Resolución 459 E/2017
del Ministrerio de Infraestructura y Servicios Públicos
Fecha de promulgación: 03/10/2017
Fecha de publicación: 05/10/2017
Número de Boletín Oficial: 28128
Tipo de publicación: Integra
Resumen
Aprueba el Reglamento del Funcionamiento del Registro de Licitadores, creado por el artículo 15 de la Ley Nº 6021.
Observaciones
Sin observaciones.Anexos
Nombre | Descripción | |
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Anexo Unico | REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE LICITADORES | file_downloadDescargar anexo |
Normas relacionadas con Resolución 459 E/2017
Norma | Resumen |
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Decreto 891/2022 | Establece disposiciones procedimentales a efectos de la inscripción en el Registro Nacional de Constructores de Obra Pública hasta tanto continúe vigente la Emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos declarada por las Leyes 14.806, 14.812, 14.815 y 15.165 y prorrogadas mediante Decreto 1176/2020 y ley 15310. |
Resolución 1466/2021 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos | Aprueba el modelo tipo de Convenio de Adhesión al Registro de Licitadores de la Provincia de Buenos Aires que deberán suscribir los entes que deseen adherir al mencionado registro en carácter de “Contratante Adherente". |
Resolución 1201/2021 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos | Prorrogar por treinta (30) días corridos la vigencia de los Certificados de Capacidad Técnico Financiera Anual emitidos por el Registro de Licitadores, cuyo vencimiento opere el día 30 de junio de 2021 (emergencia sanitaria - COVID 19 - pandemia). |
Resolución 481/2020 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos | Prorroga por noventa (90) días corridos la vigencia de los Certificados de Capacidad Técnico-Financiera Anual emitidos por el Registro de Licitadores, con vencimiento entre el 1º de mayo y el 30 de junio de 2020. El plazo de noventa (90) días corridos se computará desde la fecha de vencimiento que consta en el Certificado de Capacidad Técnico-Financiera Anual de cada Constructor. Establece que los Constructores que estén en condiciones de cumplir con los requisitos exigidos pueden actualizar la capacidad técnico-financiera anual en los plazos dispuestos por la normativa vigente. -Coronavirus-COVID-19- Pandemia- (Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos) |
Resolución 1350/2018 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos | Sustituir el artículo 5°, apartado 2, inciso d) del anexo único de la Resolución 459/17 e que aprueba el reglamento del funcionamiento del Registro de Licitadores. |
Decreto 5488/1959 | REGLAMENTACIÓN DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Nº 6021. |
Última actualizacion: 28/07/2022 12:07