Ley 6598
Fecha de promulgación: 03/11/1961
Fecha de publicación: 10/11/1961
Número de Boletín Oficial: 14546
Tipo de publicación: Integra
Resumen
(DEROGADA POR LEY 10606) EXCEPTUANDO A LAS DISPOSICIONES DEL ART.19 DE LA LEY 4534 A LAS SOCIEDADES MUTUALISTAS Y ORGANIZACIONES SINDICALES O GREMIALES DE LA PROV.EN LO REFERENTE A INSTALACIONES DE FARMACIAS.
Observaciones
Sin observaciones.Documentos
Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Ley 6598
Norma | Resumen |
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Ley 10606 | LEY DE FARMACIAS. DEROGA ARTS.16° AL 52° DE LA LEY 4534 Y LA LEY 6598. |
Decreto 3924/1970 | AUTORIZA A EXPENDER A TODO PúBLICO ESPECIALIDADES FARMACEúTICAS DE USO HUMANO A LAS FARMACIAS DETERMINADAS EN LA LEY 6598. |
Decreto 3853/1962 | REGLAMENTACIóN PARA LA HABILITACIóN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS FARMACIAS PERTENECIENTES A ENTIDADES MUTUALES O GREMIALES |
Decreto 702/1962 | APRUEBA LA REGLAMENTACIóN SOBRE CONDICIONES DE TRABAJO Y REMUNERACIóN MíNIMA DE LOS FARMACéUTICOS QUE EJERZAN LA DIRECCIóN TéCNICA DE LAS FARMACIAS MUTUALES Y GREMIALES. |
Ley 4534 | REGLAMENTANDO EL EJERCICIO DE LA MEDICINA, FARMACIA, ODONTOLOGÍA, BIOQUÍMICA, OBSTETRICIA, VETERINARIA, BACTERIOLOGIA Y DEMAS RAMAS DEL ARTE DE CURAR. |
Última actualizacion: 26/04/2019 09:04