Resolución 679/2020

del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros

Fecha de promulgación: 01/07/2020

Fecha de publicación: 01/07/2020

Número de Boletín Oficial: 28802

Tipo de publicación: Integra

Resumen

(DEROGADA POR RESOLUCIÓN 1197/20 MJGM) LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS HABILITADOS EN EL MARCO DE LAS MEDIDAS DE “AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” Y DE “DISTANCIAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, ESTARÁN SUJETAS A UN SISTEMA DE FASES, EN EL CUAL LOS MUNICIPIOS SE ENCONTRARÁN INCLUIDOS EN VIRTUD DE LA SITUACIÓN SANITARIA Y EPIDEMIOLÓGICA QUE PRESENTEN. ANEXO I APRUEBA CUADRO DE ACTIVIDADES – ANEXO II APRUEBA LISTADO DE MUNICIPIOS POR FASE. Coronavirus-(COVID-19)-Pandemia.

Observaciones

(Suplemento)

Anexos
Ninguno.
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 679/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementa a Resolución 239/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros15/05/2020 Aprobar la reglamentación para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados de las medidas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular del Decreto Nacional N° 297/2020 y sus normas complementarias, en los términos de los Decreto Nacionales N° 355/2020, 408/2020 y 459/2020, la Decisión Administrativa N° 524/2020 y el Decreto N° 340/2020. Aprobar el modelo de nota de solicitud de habilitación para ingresar al Sistema de Registro de Excepciones. El inicio del desarrollo de las actividades y servicios enumerados en los Títulos II, III, IV y V del Decreto N° 340/2020, quedará sujeto al dictado del pertinente acto administrativo por parte del Departamento Ejecutivo Municipal.Los municipios deberán presentar su solicitud ante el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la provincia de Buenos Aires, a través del Sistema de Registro de Excepciones que se encuentra en el sitio web https://registroexcepcion.gba.gob.ar/. Dejar sin efecto la Resolución N° 114/2020 de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. -Coronavirus- COVID-19- Pandemia-
Complementa a Decreto 583/2020 01/07/2020(DEROGADO POR DECRETO 604/2020) APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MEDIDA DE DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS DEL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR DISPUESTA POR EL DECRETO NACIONAL 297/2020 Y SUS NORMAS COMPLEMENTARIAS, DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO NACIONAL 576/2020. PRORROGA LA VIGENCIA DEL PLAZO DE LA SUSPENSIÓN DISPUESTA POR EL ARTÍCULO 3 DEL DECRETO 132/2020 Y LA VIGENCIA DEL DECRETO 203/2020 DESDE EL 29 DE JUNIO Y HASTA EL 17 DE JULIO DE 2020. DEROGA EL DECRETO 498/2020, MANTENIENDO SU VIGENCIA EL ARTÍCULO 16 Y LAS AUTORIZACIONES Y SUSPENSIONES OPORTUNAMENTE DICTADAS POR EL MINISTRO SECRETARIO EN EL DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (MUNICIPALIDADES-PROTOCOLOS-REQUISITOS-HABILITACIONES-EXCEPCIONES-CORONAVIRUS-COVID 19).
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 679/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementada por Resolución 731/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros03/07/2020Declarar incluidos en el “Programa de Atención de Emergencias en Zonas con Alta Circulación de COVID-19", en virtud del informe elevado por el Ministerio de Salud, a los municipios que se encontraren comprendidos en la fase “DNU 576/2020” y en la fase 3 del sistema aprobado por la Resolución N° 679/2020 de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. Establecer que los municipios se encontrarán incluidos en el “Programa de Atención de Emergencias en Zonas con Alta Circulación de COVID-19” siempre que se encuentren en la fase “DNU 576/2020” y en la fase 3 del sistema aprobado por la Resolución N° 679/2020 de este Ministerio y mientras dure la emergencia sanitaria declarada por el Decreto N° 132/2020. Derogar la Resolución N° 477/2020 de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.-Pandemia-Coronavirus-
Complementada por Resolución 882/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/07/2020 Aprobar el listado de municipios incluidos en las diferentes fases del sistema establecido por la Resolución N° 679/2020 de este Ministerio. (Localidades- Tipo de Fases-Territorio Bonaerense-Coronavirus-COVID-19- Pandemia).
Complementada por Resolución 454/2020 del Ministerio de Gobierno07/07/2020(DEJA SIN EFECTO LA PRESENTE POR RESOLUCIÓN 606/2020 MG) Autoriza a las Delegaciones, dependientes de la Dirección Provincial del Registro de las Personas, correspondientes a los municipios que se encontraren comprendidos en la FASE 5, 4 y 3 del Sistema de Fases, a realizar los trámites que resultan de su competencia, con respecto a los ciudadanos que acrediten domicilio en el asiento de los mismos, debiendo garantizar el “Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio” y el cumplimiento de las medidas sanitarias de protección en el marco de la pandemia. (Excepciones acorde a la Fase de cada Municipio)-Coronavirus-COVID-19-
Complementada por Resolución 1023/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros13/07/2020Aprueba el “Anexo de Protocolos Aprobado por la autoridad Sanitaria Provincial”. Determina que los Municipios que soliciten la autorización para la habilitación de actividades y servicios podrán adherir a los protocolos previamente aprobados, a fin de dar cumplimiento a los procedimientos establecidos en el Decreto N° 583/2020 y la Resolución N° 679/2020 de este Ministerio.-(Transporte de carga-Descarga de Petróleo-Gas licuado-Obligaciones-Bancos-Atención al público. Recomendaciones-Higiene-Protección Personal Elementos) -Coronavirus-COVID-19- Pandemia-
Complementada por Resolución 1074/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros13/07/2020(Rectifica el Anexo Único por Resolución 1115/20 JGM). Aprobar el listado de municipios incluidos en las diferentes fases del sistema establecido por la Resolución N° 679/2020 de este Ministerio. -Coronavirus-COVID-19- Pandemia-
Derogada por Resolución 1197/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros20/07/2020(DEROGADA POR RESOLUCIÓN 1711/2020) Las actividades y servicios habilitados en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, estarán sujetas a un sistema de fases, en el cual los municipios se encontrarán incluidos en virtud de la situación sanitaria y epidemiológica que presenten. Derogar la Resolución N° 260/2020 y Resolución N° 679/2020, ambas de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. (Actividades permitidas por Fases -Listado de Municipios- Fechas de aperturas de comercios) -Coronavirus- COVID-19- Pandemia-

Última actualizacion: 26/02/2021 12:02