Decreto 835/1986

Fecha de promulgación: 14/02/1986

Fecha de publicación: 26/03/1986

Número de Boletín Oficial: 20719

Tipo de publicación: Extractada

Resumen

DECLáRASE LA INSALUBRIDAD DE­ LAS TAREAS DESEMPEñADAS POR EL PERSONAL QUE ATIENDE LOS ­SERVICIOS DE ATENCIóN DEL QUEMADO DE LOS HOSPITALES INTERZONALES GRALES. DE AGUDOS “GRAL.SAN MARTíN” Y ESPECIALIZADO EN PEDIATRíA “SUPERIORA SOR MARíA LUDOVICA”(NIñOS)

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Decreto 835/1986
NormaResumen
Decreto 1360/2001

INCLUYE EN EL MRIO.DE SALUD, EN LOS ALCANCES DEL ART.1 DEL DEC.835/86, AL PERSONAL QUE REVISTA EN LAS SALAS 26 Y 27 Y EN EL CONSULTORIO DEL QUEMADO DEL HOSPITAL INTERZONAL DE AGUDOS SUPERIORA SOR MARIA LUDOVICA.TAREAS INSALUBRES.
Decreto 4724/1995

INCORPORA A PERSONAL QUE SE DESEMPEÑAN EN LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN DEL QUEMADO DEL HOSPITAL INTERZONAL GENERAL DE AGUDOS “GRAL.SAN MARTÍN” Y DEL HOSPITAL "SOR MARIA LUDOVICA" DE LA PLATA AL REGIMEN DE INSALUBRIDAD, DISPUESTO POR DEC.835/86. (PREVISIONAL)
Decreto 1351/1971

AGENTES QUE SE DESEMPEÑAN EN TAREAS INSALUBRES, INFECTOCONTAGIOSAS O ATENCIÓN DE ENFERMOS MENTALES. REMUNERACION- BONIFICACION.

Última actualizacion: 24/09/2019 14:09