Decreto-ley 8884/1977
Fecha de promulgación: 22/09/1977
Fecha de publicación: 28/09/1977
Número de Boletín Oficial: 18617
Tipo de publicación: Integra
Resumen
DEUDAS DE LOS AGENTES Y EX AGENTES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROV. AFILIADOS AL INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL (I.P.S.). EXCEPCION AL ARTICULO 29 DE LA LEY 8587. CANCELACION DEUDAS PREVISIONALES.
Observaciones
Sin observaciones.Documentos
Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Decreto-ley 8884/1977
Norma | Resumen |
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Ley 8587 | (LOS ART. 15 AL 117 SE ENCUENTRAN DEROGADOS POR LEY 9650) ESTABLECIENDO NUEVO RÉGIMEN PARA EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. BENEFICIOS. DEROGA LAS LEYES 5425, 6003, 6469, 8115, 8154 Y DECRETOS-LEYES 4007/1956 Y 7985/1973. |
Última actualizacion: 24/09/2019 13:09