Decreto 1252/2020

Fecha de promulgación: 30/12/2020

Fecha de publicación: 31/12/2020

Número de Boletín Oficial: 28925

Tipo de publicación: Integra

Resumen

(CONVALIDADO POR LEY 15310) DISPONE, EN EL MARCO DEL ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA DECLARADA POR DECRETO N° 132/2020, RATIFICADO POR LEY 15174, SUS PRÓRROGAS Y NORMAS COMPLEMENTARIAS, LA IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS EXCEPCIONALES RELATIVAS A LA TRIBUTACIÓN PROVINCIAL. (PANDEMIA- COVID-19)

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Sin observaciones.
Anexos
NombreDescripción
ANEXO ÚNICODescripción NAIIB 2018file_downloadDescargar anexo
Normas modificadas y/o complementadas por Decreto 1252/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementa a Decreto 132/2020 12/03/2020(RATIFICADO POR LEY 15174) Declara el Estado de Emergencia Sanitaria en la Provincia, por el término de 180 días, a tenor de la enfermedad por el nuevo Coronavirus (Covid-19). Suspende la realización de todo evento cultural, artístico, recreativo, deportivo, social de participación masiva y las habilitaciones otorgadas por los Organismos Provinciales para la realización de los mismos. Invita a los Poderes Legislativo, Judicial y a los Municipios, a adherir a los términos del presente (Salud Pública-Control Sanitario-Recomendaciones-Prevención-Asistencia-Virus-Protocolos-Pandemia).
Normas que modifican y/o complementan a Decreto 1252/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementada por Resolución 1/2021 de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)19/01/2021(Resolución Normativa) Implementa el beneficio de exención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos dispuesto por el artículo 3° del Decreto N° 1252/2020. (medidas excepcionales - tributación provincial - contribuyentes - Sistema de Recaudación - beneficios - ARBA).

Última actualizacion: 03/01/2022 10:01