Resolución 10/2020

de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros

Fecha de promulgación: 17/03/2020

Fecha de publicación: 18/03/2020

Número de Boletín Oficial: 28731

Tipo de publicación: Integra

Resumen

Aquellas personas alcanzadas por el artículo 3° de la Resolución N° 90/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, deberán presentar deberá ser remitida a las Direcciones Delegadas de la Dirección Provincial de Personal de cada Organismo, u oficina que haga sus veces, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles contados a partir del reinicio del ciclo lectivo, la Partida de Nacimiento, o documento oficial que acredite el vínculo, junto con el correspondiente Certificado de Alumno/a Regular del niño, niña o adolescente a su cargo, emitido por el establecimiento educativo al que concurrieren. En el supuesto que ambos progenitores fueran trabajadores del Sector Público Provincial, deberán acreditar mediante Declaración Jurada quien ejercerá el cuidado del niño, niña o adolescente, pudiendo hacerlo únicamente uno de ellos. Hacer extensiva al personal dependiente del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia.

Observaciones
Sin observaciones.
Anexos
Ninguno.
Normas modificadas y/o complementadas por Resolución 10/2020
NormaFecha de publicaciónResumen
Complementa a Resolución 90/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros17/03/2020Autoriza a las personas trabajadoras del Sector Público Provincial que estén cursando un embarazo en cualquier trimestre o que fueran consideradas población de riesgo con relación al Coronavirus (COVID-19), de acuerdo a lo estipulado por el Ministerio de Salud, a no asistir a sus lugares de trabajo, quedando habilitadas a llevar a cabo las tareas asignadas desde sus hogares. Se consideran personas de riesgo a : Se considera población de riesgo: - Todos los mayores de 60 años. -Todas las personas inmunosuprimidas. -Todos los pacientes en tratamiento oncológico, las personas que padezcan: Enfermedades respiratorias crónicas -Enfermedades cardiovasculares Diabetes Obesidad mórbida- Insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis próximamente siempre y cuando no presente comorbilidades mencionadas en los grupos de riesgo. La inasistencia de las personas trabajadoras del Sector Público Provincial, cuando se trate del progenitor, progenitora o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño.
Complementa a Resolución conjunta 554/2020 de la Dirección General de Cultura y Educación 16/03/2020(La presente queda sin efecto por Resolución Firma Conjunta 2801/2020 DGCyE) Establece, como medida extraordinaria y excepcional, en concordancia a lo dispuesto por la Resolución N° 108/20 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN, y manteniendo abiertos los establecimientos educativos, la suspensión del dictado de clases presenciales en los niveles inicial, primario, secundario, institutos de educación superior, y todas las modalidades del sistema educativo provincial, por QUINCE (15) días corridos a partir del 16 de marzo de 2020. Garantiza la continuidad de todas las prestaciones alimentarias que se brinden en el sector educativo, y durante el funcionamiento los comedores escolares, deberán observarse las disposiciones de higiene y salubridad. Coronavirus (COVID-19)-Pandemia-Aislamiento- Suspensión de clases- comunicación-seguimiento de actividades de enseñanza a distancia-Docentes-Trabajadores de la Educación-.(Dirección General de Cultura y Educación )
Normas que modifican y/o complementan a Resolución 10/2020
Ninguna.

Última actualizacion: 18/03/2020 09:03