Decreto 369/1991
Fecha de promulgación: 22/02/1991
Fecha de publicación: 27/02/1991
Número de Boletín Oficial: 21895
Tipo de publicación: Integra
Resumen
(DE NECESIDAD Y URGENCIA)(CONVALIDADO POR LEY 11184)PONE EN EJERCICIO EL PODER DE POLICÍA DEL ESTADO FRENTE A LA EMERGENCIA ECONóMICA FINANCIERA.(PASIVIDAD ANTICIPADA-RETIRO VOLUNTARIO)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Decreto 369/1991
Norma | Resumen |
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Decreto 3087/2004 | (DEROGADO POR LEY 13453) REGULARIZACION DE LA NEGOCIACION COLECTIVA EN EL EMPLEO PUBLICO Y LA ACTUAL LEY DE MINISTERIOS 13175.DEROGA EL DEC. 1198/91. |
Decreto 1074/1992 | HACESE EXTENSIVO A LA ADMINISTRACION DE PUNTA MOGOTES EL REGIMEN DE PASIVIDAD ANTICIPADA PREVISTO POR EL CAPITULO II DEL DECRETO ACUERDO 369/91. |
Ley 11198 | LEY IMPOSITIVA AÑO 1991. RATIFÍCA LOS ARTÍCULOS 41 Y 42 DEL DECRETO 369/91. |
Decreto 3941/1991 | MODIFICA EL ART. 46 DEL DECRETO 369/91, REF: EMERGENCIA ADMINISTRATIVA. |
Decreto 3051/1991 | LA SOLICITUD DE ACOGIMIENTO A1 RéGIMEN DE RETIRO VOLUNTARIO INSTITUIDO POR EL DEC.369/91 SERá REMITIDA POR LA OFICINA SECTORIAL DE PERSONAL RESPECTIVA, CON INFORME DE LA SITUACIóN LABORAL DEL AGENTE. PAGO DE LA INDEMNIZACIóN. |
Decreto 2473/1991 | EMERGENCIA ADMINISTRATIVA. PRORROGA POR 180 DIAS LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTICULOS 18, 26, 43 Y 50 DEL DECRETO 369/91. |
Decreto 1306/1991 | EMERGENCIA ADMINISTRATIVA – REGÍMENES DE PASIVIDAD ANTICIPADA Y RETIRO VOLUNTARIO – NORMAS COMPLEMENTARIAS DEL DEC. 369/91. (INDEMNIZACION - LIQUIDACION - SALARIO) |
Decreto 1198/1991 | (DEROGADO POR DEC. 3087/04) REGLAMENTA LAS NEGOCIACIONES COLECTIVAS QUE SE ESTABLECEN ENTRE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL Y LOS EMPLEADOS CONFORME DEC. 369/91 ART.38.(ASOCIACIONES SINDICALES-ACUERDOS-LEY 20744-AFILIADOS-RELACIONES LABORALES) |
Ley 10867 | DECLARANDO EN ESTADO DE EMERGENCIA ADMINISTRATIVA, ECONÓMICA Y FINANCIERA A LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA PROVINCIAL. AUTORIZA A RECONVENIR CONTRATOS Y DECLARAR RESCISIONES UNILATERALES, COMPENSAR CRÉDITOS Y DEUDAS. SUSPENDE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS QUE CONDENEN AL PAGO POR PARTE DEL ESTADO. DECLARA ADHERIDA A LA PROVINCIA A LOS TÉRMINOS DE LA LEY NACIONAL 23696 -EMERGENCIA ADMINISTRATIVA Y REFORMA DEL ESTADO- CON RESPECTO A ENTIDADES EN LAS QUE PARTICIPA Y A LOS PROGRAMAS DE PRIVATIZACIONES O CONCESIONES PREVISTOS EN RELACIÓN A LOS ENTES DE COORDINACIÓN ECOLÓGICA ÁREA METROPOLITANA SOCIEDAD DEL ESTADO Y CASA DE PIEDRA. AUTORIZA EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE CANCELACIÓN DE DEUDAS. ESTABLECE RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DEL INSTITUTO DE OBRA MEDICO ASISTENCIAL Y DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL. CREA FONDO ESPECIAL DE OBRAS MUNICIPALES. |
Última actualizacion: 24/09/2019 14:09