FUNDAMENTOS DE LA
LEY 8884
La presente ley establece un sistema especial para la cancelación de las deudas que mantienen con el Instituto de Previsión Social los agentes o ex-agentes de la Administración Pública afiliados al mismo, surgidas de la falta de aportes por servicios, sueldos o bonificaciones o de retenciones inferiores a los porcentajes establecidos por las leyes previsionales en sus distintas épocas.
Con ello, se trata de dar solución a un problema planteado, facilitando a los afiliados un procedimiento de regularización que no les resulte gravoso y que además facilite el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto.
Por otra parte, se faculta al ente previsional para determinar el mecanismo al que deberán ajustarse los afiliados alcanzados por las disposiciones de esta ley, que se presenten a regularizar su situación dentro el término fijado en la misma, contemplándose, además, una forma de pago más accesible para aquellos casos debidamente justificados.