Ley 11109

Fecha de promulgación: 18/07/1991

Fecha de publicación: 05/09/1991

Número de Boletín Oficial: 22017

Tipo de publicación: Integra

Resumen

ESTABLÉCESE QUE TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS PÚBLICOS, PROVINCIALES Y MUNICIPALES, SERÁN PRESTADORES DE LA OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (IOMA).

Observaciones

Decreto de Promulgación: 2209/1991

Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Ley 11109
NormaResumen
Decreto 1251/2007

APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY 11109. REF:ESTABLECIENDO QUE TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS PÚBLICOS SON PRESTADORES DEL INSTITUTO OBRA MÉDICO ASISTENCIAL (I.O.M.A.)
Decreto 3280/1990

APRUEBA EL REGLAMENTO DE ESTABLECIMIENTOS ASISTENCIALES Y DE RECREACION,LEY 7314.(VER RES.4839/97,9311/93,4157/91)(GERIáTRICOS-HABILITACIóN-CLíNICAS-HOGAR DE DíA-CENTROS-SALA DE PRIMEROS AUXILIOS-AMBULANCIAS-CLASIFICACIóN-AMBULATORIOS-MONO/POLIVALENTES)

Última actualizacion: 07/11/2019 16:11