Decreto 5509/1988
Fecha de promulgación: 21/10/1988
Fecha de publicación: 03/11/1988
Número de Boletín Oficial: 21356
Tipo de publicación: Integra
Resumen
PRORRóGASE LA SUSPENSIóN DE LA VIGENCIA DEL INC.2) DEL ART.22 E INC.A) DEL ART.27 DEL DEC.1675/80, REGLAMENTARIO DEL DEC-LEY 9550, DISPUESTA MEDIANTE DEC.854/87. (ORGáNICA DEL PERSONAL DE LA POLICíA-DEC-LEY 9550 DEROGADO POR DEC.1766/05)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Decreto 5509/1988
Norma | Resumen |
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Decreto 854/1987 | SUSPéNDESE A PARTIR DEL 05-1- Y HASTA EL 31-7-1987 LA VIGENVIA DEL INCISO 2) DEL ARTíCULO 22 DEL DECRETO Nº 1675/80 Y AUTORíZASE A LA JEFATURA DE POLICíA A INCORPORAR EN DICHA FECHAS A CIUDADANOS QUE TENGAN NO MENOS DE 19 AñOS, NI MáS DE 32 AñOS DE EDAD |
Decreto 1675/1980 | (DEROGADO POR DECRETO 1766/05) REGLAMENTARIO DEL DEC-LEY 9550, PERSONAL DE POLICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. |
Última actualizacion: 24/09/2019 14:09