Decreto 1798/2002
Fecha de promulgación: 02/08/2002
Fecha de publicación: 26/08/2002
Número de Boletín Oficial: 24545
Tipo de publicación: Integra
Resumen
(LEY 13003 RATIFICA EL PRESENTE DEC.)PRORROGASE POR 180 DIAS A PARTIR DE SU VENCIMIENTO, LA VIGENCIA DEL REGIMEN ESTABLECIDO POR DEC. 3862/00, PRORROGADO POR 1928/01 Y 229/02. (CANCELACION DE DEUDAS)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Decreto 1798/2002
Norma | Resumen |
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Ley 13003 | LEY IMPOSITIVA, EJERCICIO FISCAL 2003. |
Decreto 229/2002 | PRORROGASE POR 180 DIAS A PARTIR DE SU VENCIMIENTO LA VIGENCIA DEL REGIMEN ESTABLECIDO POR DEC. 3862/00 QUE FUERA PRORROGADO POR SU SIMILAR 1928/01(REF.CANCELACION DE DEUDAS) |
Decreto 1928/2001 | (LEY 12837 RATIFICA EL PRESENTE DEC.)PRORROGASE POR 180 DIAS A PARTIR DE SU VENCIMIENTO LA VIGENCIA DEL REGIMEN ESTABLECIDO POR EL DEC.3862/00.(CANCELACION DE DEUDAS CON INMUEBLES) |
Ley 12576 | LEY IMPOSITIVA 2001.(MODIFICA LEY 12397,10707,10295,10397,12443,10149,11560,11518,11808).(MODIFICADA POR LEY 12727 Y 13003)RATIFICA EL DEC.3862/00. |
Decreto 3862/2000 | DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA AUTORIZASE A LOS ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIóN PúBLICA A ACEPTAR LA CANCELACIóN DE DEUDAS, MEDIANTE LA DACIóN EN PAGO O ENTREGA DE BIENES PARA AQUELLAS PERSONAS QUE SE ENCUENTREN EN SITUACIóN ECONóMICA DEFICIENTE.(DEUDAS |
Última actualizacion: 24/09/2019 14:09