Resolución 71/2008
de la Agencia de Recaudación
Fecha de promulgación: 01/07/2008
Fecha de publicación: 22/07/2008
Número de Boletín Oficial: 25945
Tipo de publicación: Integra
Resumen
CONDICIONES ESPECIALES Y BENEFICIOS ADICIONALES QUE RESULTARÁN APLICABLES CON RELACIÓN A QUIENES, ENTRE EL 1 Y EL 31/7/08, REALICEN SU ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN DE LA RES. N 11/08, PARA LA REGULARIZACIÓN DE LAS DEUDAS- PROCESO DE EJECUCIÓN JUDICIAL-
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Resolución 71/2008
Norma | Resumen |
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Resolución 80/2008 de la Agencia de Recaudación | EXTENDER, HASTA EL 22/8/08, LA VIGENCIA DE LAS RES. N° 71/08, 72/08 Y 73/08,REF: REGULARIZACIÓN DE DEUDAS EN INSTANCIA DE COBRO PREJUDICIAL PROVENIENTES DE LOS IMPUESTOS INMOBILIARIO, A LOS AUTOMOTORES, SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS Y DE SELLOS.- |
Disposición 11/2008 de la Agencia de Recaudación | ESTABLECER QUE LA TASA DE INTERÉS APLICABLE A LAS CUOTAS RESPECTIVAS CORRESPONDIENTES A LOS CONTRATOS A QUE SE REFIERE EL ART. 281 DEL CÓDIGO FISCAL TO 2004 PARA EL MES DE JULIO DE 2008 SERÁ CERO CON OCHENTA Y DOS POR CIENTO (0,82%). |
Última actualizacion: 24/09/2019 14:09