Decreto 458/2010

Fecha de promulgación: 10/05/2010

Fecha de publicación: 26/11/2010

Número de Boletín Oficial: 26485

Tipo de publicación: Extractada

Resumen

DEJA ESTABLECIDO QUE LOS FUNCIONARIOS QUE TENDRÁN A SU CARGO LA RUBRICACIÓN DEL REGISTRO DE LEYES, SERÁN EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO, EL SUBSECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO O EL DIRECTOR DE REGISTRO OFICIAL, INDISTINTAMENTE. DEROGAR EL DECRETO 3081/89.

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Decreto 458/2010
NormaResumen
Decreto 1523/2014

MODIFICA EL ART.1 DEL DEC.458/10. (FUNCIONARIOS-RUBRICACIóN DEL REGISTRO DE LEYES-SECRETARIO LEGAL Y TéCNICO-DIRECTOR DE REGISTROOFICIAL)
Decreto 218/2010

CREA LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA, BAJO LA DEPENDENCIA DIRECTA DEL PODER EJECUTIVO Y APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICO-FUNCIONAL DE LA MISMA.
Decreto 3081/1989

(DEROGADO POR DEC.458/10) MODIFICA EL ART. 1 DEL DECRETO 4270/87. (FUNCIONARIO A CARGO DE LA RUBRICA DEL REGISTRO DE LEYES)

Última actualizacion: 12/03/2024 10:03