Ley 5861
Fecha de promulgación: 13/06/1958
Fecha de publicación: 17/06/1958
Número de Boletín Oficial: 13708
Tipo de publicación: Integra
Resumen
AUTORIZANDO AL GOBERNADOR Y VICEGOBERNADOR PARA AUSENTARSE DE LA PROVINCIA.
Observaciones
Sin observaciones.Documentos
Anexos
Ninguno.Normas relacionadas con Ley 5861
Ninguna.Última actualizacion: 24/09/2019 14:09

