Ley 13081

Fecha de promulgación: 18/07/2003

Fecha de publicación: 23/07/2003

Número de Boletín Oficial: 24750

Tipo de publicación: Integra

Resumen

REGULA LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON COMERCIOS VINCULADOS CON AUTOMOTORES Y EMBARCACIONES COMO DESARMADEROS, TALLERES MECANICOS, CHAPISTAS, GOMERIAS,ETC. AUTORIDAD DE APLICACION: MRIO.DE SEGURIDAD.COMERCIALIZACION-REPUESTOS USADOS.

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Ley 13081
NormaResumen
Decreto 1381/2003

LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS EN LOS TERMINOS DE LA LEY 13081 DEBERAN PRESENTAR COPIA CERTIFICADA DE HABILITACION PARA INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO DE CONTROL DE COMERCIOS VINCULADOS AUTOMOTORES.
Decreto 1154/2003

DECRETO DE PROMULGACIÓN DE LA LEY 13081.
Decreto 1115/2003

DISPONE EN LA PROV.EL CIERRE Y CLAUSURA DE COMERCIOS Y/O LOCALES ENCUADRADOS EN EL ART.1° DEL DEC.294/03 (DESARMADEROS) CREA REGISTRO DE CONTROL DE COMERCIOS VINCULADOS AUTOMOTORES.(DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA)
Decreto 294/2003

REGULA LAS ACTIVIDADES DE CONTRALOR DE TALLERES MECANICOS Y COMERCIOS AUTOMOTORES QUE FUNCIONEN EN LA PROV. ASENTAMIENTO DE UN LIBRO ESPECIAL. CHAPISTAS-DESARMADEROS-ALARMAS-GOMERIAS-DEROGA EL DEC.10763/61 Y SUS MODIF.10951/68 Y 391/78.

Última actualizacion: 05/03/2020 11:03