Ley 3318
Fecha de promulgación: 23/01/1911
Fecha de publicación:
Número de Boletín Oficial:
Tipo de publicación: Integra
Resumen
(DEROGADA POR LEY 5425) MONTEPIO CIVIL, JUBILACIONES Y PENSIONES.
Observaciones
Sin observaciones.Documentos
Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Ley 3318
Norma | Resumen |
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Ley 5425 | (DEROGADA POR LEY 8587) INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. |
Ley 5260 | MODIFICATORIA DEL ART. 54 DE LA LEY 3318 DE JUBILACIONES Y PENSIONES. |
Ley 5174 | (DEROGADA POR LEY 5425) INCLUYENDO EN LOS BENEFICIOS DEL MONTEPÍO CIVIL A LOS COBRADORES DE OBRAS SANITARIAS, LOS QUE SE HALLARÁN SUJETOS AL RÉGIMEN DE LAS LEYES 3318, 4040 Y 4656. |
Ley 5188 | REGIMEN DE LA LEY DE MONTEPIO CIVIL. SE DECLARA COMPRENDIDO A TODO EMPLEADO QUE HUBIERE PERTENECIDO AL PERSONAL DEL MONTE DE PIEDAD (LEY 2621). |
Ley 5038 | DEROGA ART. 11 DE LA LEY 4559 (REGISTRO DE MONTEPIO CIVIL). |
Decreto 9704/1944 | (RATIFICADO POR LEY 5107) SUSPENDE LA APLICACIóN DEL ART. 41 DE LA LEY 3318 RELATIVO A PENSIONES A LOS PADRES Y VIUDAS DE EX SERVIDORES DEL ESTADO. |
Ley 4991 | ESTABLECIENDO EL PRESUPUESTO GENERAL Y CALCULO DE RECURSOS DE LA PROVINCIA PARA EL EJERCICIO 1942. DECLARA INCLUIDOS EN LAS EXCEPCIONES DEL ARTICULO 13 INCISO 5 DE LA LEY 3318 -MONTEPIO CIVIL- AL SECRETARIO DE LA GOBERNACION, SECRETARIO DEL GOBERNADOR Y SECRETARIOS DE LOS MINISTERIOS. DEROGA LA LEY 4551 -CREACION DEL INSTITUTO DE LA VIVIENDA OBRERA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES-. FACULTA A LA DIRECCION GENERAL DE ESCUELAS A DISTRIBUIR CARGOS DOCENTES. MODIFICA ARTICULOS 2, 3, 4 Y 39 DE LA LEY 4675 -ESCALAFON Y ESTABILIDAD DEL MAGISTERIO-. INCORPORA ARTICULO A LA LEY 4117 -AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A ACOGERSE A LOS BENEFICIOS DE LA LEY NACIONAL DE VIALIDAD 11658-. ESTABLECE NORMAS SOBRE EL PRODUCIDO Y PERSONAL DEL FERROCARRIL PROVINCIAL. DEROGA LA LEY 4708 -MODIFICATORIA DEL ARTICULO 40 DE LA LEY 4418 -INSTITUTO AUTARQUICO DE LA COLONIZACION-, DANDO NUEVA REDACCION AL ARTICULO 40. ESTABLECE INVERSION PARA OBRAS PUBLICAS. |
Ley 4717 | (DEROGADA POR LA LEY 5675) JUBILACION DE GOBERNADORES Y VICEGOBERNADORES. |
Ley 4656 | (DEROGADA POR LEY 5425)MODIFICACIONES A LAS LEYES 3318 Y 4040 DE MONTEPIO CIVIL. |
Ley 4559 | (DEROGADA POR LEY 5425) CREANDO EL REGISTRO DEL MONTEPIO CIVIL. |
Ley 4569 | (DEROGADA POR LEY 5425) CREANDO UNA COMISION AUXILIAR DE MONTEPIO CIVIL. |
Ley 4537 | AUTORIZANDO LA JUBILACION DE EMPLEADOS CESANTES, Y DEVOLVER A LOS JUBILADOS Y PENSIONISTAS LA DIFERENCIA ENTRE LOS DESCUENTOS QUE SE HICIERON EN 1936 CON RELACION A LA ESCALA DE 1934.AMPLIA AUTORIZACION CONTENIDA EN EL ARTICULO 8 DE LA LEY 4523. |
Ley 4040 | (DEROGADA POR LEY 5425) REFORMAS A LEY 3318, DE MONTEPIO CIVIL. DEROGA LA LEY 3785. |
Ley 3785 | (DEROGADA POR LEY 4040) JUBILACION OBLIGATORIA DE ACUERDO A LA LEY 3318, DE MONTEPIO CIVIL. |
Ley 3702 | JUBILACIONES Y PENSIONES FERROVIARIAS. ACOGIMIENTO A LA LEY NACIONAL 10650. |
Ley 3670 | DECLARA COMPRENDIDOS EN EL ART. 18 DE LA LEY 3318 -MONTEPIO CIVIL- A LOS EMPLEADOS DE LOS HOSPITALES DE CONTAGIOSOS DE SAN NICOLAS Y SAN JUAN DE DIOS. |
Ley 3603 | ESTABLECE QUE LA CAJA POPULAR DE AHORROS ENTREGARA AL PODER EJECUTIVO, UNA SUMA DE DINERO, DESTINADA A CUBRIR EL DEFICIT QUE ARROJA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DEL MONTEPIO CIVIL. |
Ley 3542 | DEVOLUCION DE DESCUENTOS EFECTUADOS POR EL MONTEPIO CIVIL, LEY 3318, A LOS EXCLUIDOS DE SUS BENEFICIOS POR LA LEY 3395. |
Ley 3483 | DEBERES Y FACULTADES DE LOS SECRETARIOS SUMARIANTES DE LOS JUZGADOS DEL CRIMEN. |
Ley 3420 | SUELDOS DE JEFES Y GASTOS DEL REGISTRO CIVIL Y BENEFICIOS DE LA LEY DE MONTEPIO CIVIL (3318) PARA LOS MISMOS. DEROGA ART.4 DE LA LEY 3404, PRESUPUESTO PARA 1912.(JUBILACION-EMPLEADOS) |
Ley 3305 | DISPONE QUE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS QUE SE HUBIEREN ACOGIDO A LOS BENEFICIOS DEL ART. 34 LEY 2909 -MONTEPIO CIVIL- Y QUE VOLVIERAN A FORMAR PARTE DE LA ADMINISTRACION SUFRIRAN DESCUENTO. MONTEPIO CIVIL. |
Ley 3395 | MODIFICACIONES A LA LEY 3318, SOBRE MONTEPIO CIVIL. (LEY 3318 DEROGADA POR LEY 5425) |
Ley 3016 | JUBILACION DE EMPLEADOS DEL BANCO DE LA PROVINCIA, CESANTES A RAIZ DE LA REORGANIZACION DEL MISMO POR LEY 2980. |
Ley 3017 | RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS DE LOS EMPLEADOS DEL BANCO DE LA PROVINCIA A LOS EFECTOS DE LA LEY 2909 DEL MONTEPIO CIVIL. |
Ley 2909 | LEY ORGANICA DEL MONTEPIO CIVIL. |
Ley 2963 | AMPLIACIóN DE LA EMISIóN AUTORIZADA POR LEY 2911, SOBRE CANCELACIóN DE JUBILACIONES Y PENSIONES.(MONTEPíO) |
Última actualizacion: 24/09/2019 14:09