Resolución 28/2020

de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos

Fecha de promulgación: 12/04/2020

Fecha de publicación: 14/04/2020

Número de Boletín Oficial: 28749

Tipo de publicación: Integra

Resumen

SUSTITUIR EL ARTÍCULO 3 DE LA RESOLUCIÓN 22/2020 DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE, (MODIFICADO POR LA RESOLUCIÓN 23/2020), ESTABLECE A PARTIR DE LA CERO HORA DEL DÍA 13 DE ABRIL DE 2020, QUE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO AUTOMOTOR URBANO SE CUMPLIRÁN CON SUS FRECUENCIAS Y PROGRAMACIONES NORMALES Y HABITUALES, CORRESPONDIENTES A LA HORA “VALLE” DEL DÍA DE LA SEMANA DE QUE SE TRATE. ESTA MEDIDA QUEDARÁ AUTOMÁTICAMENTE PRORROGADA, EN CASO DE QUE SE DISPUSIERA LA CONTINUIDAD DEL “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO”. INVITAR A LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES A ADHERIR A LOS TÉRMINOS DE LA PRESENTE. (CORONAVIRUS- COVID 19).

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 28/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementa a Resolución 22/2020 de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos21/03/2020Prorrogar hasta la hora veinticuatro (24) del día 31 de marzo de 2020, las Resoluciones 20/20, y 21/20 de la Subsecretaría de Transporte, referentes a suspensión total de los servicios de transporte automotor interurbano, servicio especializado y frecuencia horario para el transporte público fluvial, respectivamente. (medidas de prevención – covid 19 - pandemia).
Complementa a Resolución 23/2020 de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos27/03/2020Sustituir el artículo 1° de la Resolución N° 19-2020-GDEBA. Sustituir los artículos 1°, 2°, 3° 4° de la Resolución N° 22-2020 GDEBA. (restricción de circulación para vehículos de transporte de cargas mayores a siete (7) toneladas de porte bruto-prorrogar hasta la hora veinticuatro (24) del día 31 de marzo de 2020, la suspensión total de los servicios de transporte automotor interurbano- servicios especializados de transporte- residentes que ingresan de otro país- traslados a aeropuertos-puertos- terminales de ómnibus- Declaración Jurada. Coronavirus (COVID-19)-Pandemia-.
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 28/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementada por Resolución 37/2020 de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos19/05/2020SUSTITUYE ARTÍCULO 3 DE LA RESOLUCIÓN 22/2020 DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE, (MODIFICADO POR LAS RESOLUCIONES 23 Y 28/2020) QUE ESTABLECE A PARTIR DE LA CERO (0:00) HORA DEL DÍA MARTES 19 DE MAYO DE 2020, QUE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO AUTOMOTOR URBANO SE CUMPLIRÁN CON SUS FRECUENCIAS Y PROGRAMACIONES NORMALES Y HABITUALES. .INVITA A LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES A ADHERIRSE- EMERGENCIA SANITARIA- COVID 19.

Última actualizacion: 14/04/2020 19:04