Ley 14783

Fecha de promulgación: 19/10/2015

Fecha de publicación: 21/12/2015

Número de Boletín Oficial: 27685

Tipo de publicación: Integra

Resumen

ESTABLECE PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA OBLIGATORIEDAD DE OCUPAR EN UNA PROPORCIÓN NO INFERIOR AL 1% DE SU PERSONAL A PERSONAS TRAVESTIS, TRANSEXUALES Y TRANSGÉNERO.(RESERVAS DE PUESTOS DE TRABAJO-DISCRIMINACIÓN-EMPLEO-LEY 26743-IDENTIDAD DE GÉNERO-CUPO)

Observaciones

DECRETO DE PROMULGACIÓN 1322/2015.

Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Ley 14783
NormaResumen
Resolución conjunta 1/2020

del Ministerio de Trabajo y Ministerio de Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual

(Firma Conjunta) Crea una Comisión Técnica Mixta, que tendrá a su cargo intervenir en el procedimiento para cubrir vacantes bajo la Ley 14783 y monitorear el cumplimiento del cupo laboral del uno por ciento (1%) de la totalidad del personal del sector público de la Provincia de Buenos Aires, por personas travestis, transexuales y transgénero. (Ministerio de Trabajo y Ministerio de Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual).
Decreto 1473/2019

APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY 14783, OBLIGATORIEDAD EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE OCUPAR PERSONAS TRAVESTIS, TRANSEXUALES Y TRANSGÉNERO (AUTORIDAD DE APLICACIÓN-SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS -MINISTERIO DE TRABAJO-IDENTIDAD DE GÉNERO).

Última actualizacion: 27/10/2021 18:10