Decreto 3081/1989

Fecha de promulgación: 14/07/1989

Fecha de publicación:

Número de Boletín Oficial:

Tipo de publicación: Integra

Resumen

(DEROGADO POR DEC.458/10) MODIFICA EL ART. 1 DEL DECRETO 4270/87. (FUNCIONARIO A CARGO DE LA RUBRICA DEL REGISTRO DE LEYES)

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Decreto 3081/1989
NormaResumen
Decreto 458/2010

DEJA ESTABLECIDO QUE LOS FUNCIONARIOS QUE TENDRÁN A SU CARGO LA RUBRICACIÓN DEL REGISTRO DE LEYES, SERÁN EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO, EL SUBSECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO O EL DIRECTOR DE REGISTRO OFICIAL, INDISTINTAMENTE. DEROGAR EL DECRETO 3081/89.
Decreto 4270/1987

ESTABLECE QUE EL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS LEGISLATIVOS DE LA GOBERNACIóN TENDRá A SU CARGO LA RUBRICACIóN DEL REGISTRO DE LEYES.

Última actualizacion: 20/01/2020 12:01