ejercicio 2019, deberá ser presentada dentro del plazo de 30 dias corridos, contados a partir del vencimiento de la suspensión dispuesta en el Decreto 132/2020 y sus eventuales prorrogas (Emergencia Sanitaria - Coronavirus - Covid 19) |
Complementada por Resolución 549/2020 del Ministerio de Salud | 17/04/2020 | Exceptua del deber de mantener aislamiento durante 14 dias desde su arribo de areas con transmision comunitaria, a aquellas personas que se trasladen por el territorio de la Provincia de Buenos Aires, por encontrarse comprendidos entre las excepciones previstas por Decreto Nacional N° 297/2020 y sus modificaciones.- Coronavirus COVID-19-Pandemia- (Ministerio de Salud) |
Complementada por Decreto 262/2020 | 19/04/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 340/2020) (RATIFICADO POR LEY 15174) Aprueba la Reglamentación para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados de las Medidas de “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la prohibición de circular establecidas en el Decreto 297/2020 e incorporadas en la Decisión Administrativa 524/2020 de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación. Establece la forma en que los Municipios deberán presentar su petición ante el Ministerio de Jefatura de Gabinete Provincial, tanto para la tramitación de las actividades y servicios exceptuados, como para requerir la inclusión de nuevas medidas (Requisitos-Protocolos-Procedimientos-Instrucciones-Limitaciones-Municipalidades-Excepciones-Flexibilidad-Emergencia Sanitaria-Coronavirus-Covid-19). |
Prorrogada por Decreto 340/2020 | 12/05/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 498/2020, MANTENIENDO LA VIGENCIA DEL ARTÍCULO 16). (RATIFICADO POR LEY 15174) Aprueba la Reglamentación para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados de las medidas de “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la Prohibición de Circular del Decreto Nacional 297/2020 y sus Normas Complementarias. Prorroga la vigencia del Decreto 203/2020 y el plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, desde el 10 hasta el 24 de mayo de 2020. Deroga los Decretos 262/2020 y 282/2020, a excepción del Art. 10 de éste último, manteniendo su vigencia las autorizaciones y suspensiones oportunamente dictadas (Transporte Público de Pasajeros-Excepciones-Municipios-AMBA-Protocolos-Salida De Esparcimiento-Covid 19-Coronavirus). |
Ratificada por Ley 15174 | 28/05/2020 | RATIFICA LOS DECRETOS 132/2020, 151/2020, 166/2020, 167/2020, 177/2020, 180/2020, 194/2020, 251/2020, 255/2020, 261/2020, 262/2020, 264/2020, 282/2020 Y 340/2020. MODIFICA LAS LEYES 13295 Y 10397 (PRÓRROGAS-SUSPENSIONES-DELEGACIÓN DE FUNCIONES-EMERGENCIA SANITARIA-CORONAVIRUS-COVID 19). |
Prorrogada por Decreto 433/2020 | 30/05/2020 | Prorroga la vigencia del plazo de suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 25 de mayo y hasta el 7 de junio de 2020 (Emergencia Sanitaria-Coronavirus-Covid 19). |
Modificada por Decreto 434/2020 | 05/06/2020 | (CONVALIDADO POR LEY 15225) Crea el "Programa de Atencion de Emergencias en Zonas con Alta Circulacion de Covid 19", que tendra por objeto la asistencia especifica e integral a zonas con alta circulacion de coronavirus y agravamiento de la situacion epidemiologica y sanitaria. Crea el "Fondo Especial Municipal para la atencion de emergencias en zonas con alta circulacion de Covid 19", con el objetivo de contribuir financieramente a los municipios en gastos especificos como el abastecimiento de alimentos, articulos de limpieza e higiene, garrafas y medicamentos, en las zonas incorporadas al programa mencionado. Modifica el Articulo 2 del Decreto 132/2020. (Delimitar Areas Geograficas - Municipalidades - Vigencia - Protocolos - Subsidios - Becas - Fondos Rotatorios). |
Prorrogada por Decreto 498/2020 | 11/06/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 583/2020) Aprueba la Reglamentación para la Implementación de la Medida de "Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados del "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus Normas Complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 520/2020. prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Articulo 3° del Decreto 132/2020 y del Decreto 203/2020, del 8 al 28 de junio de 2020. Deroga el Decreto 340/2020 manteniendo la vigencia del Articulo 16 y las autorizaciones y suspensiones oportunamente dictadas (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Administración Publica Provincial-Salud Publica-Coronavirus-Covid 19). |
Complementada por Resolución 477/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros | 26/06/2020 | (DEROGADA POR RESOLUCIÓN 731/2020) Declarar incluidos en el “Programa de Atención de Emergencias en Zonas con Alta Circulación de COVID-19", en virtud del informe elevado por el Ministerio de Salud, a los municipios que se encontraren comprendidos en las fases 1, 2 o 3 del sistema aprobado por la Resolución N° 260/2020 de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, de acuerdo a las actualizaciones que regularmente realice este Ministerio en virtud del artículo 6° de dicha norma. Establecer que, los municipios se encontrarán incluidos en el Programa siempre que se encuentren en las fases 1, 2 o 3 y mientras dure la emergencia sanitaria declarada por el Decreto N° 132/2020.-Coronavirus-COVID-19- Pandemia- |
Prorrogada por Decreto 583/2020 | 01/07/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 604/2020) Aprueba la reglamentación para la implementación de la Medida de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y de la Prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus Normas Complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 576/2020. prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3 del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 29 de junio y hasta el 17 de julio de 2020. Deroga el Decreto 498/2020, manteniendo su vigencia el Artículo 16 y las autorizaciones y suspensiones oportunamente dictadas por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Coronavirus-Covid 19). |
Prorrogada por Decreto 604/2020 | 20/07/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 689/2020) Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de "Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados del "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y de la Prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 605/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y del Decreto 203/2020 desde el 18 de julio y hasta el 2 de agosto de 2020. Deroga el Decreto 583/2020, manteniendo su vigencia el Artículo 10 del Decreto 282/2020 (Municipalidades - Protocolos - Requisitos - Habilitaciones - Excepciones). |
Complementada por Decreto 613/2020 | 22/07/2020 | Crea el Programa de Preservación del Trabajo en la Provincia de Buenos Aires "Preservar Trabajo", el cual tendrá por objeto contribuir al sostenimiento de las fuentes y puestos de trabajo en sectores de la Actividad Económica particularmente afectados por la Pandemia declarada por el Coronavirus (Covid-19). Designa al Ministerio de Trabajo como Autoridad de Aplicación del programa mencionado (Implementación - Destinatarios - Alcance- Beneficios - Incompatibilidad - Obligaciones - Responsabilidad Social). |
Complementada por Decreto 614/2020 | 22/07/2020 | (CONVALIDADO POR LEY 15225) Prorroga la vigencia del Decreto 177/2020 hasta el dia 30 de agosto de 2020, Ref: Sistema de Monitoreo de Abastecimiento y Precios de Productos Esenciales por la Emergencia Sanitaria (SIMAP). |
Prorrogada por Decreto 689/2020 | 06/08/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 701/2020) Aprueba la Reglamentación para la Implementación de la Medida de "distanciamiento social, Preventivo y Obligatorio" y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y de la prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 641/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, del 3 al 16 de agosto de 2020. Deroga el Decreto 604/2020, manteniendo su vigencia el Artículo 10 del Decreto 282/2020 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones). |
Prorrogada por Decreto 701/2020 | 18/08/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 771/2020) Aprueba la Reglamentación para la Implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 677/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 del 17 al 30 de agosto de 2020. Deroga el Decreto 689/2020, manteniendo su vigencia el Artículo 10 del Decreto 282/2020 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Covid 19-Coronavirus). |
Prorrogada por Decreto 771/2020 | 04/09/2020 | Prorroga, por el término de 180 días a partir de su vencimiento, el estado de Emergencia Sanitaria declarado en el ámbito de la Provincia, por el Decreto 132/2020. Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus Normas Complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 714/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 31 de agosto y hasta el 20 de septiembre de 2020. Faculta al Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros a dictar las reglamentaciones necesarias para la práctica de competencias automovilísticas. Deroga el Decreto 701/2020, manteniendo su vigencia el Artículo 10 del Decreto 282/2020 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Covid 19-Coronavirus). |
Prorrogada por Decreto 774/2020 | 23/09/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 884/2020) Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de "Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus Normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 754/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 21 de septiembre al 11 de octubre de 2020. Deroga el Artículo 4 del Decreto 771/2020 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Coronavirus-Covid 19). |
Prorrogada por Decreto 884/2020 | 15/10/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 944/2020) Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 792/2020. prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 12 y hasta el 25 de octubre de 2020. Deroga el Decreto 774/2020 (Coronavirus-Covid 19). |
Prorrogada por Decreto 944/2020 | 29/10/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 976/2020) APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MEDIDA DE “DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” Y PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS DEL “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” Y DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR DISPUESTA POR EL DECRETO NACIONAL 297/2020 Y SUS NORMAS COMPLEMENTARIAS, DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO NACIONAL 814/2020. PRORROGA LA VIGENCIA DEL PLAZO DE LA SUSPENSIÓN DISPUESTA POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 132/2020 Y LA VIGENCIA DEL DECRETO 203/2020 DESDE EL 26 DE OCTUBRE Y HASTA EL 8 DE NOVIEMBRE DE 2020. DEROGA EL DECRETO 884/2020 (COVID 19 – CORONAVIRUS). |
Prorrogada por Decreto 976/2020 | 09/11/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 1103/2020) APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MEDIDA DE DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS DEL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR, DISPUESTA POR EL DECRETO NACIONAL 297/2020, DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO NACIONAL 875/20. PRORROGA LA VIGENCIA DEL DECRETO 203/20 Y DEL PLAZO DE LA SUSPENSIÓN DEL ART. 3° DECRETO 132/2020, DESDE EL 9 Y HASTA EL 29 DE NOVIEMBRE DE 2020. DEROGA EL DECRETO 944/20 (DISPO-ASPO-SALUD PÚBLICA-APERTURAS-CONTROL SANITARIO-RECOMENDACIONES-PREVENCIÓN-PROTOCOLOS-CORONAVIRUS-COVID 19). |
Prorrogada por Decreto 1103/2020 | 04/12/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 1231/2020) APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MEDIDA DE DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS DEL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR, DISPUESTA POR EL DECRETO NACIONAL 297/20, DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO NACIONAL 956/20. PRORROGA LA VIGENCIA DEL DECRETO 203/20 Y DEL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 132/20 DESDE EL 30 DE NOVIEMBRE Y HASTA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2020. DEROGA EL DECRETO 976/2020 (DISPO-ASPO-SALUD PÚBLICA-APERTURAS-CONTROL SANITARIO-RECOMENDACIONES-PREVENCIÓN-PROTOCOLOS-COVID 19). |
Prorrogada por Decreto 1231/2020 | 29/12/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 40/2021) Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020, de conformidad con el Decreto Nacional 1033/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 21 de diciembre de 2020 y hasta el 31 de enero de 2021. Deroga el Decreto 1103/2020 (Dispo-Aspo-Salud Pública-Aperturas-Control Sanitario-Recomendaciones-Prevención-Protocolos-Covid 19). |
Complementada por Decreto 1252/2020 | 31/12/2020 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Dispone, en el marco del estado de Emergencia Sanitaria declarada por Decreto N° 132/2020, ratificado por Ley 15174, sus Prórrogas y Normas complementarias, la implementación de medidas excepcionales relativas a la Tributación Provincial. (Pandemia- Covid-19) |
Prorrogada por Decreto 40/2021 | 04/02/2021 | (DEROGADO POR DECRETO 106/2021) Aprueba la Reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el Desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, y de la Prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 67/2021. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 del 1º al 28 de febrero de 2021. Deroga el Decreto 1231/2020 (Dispo-ASPO-Municipios-Recomendaciones-Protocolos-Excepciones-Covid 19). |
Prorrogada por Decreto 106/2021 | 06/03/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga, por el término de 180 días a partir de su vencimiento, el Estado de Emergencia Sanitaria declarado en el ámbito de la Provincia, a tenor de la enfermedad por el nuevo Coronavirus y aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, y de la Prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 125/2021. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 1° y hasta el 12 de marzo de 2021. Deroga el Decreto 40/21 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-habilitaciones-Excepciones-Covid 19). |
Prorrogada por Decreto 128/2021 | 18/03/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) (DEROGADO POR DECRETO 178/2021) Prorroga, hasta el 9 de abril de 2021, la vigencia de la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 13 de marzo y hasta el 9 de abril de 2021 (Emergencia Sanitaria-Coronavirus-Covid 19). |
Prorrogada por Decreto 178/2021 | 09/04/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) (DEROGADO POR DECRETO 270/2021) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 9 y hasta el 30 de abril de 2021. Delega facultades para la implementación de medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención. Deroga el Decreto 128/2021 (Decreto Nacional 235/2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Dirección General de Cultura y Educación-Políticas Sanitarias-Clases Presenciales-Condiciones Epidemiológicas-Horarios-Restricciones-Circulación-Autorizaciones-Excepciones-Actividades-Acompañamiento de Pacientes-Sanciones-Protocolos-Emergencia Sanitaria-Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio-Coronavirus-Covid 19). |
Complementada por Resolución 25/2021 de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos | 22/04/2021 | Recomendar a las jurisdicciones municipales la adopción de medidas tendientes a desalentar el uso del trasporte público convencional, suspender el cobro de estacionamiento medido, habilitar el estacionamiento en lugares habitualmente prohibidos para ello en días hábiles (medios alternativos y ecológicos de transporte-Emergencia Sanitaria- COVID 19). |
Prorrogada por Decreto 270/2021 | 03/05/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 1º de mayo y hasta el 21 de mayo de 2021. delega facultades para la implementación de medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención, de conformidad con el Decreto Nacional 287/2021. sustituye el Artículo 3° del Decreto 203/2020. deroga los Decretos 178/2021 y 181/2021, a excepción del Artículo 3° de este último (Jefatura de Gabinete de Ministros-Dirección General de Cultura y Educación-Clases presenciales-Condiciones epidemiológicas-Protocolos de acompañamiento de Pacientes-Autorizaciones-Excepciones-Actividades-Vacunación-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |
Prorrogada por Decreto 307/2021 | 23/05/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, la vigencia del Decreto 203/2020 y la vigencia de la delegación de facultades establecidas en el Decreto 270/2021 desde el 22 de mayo y hasta el 11 de junio de 2021 (Decretos Nacionales 287 y 334 de 2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Dirección General de Cultura y Educación- Medidas temporarias, focalizadas y de alcance local-Prevención-Contagios-Alarma epidemiológica-Emergencia sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |
Prorrogada por Decreto 361/2021 | 13/06/2021 | (Convalidado por Ley 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, la vigencia del Decreto 203/2020 y la vigencia de la delegación de facultades establecidas en el Decreto 270/2021 desde el 12 y hasta el 25 de junio de 2021 (Decretos Nacionales 287, 334 y 381 de 2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-medidas temporarias, focalizadas y de alcance local-Prevención-contagios-Alarma Epidemiológica-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |
Prorrogada por Decreto 403/2021 | 28/06/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, la vigencia del Decreto 203/2020 y la vigencia de la delegación de facultades establecidas en el Decreto 270/2021 desde el 26 de junio y hasta el 9 de julio de 2021 (Decretos Nacionales 287, 334, 381 y 411 de 2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Medidas temporarias, focalizadas y de alcance local-Prevención-Contagios-Alarma Epidemiológica-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |
Prorrogada por Decreto 476/2021 | 12/07/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, la vigencia del Decreto 203/2020 y la vigencia de la delegación de facultades establecidas en el Decreto 270/2021 desde el 10 de julio y hasta el 6 de agosto de 2021 (Decretos Nacionales 287, 334, 381, 411 y 455 de 2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Medidas temporarias, focalizadas y de alcance local-Prevención-Contagios-Alarma epidemiológica-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |
Prorrogada por Decreto 583/2021 | 10/08/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 7 de agosto y hasta el 1° de octubre de 2021 (Decreto Nacional 494/2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Ministro de Salud-Directora General de Cultura y Educación-Salud Pública-Facultades-Protocolos-Restricciones-Medidas Temporarias, Focalizadas y de Alcance Local-Sanciones-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |
Prorrogada por Decreto 733/2021 | 17/09/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga, por el término de 180 días a partir de su vencimiento, el estado de Emergencia Sanitaria declarado por el Decreto N° 132/2020, en el Ámbito de la Provincia de Buenos Aires, a tenor de la enfermedad por el Nuevo Coronavirus. |
Prorrogada por Decreto 383/2022 | 02/05/2022 | Prorroga la Emergencia Sanitaria declarada por Decreto 132/20 hasta el 31 de diciembre de 2022 (Ref. Covid-19 - Coronavirus - Pandemia). |
Última actualizacion: 04/07/2024 12:07