Ley 14897
Fecha de promulgación: 23/01/2017
Fecha de publicación: 01/02/2017
Número de Boletín Oficial: 27962
Tipo de publicación: Integra
Resumen
ESTABLECE MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA LAS UNIDADES DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS DE JURISDICCIÓN PROVINCIAL Y MUNICIPAL. (CÁMARAS DE SEGURIDAD EN EL INTERIOR DE CADA VEHÍCULO-VIDEOCáMARAS-INFRACCIONES)
Observaciones
DECRETO DE PROMULGACIÓN 52/2017.
Documentos
Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Ley 14897
Norma | Resumen |
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Resolución 1885/2023 del Ministerio de Seguridad | Aprueba el “Protocolo de Actuación en el marco de la Ley N° 14.897” (Establece medidas de seguridad mediante el almacenamiento de videos en un dispositivo instalado a bordo de las unidades de transporte colectivo de pasajeros) |
Resolución 1578/2018 del Ministerio de Seguridad | (RES.10/19 MODIFICA PARCIALMENTE ANEXO) APROBAR LAS CONDICIONES TéCNICAS MíNIMAS QUE DEBERá REUNIR EL EQUIPAMIENTO A INSTALARSE EN LAS UNIDADES DE TRANSPORTE PúBLICO DE PASAJEROS, LEY N° 14.897.(CáMARAS FIJAS, SISTEMA DE VIDEO MóVIL,BOTóN ANTIPáNICO). |
Decreto 342/2018 | APRUEBA LA REGLAMENTACIóN DE LA LEY 14897 SOBRE MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA LOS TRANSPORTES COLECTIVO DE PASAJEROS DE JURISDICCIÓN PROVINCIAL Y MUNICIPAL. (CÁMARAS DE SEGURIDAD EN EL INTERIOR DE CADA VEHÍCULO-VIDEOCáMARAS-INFRACCIONES) |
Última actualizacion: 27/10/2021 18:10