Resolución 31/2020

de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos

Fecha de promulgación: 21/04/2020

Fecha de publicación: 23/04/2020

Número de Boletín Oficial: 28756

Tipo de publicación: Integra

Resumen

(DEROGADA POR RESOLUCIÓN N° 7/2021) Establecer que las empresas de transporte fluvial de pasajeros de jurisdicción provincial, que operen en el Delta de la Provincia de Buenos Aires, deberán restringir la capacidad de transporte establecida para cada embarcación por la Prefectura Naval Argentina, de modo de no superar el sesenta por ciento (60%) de ocupación de los asientos destinados a pasajeros, mientras dure el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” -Coronavirus (COVID-19)- Pandemia-

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 31/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementa a Decreto-ley 16378/1957 LEY ORGANICA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS. DEROGA LA LEY 5808.
Complementa a Decreto 6864/1958 09/06/1958REGLAMENTACION DEL DECRETO-LEY 16378, SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE PERSONAS POR AUTOMOTOR. TRANSPORTE DE PASAJEROS.
Complementa a Decreto 2608/1989 24/08/1989APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRANSPORTE DE PASAJEROS, DEC-LEY 16378/57, PARA EL TRANSPORTE FLUVIAL DE PASAJEROS EN AGUAS JURISDICCIONALES DE LA PROVINCIA.
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 31/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementada por Resolución 60/2020 de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos25/11/2020Restablecer el sistema de horarios, para las empresas de transporte fluvial de pasajeros de jurisdicción provincial que operen en el Delta de la Provincia de Buenos Aires. Determinar el estricto cumplimiento del protocolo para transporte público de pasajeros fluvial (Coronavirus - COVID-19 – Pandemia – seguridad pública).
Derogada por Resolución 7/2021 de la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos27/01/2021(Deroga el artículo 3° de la presente según Resolución 69/2021 de la Subsecretaría de Transporte) Aprobar el “Protocolo para Transporte Público Automotor Urbano de Pasajeros”, “Protocolo para Transporte Público Fluvial de Pasajeros”,“Protocolo para Transporte Fluvial Especializado de Pasajeros" y las "Recomendaciones para Estaciones Centralizadoras de Servicios de Transporte Automotor de Pasajeros de Carácter Interurbanos", emplazadas en territorio de la Provincia de Buenos Aires. (Coronavirus-COVID-19-Pandemia)

Última actualizacion: 22/02/2021 12:02