Ley 14897

Fecha de promulgación: 23/01/2017

Fecha de publicación: 01/02/2017

Número de Boletín Oficial: 27962

Tipo de publicación: Integra

Resumen

ESTABLECE MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA LAS UNIDADES DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS DE JURISDICCIÓN PROVINCIAL Y MUNICIPAL. (CÁMARAS DE SEGURIDAD EN EL INTERIOR DE CADA VEHÍCULO-VIDEOCáMARAS-INFRACCIONES)

Observaciones

DECRETO DE PROMULGACIÓN 52/2017.

Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Ley 14897
NormaResumen
Resolución 1885/2023

del Ministerio de Seguridad

Aprueba el “Protocolo de Actuación en el marco de la Ley N° 14.897” (Establece medidas de seguridad mediante el almacenamiento de videos en un dispositivo instalado a bordo de las unidades de transporte colectivo de pasajeros)
Resolución 1578/2018

del Ministerio de Seguridad

(RES.10/19 MODIFICA PARCIALMENTE ANEXO) APROBAR LAS CONDICIONES TéCNICAS MíNIMAS QUE DEBERá REUNIR EL EQUIPAMIENTO A INSTALARSE EN LAS UNIDADES DE TRANSPORTE PúBLICO DE PASAJEROS, LEY N° 14.897.(CáMARAS FIJAS, SISTEMA DE VIDEO MóVIL,BOTóN ANTIPáNICO).
Decreto 342/2018

APRUEBA LA REGLAMENTACIóN DE LA LEY 14897 SOBRE MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA LOS TRANSPORTES COLECTIVO DE PASAJEROS DE JURISDICCIÓN PROVINCIAL Y MUNICIPAL. (CÁMARAS DE SEGURIDAD EN EL INTERIOR DE CADA VEHÍCULO-VIDEOCáMARAS-INFRACCIONES)

Última actualizacion: 27/10/2021 18:10