Decreto 458/2010
Fecha de promulgación: 10/05/2010
Fecha de publicación: 26/11/2010
Número de Boletín Oficial: 26485
Tipo de publicación: Extractada
Resumen
DEJA ESTABLECIDO QUE LOS FUNCIONARIOS QUE TENDRÁN A SU CARGO LA RUBRICACIÓN DEL REGISTRO DE LEYES, SERÁN EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO, EL SUBSECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO O EL DIRECTOR DE REGISTRO OFICIAL, INDISTINTAMENTE. DEROGAR EL DECRETO 3081/89.
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Decreto 458/2010
Norma | Resumen |
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Decreto 1523/2014 | MODIFICA EL ART.1 DEL DEC.458/10. (FUNCIONARIOS-RUBRICACIóN DEL REGISTRO DE LEYES-SECRETARIO LEGAL Y TéCNICO-DIRECTOR DE REGISTROOFICIAL) |
Decreto 218/2010 | CREA LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA, BAJO LA DEPENDENCIA DIRECTA DEL PODER EJECUTIVO Y APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICO-FUNCIONAL DE LA MISMA. |
Decreto 3081/1989 | (DEROGADO POR DEC.458/10) MODIFICA EL ART. 1 DEL DECRETO 4270/87. (FUNCIONARIO A CARGO DE LA RUBRICA DEL REGISTRO DE LEYES) |
Última actualizacion: 12/03/2024 10:03