Decreto 652/1981

Fecha de promulgación: 30/06/1981

Fecha de publicación:

Número de Boletín Oficial:

Tipo de publicación: Integra

Resumen

ASIGNA EN LA GOBERNACION, SEC. DE INTELIGENCIA Y COMUNICACIONES, DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COMUNICACIONES, A LOS CARGOS DE PROGRAMADOR DE SEGURIDAD UN RÉGIMEN DE 45 HORAS SEMANALES DE LABOR.

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Decreto 652/1981
NormaResumen
Decreto 786/1991

ESTABLECE COMO ÚNICOS REGÍMENES HORARIOS DE LABOR PARA EL PERSONAL COMPRENDIDO EN LA LEY 10430, EL DE 30 Y 48 HORAS SEMANALES. LIMITA LA APLICACIÓN DEL DEC.1037/88. (ADMINISTRACION PUBLICA-REGÍMENES HORARIOS-UNIFICACIÓN-ABRIL-1991).

Última actualizacion: 24/09/2019 14:09