Decreto 3127/2007

Fecha de promulgación: 02/11/2007

Fecha de publicación: 15/11/2007

Número de Boletín Oficial: 25782

Tipo de publicación: Extractada

Resumen

ESTABLECE SIN PERJUICIO DE LO DISPUESTO POR EL DEC. 1164/07, EL REGIMEN HORARIO DE 40 HS.SEMANALES DE LABOR PARA EL PERSONAL DEL AGRUPAMIENTO SERVICIOS - PORTEROS DE ESCUELA. SUPRIME BONIFICACIóN DISPUESTA POR DEC.6631/85.

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Decreto 3127/2007
NormaResumen
Decreto 1164/2007

ESTABLECE QUE LA DCCIÓN. GRAL. DE CULTURA Y EDUCACIÓN ASIGNARÁ EL RÉGIMEN DE CUARENTA Y OCHO HORAS SEMANALES DE LABOR, AL PERSONAL DEL AGRUPAMIENTO SERVICIOS - PORTEROS DE ESCUELAS. (ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES)
Decreto 6631/1985

ESTABLECE UNA BONIFICACION SOBRE EL SUELDO BÁSICO, PARA LOS PORTEROS QUE SE DESEMPEÑAN EN ESCUE­LAS DE DOBLE ESCOLARIDAD.

Última actualizacion: 24/09/2019 14:09