Decreto 3081/1989
Fecha de promulgación: 14/07/1989
Fecha de publicación:
Número de Boletín Oficial:
Tipo de publicación: Integra
Resumen
(DEROGADO POR DEC.458/10) MODIFICA EL ART. 1 DEL DECRETO 4270/87. (FUNCIONARIO A CARGO DE LA RUBRICA DEL REGISTRO DE LEYES)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Decreto 3081/1989
Norma | Resumen |
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Decreto 458/2010 | DEJA ESTABLECIDO QUE LOS FUNCIONARIOS QUE TENDRÁN A SU CARGO LA RUBRICACIÓN DEL REGISTRO DE LEYES, SERÁN EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO, EL SUBSECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO O EL DIRECTOR DE REGISTRO OFICIAL, INDISTINTAMENTE. DEROGAR EL DECRETO 3081/89. |
Decreto 4270/1987 | ESTABLECE QUE EL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS LEGISLATIVOS DE LA GOBERNACIóN TENDRá A SU CARGO LA RUBRICACIóN DEL REGISTRO DE LEYES. |
Última actualizacion: 20/01/2020 12:01