Ley 12587
Fecha de promulgación: 03/01/2001
Fecha de publicación: 08/01/2001
Número de Boletín Oficial: 24206
Tipo de publicación: Integra
Resumen
SUSPENDE POR EL TÉRMINO DE 180 DÍAS LA APLICACIÓN DE TODOS LOS SISTEMAS DE DETECCIÓN Y COMPROBACIÓN; AUTOMATIZADA O SEMIAUTOMATIZADA DE INFRACCIONES DE TRÁNSITO POR EXCESO DE VELOCIDAD; EXCLUYE RADAR MANUAL. DEROGA LEY 12410.
Observaciones
Sin observaciones.Documentos
Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Ley 12587
Norma | Resumen |
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Ley 12410 | (DEROGADA POR LEY 12587) PRORROGASE POR 180 DíAS, LA SUSPENSIóN PREVISTA POR LA LEY 12316 RESPECTO DE LA APLICACIóN LOS SISTEMAS DE COMPROBACIóN DE VELOCIDAD VEHICULAR QUE SE EFECTúA POR RADARES FOTOGRáFICOS DENTRO DE LA PROVINCIA. |
Ley 12087 | SUSPENDIENDO POR 180 DÍAS LA APLICACIÓN DE TODOS LOS SISTEMAS DE COMPROBACIÓN DE VELOCIDAD VEHICULAR QUE SE EFECTUA POR RADARES FOTOGRÁFICOS DENTRO DE LA JURISDICCIÓN PROVINCIAL.(MULTAS) |
Ley 11430 | (VER LEY 13927, NUEVO CODIGO DE TRANSITO) CÓDIGO DE TRÁNSITO. |
Última actualizacion: 24/09/2019 13:09