Ley 4650

Fecha de promulgación: 03/01/1939

Fecha de publicación: 29/01/1938

Número de Boletín Oficial: 8024

Tipo de publicación: Integra

Resumen

REGLAMENTA LOS ARTÍCULOS 77 Y 87 DE LA CONSTITUCIÓN PROVINCIAL, SOBRE FACULTADES DE LAS COMISIONES ORDINARIAS O ESPECIALES DE AMBAS CÁMARAS (CORRESPONDE A LOS ARTÍCULOS 90 Y 100 DE LA CONSTITUCIÓN PROVINCIAL ACTUAL-REFORMA 1994).

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Ley 4650
Ninguna.

Última actualizacion: 10/11/2021 08:11