Resolución 6/2022
de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)
Fecha de promulgación: 25/03/2022
Fecha de publicación: 28/03/2022
Número de Boletín Oficial: 29229
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Modifica las Resoluciones Normativas Nº 53/2010 y mods. y Nº 58/2020, ref: procedimiento que deberán observar los contribuyentes directos y agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y los agentes de recaudación del Impuesto de Sellos - con excepción de los Registros Seccionales de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios y los escribanos públicos. Deroga, a partir del 1º de abril de 2022, la Resolución Normativa Nº 19/2020. Capítulo III. Otras disposiciones.
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 6/2022
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Modifica a Resolución 53/2010 de la Tesorería General | 17/05/2010 | POR TESORERíA GENERAL DE LA PROVINCIA, PREVIA INTERVENCIóN DE LA CONTADURíA GENERAL DE LA PROVINCIA, PROCEDER AL RESCATE DE LAS LETRAS DEL TESORO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES EN PESOS A 35 DíAS CON VTO. EL 3 DE JUNIO DE 2010.- |
Modifica a Resolución 58/2020 de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) | 01/09/2020 | (Resolución Normativa) Establece que la Clave de Identificación Tributaria (CIT) será de uso obligatorio para la identificación fehaciente del usuario de servicios telemáticos que brinda la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires. . Deroga la Resolución Normativa Nº 78/2014. (Contribuyentes de todos los tributos- Usuarios-Solicitud de Clave) -ARBA- |
Deroga a Resolución 19/2020 de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) | 08/04/2020 | (Derogada por Resolución Normativa 6/2022, a partir del 1º de abril de 2022). Establece pautas transitorias relativas a la tramitación de inscripciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos instadas por contribuyentes locales de esta Provincia. Remitirá la Clave de Identificación (CIT) a la dirección de correo electrónico particular que el interesado hubiera denunciado oportunamente. Una vez finalizado el "aislamiento social, preventivo y obligatorio , los contribuyentes deberán, dentro de los 90 días corridos, dar cumplimiento a la etapa presencial del trámite de inscripción, presentando la documentación requerida ante los Centros de Servicios Locales u oficinas municipales correspondientes. Regirá desde el 3 de abril de 2020 y hasta que finalice el aislamiento Coronavirus COVID-19-Pandemia. (ARBA) |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 6/2022
Ninguna.Última actualizacion: 30/03/2022 11:03