Disposición 11/2008
de la Agencia de Recaudación
Fecha de promulgación: 01/07/2008
Fecha de publicación: 16/07/2008
Número de Boletín Oficial:
Tipo de publicación: Integra
Resumen
ESTABLECER QUE LA TASA DE INTERÉS APLICABLE A LAS CUOTAS RESPECTIVAS CORRESPONDIENTES A LOS CONTRATOS A QUE SE REFIERE EL ART. 281 DEL CÓDIGO FISCAL TO 2004 PARA EL MES DE JULIO DE 2008 SERÁ CERO CON OCHENTA Y DOS POR CIENTO (0,82%).
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Disposición 11/2008
Norma | Resumen |
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Resolución 30/2009 de la Agencia de Recaudación | CONDICIONES ESPECIALES Y BENEFICIOS ADICIONALES QUE RESULTARáN APLICABLES CON RELACIóN A QUIENES, ENTRE EL 1/5/ Y EL 31/5/09, REALICEN SU ACOGIMIENTO AL RéGIMEN PREVISTO EN LA RES. N° 11/08 Y MODS., PARA LA REGULARIZACIóN DE LAS DEUDAS. |
Resolución 4/2009 de la Agencia de Recaudación | ACOGIMIENTO AL RéGIMEN PREVISTO EN LA RES. N. Nº 11/08, PARA LA REGULARIZACIóN DE LAS DEUDAS QUE NO SE ENCUENTREN EN PROCESO DE EJECUCIóN JUDICIAL, PROVENIENTES DE LOS IMPUESTOS INMOBILIARIO, A LOS AUTOMOTORES, SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS Y DE SELLOS. |
Resolución 71/2008 de la Agencia de Recaudación | CONDICIONES ESPECIALES Y BENEFICIOS ADICIONALES QUE RESULTARÁN APLICABLES CON RELACIÓN A QUIENES, ENTRE EL 1 Y EL 31/7/08, REALICEN SU ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN DE LA RES. N 11/08, PARA LA REGULARIZACIÓN DE LAS DEUDAS- PROCESO DE EJECUCIÓN JUDICIAL- |
Resolución 69/2008 de la Agencia de Recaudación | EXTENDER, HASTA EL 31/12/08, LA VIGENCIA DE LAS RES. NORMATIVAS Nº 11/08, 12/08, 13/08 Y 14/08.REF: RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS QUE SE ENCUENTREN EN INSTANCIA DE COBRO PREJUDICIAL, DESTINADO A LOS CONTRIBUYENTES DE IMPUESTOS INMOBILIARIO Y OTROS |
Última actualizacion: 24/09/2019 14:09