Resolución 7/2021
de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos
Fecha de promulgación: 22/01/2021
Fecha de publicación: 27/01/2021
Número de Boletín Oficial: 28943
Tipo de publicación: Integra
Resumen
(Deroga el artículo 3° de la presente según Resolución 69/2021 de la Subsecretaría de Transporte) Aprobar el “Protocolo para Transporte Público Automotor Urbano de Pasajeros”, “Protocolo para Transporte Público Fluvial de Pasajeros”,“Protocolo para Transporte Fluvial Especializado de Pasajeros" y las "Recomendaciones para Estaciones Centralizadoras de Servicios de Transporte Automotor de Pasajeros de Carácter Interurbanos", emplazadas en territorio de la Provincia de Buenos Aires. (Coronavirus-COVID-19-Pandemia)
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Nombre | Descripción | |
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Anexo I | Protocolo para Transporte Público Automotor Urbano de Pasajeros | file_downloadDescargar anexo |
Anexo II | Protocolo para Transporte Público Fluvial de Pasajeros | file_downloadDescargar anexo |
Anexo III | Protocolo para Transporte Fluvial Especializado de Pasajeros | file_downloadDescargar anexo |
Anexo IV | Recomendaciones para Estaciones Centralizadoras de Servicios de Transporte Automotor de Pasajeros de Carácter Interurbanos | file_downloadDescargar anexo |
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 7/2021
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Deroga parcialmente a Resolución 30/2020 de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos | 23/04/2020 | (RESOLUCION 7/2021 DEROGA LOS ARTÍCULOS 1° Y 2° DE LA PRESENTE) APROBAR EL “PROTOCOLO PARA TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS TERRESTRE, FLUVIAL”TRANSPORTE DE CARGAS”. RECOMENDACIONES PARA PASAJEROS QUE UTILIZAN EL TRANSPORTE FERROVIARIO, PARA LA PRESTACIÓN Y UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TAXIS Y REMISES”, PARA LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS Y MOTOVEHÍCULOS PARTICULARES”PARA LOS ARTICULARES Y/O EMPRESAS QUE REALIZAN SERVICIOS DE DELIVERY” y “PAUTAS PARA GARANTIZAR LA LIBRE CIRCULACIÓN EN LAS LOCALIDADES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES”. INVITA A LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES A ADHERIR A LOS TÉRMINOS DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN O ADOPTAR MEDIDAS DE IDÉNTICO TENOR. (PROTOCOLOS, PAUTAS Y RECOMENDACIONES PARA TODO TIPO DE TRANSPORTE) -CORONAVIRUS (COVID-19)-PANDEMIA- |
Deroga a Resolución 31/2020 de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos | 23/04/2020 | (DEROGADA POR RESOLUCIÓN N° 7/2021) Establecer que las empresas de transporte fluvial de pasajeros de jurisdicción provincial, que operen en el Delta de la Provincia de Buenos Aires, deberán restringir la capacidad de transporte establecida para cada embarcación por la Prefectura Naval Argentina, de modo de no superar el sesenta por ciento (60%) de ocupación de los asientos destinados a pasajeros, mientras dure el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” -Coronavirus (COVID-19)- Pandemia- |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 7/2021
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
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Derogada parcialmente por Resolución 69/2021 de la Subsecretaria de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos | 16/11/2021 | Aprobar el “PROTOCOLO PARA SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO AUTOMOTOR URBANO DE PASAJEROS”. Derogar el artículo 3° de la Resolución N° 7/2021 de esta Subsecretaría de Transporte. (Pautas- Frecuencia de sus servicios- Ventanillas Abiertas- Capacidad de pasajeros- Tapaboca) |
Última actualizacion: 16/11/2021 08:11