Resolución 731/2020
del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de promulgación: 02/07/2020
Fecha de publicación: 03/07/2020
Número de Boletín Oficial: 28804
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Declarar incluidos en el “Programa de Atención de Emergencias en Zonas con Alta Circulación de COVID-19", en virtud del informe elevado por el Ministerio de Salud, a los municipios que se encontraren comprendidos en la fase “DNU 576/2020” y en la fase 3 del sistema aprobado por la Resolución N° 679/2020 de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. Establecer que los municipios se encontrarán incluidos en el “Programa de Atención de Emergencias en Zonas con Alta Circulación de COVID-19” siempre que se encuentren en la fase “DNU 576/2020” y en la fase 3 del sistema aprobado por la Resolución N° 679/2020 de este Ministerio y mientras dure la emergencia sanitaria declarada por el Decreto N° 132/2020. Derogar la Resolución N° 477/2020 de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.-Pandemia-Coronavirus-
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Ninguno.Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 731/2020
Norma | Fecha de publicación | Resumen |
---|---|---|
Deroga a Resolución 477/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros | 26/06/2020 | (DEROGADA POR RESOLUCIÓN 731/2020) Declarar incluidos en el “Programa de Atención de Emergencias en Zonas con Alta Circulación de COVID-19", en virtud del informe elevado por el Ministerio de Salud, a los municipios que se encontraren comprendidos en las fases 1, 2 o 3 del sistema aprobado por la Resolución N° 260/2020 de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, de acuerdo a las actualizaciones que regularmente realice este Ministerio en virtud del artículo 6° de dicha norma. Establecer que, los municipios se encontrarán incluidos en el Programa siempre que se encuentren en las fases 1, 2 o 3 y mientras dure la emergencia sanitaria declarada por el Decreto N° 132/2020.-Coronavirus-COVID-19- Pandemia- |
Complementa a Resolución 679/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros | 01/07/2020 | (DEROGADA POR RESOLUCIÓN 1197/20 MJGM) LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS HABILITADOS EN EL MARCO DE LAS MEDIDAS DE “AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” Y DE “DISTANCIAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, ESTARÁN SUJETAS A UN SISTEMA DE FASES, EN EL CUAL LOS MUNICIPIOS SE ENCONTRARÁN INCLUIDOS EN VIRTUD DE LA SITUACIÓN SANITARIA Y EPIDEMIOLÓGICA QUE PRESENTEN. ANEXO I APRUEBA CUADRO DE ACTIVIDADES – ANEXO II APRUEBA LISTADO DE MUNICIPIOS POR FASE. Coronavirus-(COVID-19)-Pandemia. |
Complementa a Decreto 434/2020 | 05/06/2020 | (CONVALIDADO POR LEY 15225) Crea el "Programa de Atencion de Emergencias en Zonas con Alta Circulacion de Covid 19", que tendra por objeto la asistencia especifica e integral a zonas con alta circulacion de coronavirus y agravamiento de la situacion epidemiologica y sanitaria. Crea el "Fondo Especial Municipal para la atencion de emergencias en zonas con alta circulacion de Covid 19", con el objetivo de contribuir financieramente a los municipios en gastos especificos como el abastecimiento de alimentos, articulos de limpieza e higiene, garrafas y medicamentos, en las zonas incorporadas al programa mencionado. Modifica el Articulo 2 del Decreto 132/2020. (Delimitar Areas Geograficas - Municipalidades - Vigencia - Protocolos - Subsidios - Becas - Fondos Rotatorios). |
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 731/2020
Ninguna.Última actualizacion: 09/09/2021 14:09