Decreto 951/2004
Fecha de promulgación: 19/05/2004
Fecha de publicación: 13/10/2004
Número de Boletín Oficial: 25022
Tipo de publicación: Integra
Resumen
REFERENTE LEY 12872 - REGIMEN JUBILATORIO ESPECIAL PARA EL PERSONAL QUE REALIZA TAREAS AERONAUTICAS. DEROGA ART.2 DEL DEC. 430/81. (AERONAVEGACION OFICIAL-PILOTOS-AUXILIARES AERONáUTICOS-RéGIMEN PREVISIONAL)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Decreto 951/2004
Norma | Resumen |
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Ley 12872 | ESTABLECE NUEVO REGIMEN PARA EL PERSONAL DE LA ACTIVIDAD AERONAUTICA. DERECHO A JUBILACION ORDINARIA.DEROGA LOS ARTS.DEL DEC.430/81 QUE REGULAN EL OBJETO DE LA PRESENTE LEY.(AERONAVES-JUBILACIóN PILOTOS-AUXILIARES-AERONáUTICOS-RéGIMEN PREVISIONAL) |
Decreto 430/1981 | REF:JUBILACION ORDINARIA - ART.23 DE LA LEY 9650 - TAREAS INSALUBRES - AGOTAMIENTO PREMATURO - TAREAS DE AERONAVEGACION - PILOTO -PERSONAL ARTISTICO - BAILE - CORO - ORQUESTA) |
Última actualizacion: 24/09/2019 14:09