Ley 15165

Fecha de promulgación: 21/12/2019

Fecha de publicación: 23/12/2019

Número de Boletín Oficial: 28672

Tipo de publicación: Integra

Resumen

DECLARA EL ESTADO DE EMERGENCIA SOCIAL, ECONÓMICA, PRODUCTIVA Y ENERGÉTICA EN ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, POR EL TÉRMINO DE UN AÑO. PRORROGA LAS LEYES 14806, 14812 Y 14815 (FONDO MUNICIPAL PARA CONVENIOS DE INFRAESTRUCTURA-COMISIÓN BICAMERAL DE SEGUIMIENTO, FISCALIZACIÓN Y CONTROL PARA LA EMERGENCIA-PROGRAMA ESPECIAL DE EMERGENCIA EDUCATIVA (PEED)-REGULARIZACIÓN DE DEUDAS-MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS-PRODUCTORES-COOPERATIVAS-COMERCIOS-SUSPENSIÓN DE TODOS LOS AUMENTOS TARIFARIOS). INVITA A LOS MUNICIPIOS ADHERIR A LA PRESENTE LEY.

Observaciones

DECRETO DE PROMULGACIÓN 41/2019.

Anexos
Ninguno.
Normas relacionadas con Ley 15165
NormaResumen
Decreto 1176/2020

PRORROGAR, A PARTIR DE SU VENCIMIENTO Y POR EL TÉRMINO DE UN (1) AÑO, LAS EMERGENCIAS EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA, POLÍTICA Y SALUD PENITENCIARIA, INFRAESTRUCTURA, HÁBITAT, VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS, ADMINISTRATIVA Y TECNOLÓGICA Y SOCIAL, ECONÓMICA, PRODUCTIVA, Y ENERGÉTICA EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECLARADAS POR LAS LEYES 14806, 14812, 14815 Y 15165.
Ley 15191

IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS PARA EL SOSTENIMIENTO Y REACTIVACIÓN PRODUCTIVA DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA, EN EL MARCO DE LAS LEYES DE EMERGENCIA 15.165, 15.174 Y 15.178. INVITA A LOS MUNICIPIOS A ADHERIR A LA PRESENTE LEY. (BENEFICIOS IMPOSITIVOS-DEUDAS FISCALES-CRÉDITOS BANCARIOS-SUBSIDIOS).
Decreto 515/2020

Aprueba la reglamentación de los Artículos 7° y 8° de la Ley 14812 y los Artículos 4°, 5° y 6° de la Ley 15165. Aprueba el "Procedimiento de Renegociación y Rescisión de Contratos de Obra Pública", como Anexo VI del Decreto 304/2020 y sustituye el Artículo 9° de la citada norma (Emergencia Social, Económica, Productiva y Energética - Infraestructura, Hábitat, Vivienda Y Servicios Públicos - Contratos del Sector Publico).
Ley 15173

ENCOMIENDA AL PODER EJECUTIVO, A TRAVÉS DEL MINISTERIO DE LAS MUJERES, POLÍTICAS DE GÉNERO Y DIVERSIDAD SEXUAL, LLEVAR ACCIONES NECESARIAS PARA PREVENIR Y ASISTIR SITUACIONES DE VIOLENCIA FAMILIAR Y POR RAZONES DE GÉNERO Y DIVERSIDAD.
Decreto 304/2020

Aprueba la reglamentación del Artículo 3° de la Ley 14806, Artículo 2° de la Ley 14812, Capítulo I del Título I y Título III de la Ley 14815 y los Artículos 2°, 4° y 6° de la Ley 15165; El Procedimiento de Contrataciones de Bienes y Servicios, el Procedimiento de Renegociación y Rescisión de Contratos de Bienes y Servicios del Sector Público y el Modelo de Nota de adhesión al Registro de Cámaras y Organizaciones Empresariales. Deroga Artículos del Decreto 592/16. (Estado de Emergencia - Excepciones).
Decreto 142/2020

Establece que los recursos del Fondo Municipal para convenios de Infraestructura, deberán ser destinados por los Municipios al financiamiento -total o parcial- de Obras Municipales de Infraestructura. En ningún caso, el Municipio podrá utilizar los fondos percibidos para financiar gastos corrientes u operativos. para la efectiva distribución de los recursos del fondo municipal para Convenios de Infraestructura, el Municipio requirente deberá presentar ante la Subsecretaría de Asuntos Municipales del Ministerio de Gobierno la solicitud del proyecto de obra a realizar. (Hábitat- Vivienda- Servicios Públicos)
Decreto 100/2020

Reglamenta el Capítulo IV de la Ley 15165, Ref: de la Emergencia Productiva (Régimen de Regularización de Deudas-Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, pequeños y medianos Productores, Cooperativas y comercio-inscripción-requisitos-beneficios-programas-“Buenos Aires ActiBA”-“AgroRegistro MiPyMes”-Ley de emergencia social, económica, productiva y energética).
Resolución 8/2020

de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)

(RESOLUCIÓN NORMATIVA) ESTABLECE RÉGIMEN PARA LA REGULARIZACIÓN DE LAS DEUDAS PROVENIENTES DE LOS IMPUESTOS INMOBILIARIO BÁSICO Y COMPLEMENTARIO, A LOS AUTOMOTORES -CON EXCEPCIÓN DE LAS EMBARCACIONES DEPORTIVAS O DE RECREACIÓN-, SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS Y DE SELLOS, ESTABLECIDO EN EL CAPÍTULO IV DE LA LEY Nº 15165. (FECHA DE VENCIMIENTO 2019/ 2020)
Resolución 7/2020

del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica

Crea en el ámbito del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica el programa “Buenos Aires ActiBA”, cuyo fin consiste en recabar la información necesaria para establecer las necesidades comunes de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, Pequeños y Medianos Productores, Cooperativas y Comercios. (Desarrollo-Planes-Producción). Aprueba el formulario de solicitud de inscripción al programa
Decreto 15/2020

Delega en el Ministro Secretario de Hacienda y Finanzas las operaciones de crédito público a realizar en el Ejercicio 2020 (Términos y Condiciones Financieros-Emergencia Social, Económica, Productiva y Energética-Regulación y Control de la Administración General del Estado Provincial-Presupuesto).
Decreto 6/2020

Delega al Ministro Secretario en el Departamento de Infraestructura y Servicios Públicos las facultades establecidas en los Artículos 21 y 22 de la Ley 15165, durante la vigencia de la emergencia declarada por la Norma (Emergencia Social, Económica, Productiva y Energética).
Decreto 1/2020

Dicta las normas reglamentarias del Presupuesto General Ejercicio 2019, Ley 15078, prorrogado para el Ejercicio 2020 por Ley 15165, de Emergencia Social, Económica, Productiva y Energética en el Ámbito de la Provincia. Prorroga la vigencia del Decreto 70/2019. Delega distintas funciones en el Ministro de Hacienda y Finanzas.
Decreto 41 B/2019

DECRETO DE PROMULGACIÓN DE LA LEY 15165.
Ley 15078

PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO 2019.
Ley 14815

DECLARA LA EMERGENCIA ADMINISTRATIVA Y TECNOLÓGICA EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. MODIFICA LAS LEYES 13981, 13767, 14803 Y 10430. (CONTRATACIONES DEL ESTADO-SISTEMA DE CONTROL-COMISIÓN BICAMERAL-CONTRATOS DE SERVICIOS).
Ley 14812

DECLARA LA EMERGENCIA EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURA, HÁBITAT, VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. INVITA A LOS MUNICIPIOS ADHERIR A LA PRESENTE LEY.
Ley 14806

DECLARA POR 12 MESES LA EMERGENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y DE POLÍTICA Y SALUD PENITENCIARIA EN TODO EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA, CON LA FINALIDAD DE RESGUARDAR LA INTEGRIDAD FÍSICA Y LOS BIENES DE TODAS LAS PERSONAS (SERVICIO PENITENCIARIO).

Última actualizacion: 02/01/2024 06:01