Ley 12792
Fecha de promulgación: 06/12/2001
Fecha de publicación: 13/12/2001
Número de Boletín Oficial: 24407
Tipo de publicación: Integra
Resumen
SUSPENDESE EN LA PROVINCIA EL FUNCIONAMIENTO DE MAQUINAS ELECTRONICAS DE JUEGOS DE AZAR,CON EXCEPCION DE LAS AUTORIZADAS POR LEY 11536.SUSPENDE HABILITACION E INSTALACION DE LOTERIA FAMILIAR, BINGO. (VER LEY 11018)(MODIF.POR DEC.1372/02)
Observaciones
Sin observaciones.Documentos
Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Ley 12792
Norma | Resumen |
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Ley 13063 | SE AUTORIZA EL FUNCIONAMIENTO DE MAQUINAS ELECTRONICAS DE JUEGOS DE AZAR EXCLUSIVAMENTE EN LAS SALAS DE BINGO ACTUALMENTE HABILITADAS. RATIFICA EL DEC.1372/02. |
Decreto 1372/2002 | (RATIFICADO POR LEY 13063) AUTORIZASE EL FUNCIONAMIENTO DE MAQUINAS ELECTRONICAS DE JUEGOS DE AZAR EN SALAS DE BINGO HABILITADAS EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. DERóGANSE LOS ART.1 Y 3 DE LA LEY 12792. |
Ley 11536 | RATIFíCASE EL CONVENIO CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERíA Y CASINOS Y LOTERíA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, APROBADO POR DEC.327/93. |
Ley 11018 | FUNCIONAMIENTO Y EXPLOTACIÓN DEL JUEGO DE AZAR "LOTERÍA FAMILIAR". BINGO. |
Última actualizacion: 24/09/2019 13:09