Decreto 1360/2001
Fecha de promulgación: 14/06/2001
Fecha de publicación: 07/09/2001
Número de Boletín Oficial: 24350
Tipo de publicación: Extractada
Resumen
INCLUYE EN EL MRIO.DE SALUD, EN LOS ALCANCES DEL ART.1 DEL DEC.835/86, AL PERSONAL QUE REVISTA EN LAS SALAS 26 Y 27 Y EN EL CONSULTORIO DEL QUEMADO DEL HOSPITAL INTERZONAL DE AGUDOS SUPERIORA SOR MARIA LUDOVICA.TAREAS INSALUBRES.
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Decreto 1360/2001
Norma | Resumen |
---|---|
Decreto 835/1986 | DECLáRASE LA INSALUBRIDAD DE LAS TAREAS DESEMPEñADAS POR EL PERSONAL QUE ATIENDE LOS SERVICIOS DE ATENCIóN DEL QUEMADO DE LOS HOSPITALES INTERZONALES GRALES. DE AGUDOS “GRAL.SAN MARTíN” Y ESPECIALIZADO EN PEDIATRíA “SUPERIORA SOR MARíA LUDOVICA”(NIñOS) |
Decreto 1351/1971 | AGENTES QUE SE DESEMPEÑAN EN TAREAS INSALUBRES, INFECTOCONTAGIOSAS O ATENCIÓN DE ENFERMOS MENTALES. REMUNERACION- BONIFICACION. |
Última actualizacion: 24/09/2019 14:09