Decreto 835/1986
Fecha de promulgación: 14/02/1986
Fecha de publicación: 26/03/1986
Número de Boletín Oficial: 20719
Tipo de publicación: Extractada
Resumen
DECLáRASE LA INSALUBRIDAD DE LAS TAREAS DESEMPEñADAS POR EL PERSONAL QUE ATIENDE LOS SERVICIOS DE ATENCIóN DEL QUEMADO DE LOS HOSPITALES INTERZONALES GRALES. DE AGUDOS “GRAL.SAN MARTíN” Y ESPECIALIZADO EN PEDIATRíA “SUPERIORA SOR MARíA LUDOVICA”(NIñOS)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Decreto 835/1986
Norma | Resumen |
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Decreto 1360/2001 | INCLUYE EN EL MRIO.DE SALUD, EN LOS ALCANCES DEL ART.1 DEL DEC.835/86, AL PERSONAL QUE REVISTA EN LAS SALAS 26 Y 27 Y EN EL CONSULTORIO DEL QUEMADO DEL HOSPITAL INTERZONAL DE AGUDOS SUPERIORA SOR MARIA LUDOVICA.TAREAS INSALUBRES. |
Decreto 4724/1995 | INCORPORA A PERSONAL QUE SE DESEMPEÑAN EN LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN DEL QUEMADO DEL HOSPITAL INTERZONAL GENERAL DE AGUDOS “GRAL.SAN MARTÍN” Y DEL HOSPITAL "SOR MARIA LUDOVICA" DE LA PLATA AL REGIMEN DE INSALUBRIDAD, DISPUESTO POR DEC.835/86. (PREVISIONAL) |
Decreto 1351/1971 | AGENTES QUE SE DESEMPEÑAN EN TAREAS INSALUBRES, INFECTOCONTAGIOSAS O ATENCIÓN DE ENFERMOS MENTALES. REMUNERACION- BONIFICACION. |
Última actualizacion: 24/09/2019 14:09