Ley 15310

Fecha de promulgación: 29/12/2021

Fecha de publicación: 31/12/2021

Número de Boletín Oficial: 29171

Tipo de publicación: Integra

Resumen

LEY DE PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO 2022.

Observaciones

DECRETO DE PROMULGACION 1350/2021

Anexos
NombreDescripción
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Normas modificadas y/o complementadas por Ley 15310
Ninguna.
Normas que modifican y/o complementan a Ley 15310
NormaFecha de publicaciónResumen
Promulgada por Decreto 1350/2021 31/12/2021DECRETO DE PROMULGACIÓN DE LA LEY Nº 15.310.
Complementada por Decreto 2/2022 10/01/2022Delega en el Ministro Secretario del Departamento de Hacienda y Finanzas las facultades conferidas por los artículos 16, 17, 18, 23, 24, 25, 66, 82 y 83 de la Ley Nº 15310, y en el Ministro Secretario del Departamento De Infraestructura y Servicios Públicos las facultades conferidas por el artículo 17 de dicha Ley, en los términos de su Artículo 21. autoriza a los funcionarios mencionados en el Artículo 19 de la Ley Nº 15310 a efectuar las modificaciones y reestructuraciones previstas en el mismo (ref. Presupuesto General Ejercicio 2022).
Complementada por Decreto 23/2022 20/01/2022Rectifica el anexo único del Decreto 1350/21 (Ref. Presupuesto General de la Administración Pública de la Provincia para el Ejercicio Fiscal 2022).
Complementada por Decreto 50/2022 24/01/2022Establece el Marco Normativo General que será de aplicación a la Programación Presupuestaria para el ejercicio 2022 (Ref. Asignación de Recursos - Erogaciones).
Reglamentada por Decreto 293/2022 11/04/2022Reglamenta el Artículo 53 de la Ley Nº 15310 (Ref. Fondo de Infraestuctura Municipal).
Modificada por Ley 15323 02/05/2022MODIFICA LOS ARTÍCULOS 81 Y 82 DE LA LEY 14393; 2, 5, 8, 10 Y 15 DE LA LEY 12511; 63 Y 68 DE LA LEY 15310 - FONDO FIDUCIARIO - PROGRAMA DE MEJORA - PROMEI - PLAN DE INFRAESTRUCTURA PROVINCIAL- DESENDEUDADAS. PROGRAMA PARA EL DESENDEUDAMIENTO DE MUJERES.
Complementada por Decreto 432/2022 11/05/2022Determina el aporte del fondo compensador creado por el Artículo 72 de la Ley 15310 y establece que el Ministerio de Hacienda y Finanzas será el encargado de su implementación (Ref. Asistencia a las Asociaciones Civiles por consumo energético abonado y no abonado desde la entrada en vigencia del DNU 355/2020).
Complementada por Decreto 2370/2022 11/01/2023DETERMINA LA INTEGRACIÓN DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESENDEUDAMIENTO DE MUJERES Y ESTABLECE SUS LINEAMIENTOS.

Última actualizacion: 29/12/2022 15:12