Ley 15197
Fecha de promulgación: 30/10/2020
Fecha de publicación: 30/10/2020
Número de Boletín Oficial: 28885
Tipo de publicación: Integra
Resumen
ESTABLECE QUE LOS USUARIOS DE LAS CATEGORÍAS TARIFARIAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA, DE BAJA Y MEDIA TENSIÓN, QUE HAYAN SUFRIDO A PARTIR DEL 20 DE MARZO DE 2020 LA REDUCCIÓN DEL CINCUENTA POR CIENTO O MÁS EN SU DEMANDA DE POTENCIA, SE ENCUENTRAN FACULTADOS PARA SUSPENDER EL PAGO O REALIZAR PAGOS PARCIALES (ASPO- OCEBA- SUMINISTRO ELÉCTRICO-BENEFICIO).
Observaciones
Sin observaciones.Documentos
Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Ley 15197
Ninguna.Normas que modifican y/o complementan a Ley 15197
Ninguna.Última actualizacion: 01/10/2021 14:10