Decreto 2854/2005
Fecha de promulgación: 28/11/2005
Fecha de publicación: 26/12/2005
Número de Boletín Oficial: 25318
Tipo de publicación: Integra
Resumen
DESIGNASE AL INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERIA Y CASINOS DE LA PROVINCIA COMO AUTORIDAD DE APLICACION DE LA LEY 13253. (ACTIVIDAD HIPICA - CRIA DE CABALLOS DE CARRERA - COMPETENCIAS)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Decreto 2854/2005
Norma | Resumen |
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Resolución 593/2011 del Instituto Provincial de Lotería y Casinos | DETERMINAR QUE LAS AGENCIAS HíPICAS Y/O PERMISOS PRECARIOS, PARA PROCEDER AL PAGO DE APUESTAS GANADORAS ORIGINADAS EN CARRERAS DESARROLLADAS EN EL áMBITO DEL CIRCO HíPICO PLATENSE, DEBERáN REQUERIR AL APOSTADOR EL BOLETO O TICKET GANADOR. - IPLYC - |
Ley 13253 | DECLáRASE LA CRíA DE CABALLOS SANGRE PURA DE CARRERA, SU ENTRENAMIENTO Y LAS COMPETENCIAS HíPICAS OFICIALES OBJETO ESPECIAL DE INTERéS PROVINCIAL. DEROGA ARTS.DE LA LEY 10305 Y 11931.(HIPODROMOS OFICIALES-APUESTAS-PREMIOS-AGENCIAS-COMISIóN DE CONTROL) |
Última actualizacion: 24/09/2019 14:09