Decreto 3862/2000

Fecha de promulgación: 04/12/2000

Fecha de publicación:

Número de Boletín Oficial: 24208

Tipo de publicación: Integra

Resumen

DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA AUTORIZASE A LOS ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIóN PúBLICA A ACEPTAR LA CANCELACIóN DE DEUDAS, MEDIANTE LA DACIóN EN PAGO O ENTREGA DE BIENES PARA AQUELLAS PERSONAS QUE SE ENCUENTREN EN SITUACIóN ECONóMICA DEFICIENTE.(DEUDAS

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Decreto 3862/2000
NormaResumen
Decreto 1798/2002

(LEY 13003 RATIFICA EL PRESENTE DEC.)PRORROGASE POR 180 DIAS A PARTIR DE SU VENCIMIENTO, LA VIGENCIA DEL REGIMEN ESTABLECIDO POR DEC. 3862/00, PRORROGADO POR 1928/01 Y 229/02. (CANCELACION DE DEUDAS)
Decreto 229/2002

PRORROGASE POR 180 DIAS A PARTIR DE SU VENCIMIENTO LA VIGENCIA DEL REGIMEN ESTABLECIDO POR DEC. 3862/00 QUE FUERA PRORROGADO POR SU SIMILAR 1928/01(REF.CANCELACION DE DEUDAS)
Decreto 1928/2001

(LEY 12837 RATIFICA EL PRESENTE DEC.)PRORROGASE POR 180 DIAS A PARTIR DE SU VENCIMIENTO LA VIGENCIA DEL REGIMEN ESTABLECIDO POR EL DEC.3862/00.(CANCELACION DE DEUDAS CON INMUEBLES)
Ley 12576

LEY IMPOSITIVA 2001.(MODIFICA LEY 12397,10707,10295,10397,12443,10149,11560,11518,11808).(MODIFICADA POR LEY 12727 Y 13003)RATIFICA EL DEC.3862/00.

Última actualizacion: 24/09/2019 14:09