Ley 10257

Fecha de promulgación: 28/12/1984

Fecha de publicación: 10/01/1985

Número de Boletín Oficial: 20424

Tipo de publicación: Integra

Resumen

RESTABLECE OBLIGATORIEDAD DE EFECTUAR LOS APORTES PREVISTOS EN LA LEY 5678 Y DEC-LEY 9650/80. DEROGA EL DEC-LEY 9845/82. (PREVISION SOCIAL)

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Ley 10257
NormaResumen
Decreto-ley 9650/1980

RÉGIMEN PREVISIONAL DE LA PROVINCIA. (JUBILACIONES - AGENTES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA) MODIF.8587. DEROGA LEYES 8886, 8978, 9259, 9340, 9494.

Última actualizacion: 06/11/2019 12:11